Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción.

MP C/ OSCAR MARCELO BADILLA CUADRA

Rol

O-175-2022

Fecha

8 de julio de 2022

Materia

PORTE DE ARMA PROHIBIDA (ART. 14 INC. 1°), PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS)., POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS, RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos de la acusación. Que la acusación presentada por el Ministerio Público se contiene en auto de juicio oral dictado con fecha seis de octubre de 2021 por el juzgado de garantía de Talcahuano, siendo los siguientes hechos el objeto de la acusación HJPGXXWQKRG Leonardo Andres LLanos Lagos Juez oral en lo penal Fecha: 08/07/2022 13:31:53 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Página 2 de 38 “El día 03 de agosto del año 2021, cerca de las 01:50 horas, en la vía pública calle Los Polvoreros esquina El Carbón, comuna de Coronel, el imputado don OSCAR MARCELO BADILLA CUADRA portaba consigo, sin las competentes autorizaciones, al interior de una mochila, una escopeta recortada en su cañón, marca Aya, calibre 12 milímetros, Nº serie 582312 y tres cartuchos del mismo calibre y de distintas marcas, elementos apto para el disparo, conociendo o no pudiendo menos que conocer que dicha arma de fuego fue objeto del delito de robo, denunciado con fecha 15 de octubre de 2015 por su propietario don Ventura Cid Garcés en la comuna de Arauco. Además portaba, sin motivo justificado, un arma cortante tipo cuchillo, de empuñadura de madera, de 12 centímetros de hoja y 12 de empuñadura.” Para el ente persecutor los hechos descritos constituyen los delitos de PORTE ILEGAL DE ARMA DE FUEGO PROHIBIDA, tipificado en el artículo 13 de la ley 17798; PORTE ILEGAL DE MUNICIONES, tipificado en el artículo 9 inciso 2 de la ley 17798; RECEPTACIÓN DE ESPECIES, tipificado en el artículo 456 bis A del Código Penal y PORTE ILEGAL DE ARMA CORTANTE, tipificad

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal, forma de funcionamiento e Intervinientes. Que el juicio se llevó a cabo el día 30 de junio del presente, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción constituida por las Juezas MICHELLE SOFÍA BASCUR PROSTEL presidenta de sala, KARINA GEMA MOHOVILOVIC GITIÉRREZ y LEONARDO ANDRÉS LLANOS LAGOS (I), en calidad de redactor. La audiencia se llevó a efecto de forma presencial y remota o telemática, a través de la plataforma Zoom –conforme a lo dispuesto por la Ley 21.226, el Acta N° 53-2020 de la Excma. Corte Suprema (Auto Acordado sobre Funcionamiento del Poder Judicial durante la Emergencia Sanitaria Nacional provocada por el brote del nuevo Coronavirus), la resolución dictada por dicho tribunal con fecha 28 de mayo de 2020 en los autos rol AD 335-2020 y el Protocolo de Manejo y Prevención ante Covid-19 en Tribunales y Unidades Judiciales, aprobado en los autos antes señalados con fecha 6 de julio de 2021 y modificado con fecha 17 de marzo de 2021. La audiencia versó acerca del juicio recaído en causa RUC 1800120806-K / RIT 157-2021 , seguida en contra del acusado, OSCAR MARCELO BADILLA CUADRA, Cédula de Identidad N° 15.188.123-8, Casado, nacido el 25 de julio de 1980, 41 años, enseñanza media completa, Operario de maquinaria pesada, domiciliado en Yobilo 500, Villa Mora, Coronel, (Actualmente privado de libertad en el CP Concepción). El acusado fue representado por la abogada defensora NELLY ARGÉL F. Sostuvo la acción penal pública el fiscal del Ministerio Público HUGO CUEVAS G. SEGUNDO: Hechos de la acusación. Que la acusación presentada por el Ministerio Público se contiene en auto de juicio oral dictado con fecha seis de octubre de 2021 por el juzgado de garantía de Talcahuano, siendo los siguientes hechos el objeto de la acusación HJPGXXWQKRG Leonardo Andres LLanos Lagos Juez oral en lo penal Fecha: 08/07/2022 13:31:53 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Página 2 de 38 “El día 03 de agosto del año 2021, cerca de las 01:50 horas, en la vía pública calle Los Polvoreros esquina El Carbón, comuna de Coronel, el imputado don OSCAR MARCELO BADILLA CUADRA portaba consigo, sin las competentes autorizaciones, al interior de una mochila, una escopeta recortada en su cañón, marca Aya, calibre 12 milímetros, Nº serie 582312 y tres cartuchos del mismo calibre y de distintas marcas, elementos apto para el disparo, conociendo o no pudiendo menos que conocer que dicha arma de fuego fue objeto del delito de robo, denunciado con fecha 15 de octubre de 2015 por

Fallo

por tanto, la situación se transforma en una situación del art 85. Se trataba de una escopeta la que tenía encargo por robo. El acusado se resistió a la detención . además., portaba un cuchillo y munición asociada al calibre de la escopeta. Se presentó otro tipo que trató de evitar la detención de Badilla pero no lo logró. Eso es lo que van a acreditar: el porte, la munición y el cuchillo., pide condena., CUARTO: Alegatos de apertura de la defensa. En la madrugada del 03 de agosto de 2021 su representado se desplazaba desde su domicilio a la población O’Higgins a comprar pasta base. En el trayecto se encuentra con una persona que tenía el mismo fin. Esa persona iba en bicicleta y llevaba un bolso. Momentos después ven a una camioneta sin logo, la que resulta de ser de carabineros, según se da cuenta la persona de la bicicleta y por ende, se descarga y se va del lugar. Esa es la versión del acusado que ha sostenido desde el control de detención y que no ha variado. Eso es lo que ocurrió aquella noche. En juicio su representado va a referir que ese día fue agredido por carabineros de forma agresiva, en el rostro y en una pierna, lo que le ha traído que deba ser asistido. Los carabineros que declararán adolecerán de la parcialidad suficiente para tener los hechos acreditados. Por eso pedirá absolución. Además, presentará un perito que señalará que el arma no es apta para el disparo. QUINTO Convenciones probatorias. Que consta del auto de apertura que los intervinientes no arrib

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Página 1 de 38 RUC 2100702333-K RIT 175-2022 DELITO PORTE ILEGAL DE ARMA DE FUEGO PROHIBIDA IMPUTADO ÓSCAR MARCELO BADILLA CUADRA Concepción, ocho de julio de dos mil veintidós. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal, forma de funcionamiento e Intervinientes. Que el juicio se llevó a cabo el día 30 de junio del presente, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción

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