Juzgado de Garantia de Viña del Mar.

FERNANDA GABRIELA MONTIEL ARANEDA C/ GERMÁN ANDRÉS ARCOS RIVEROS

Rol

O-173-2022

Fecha

7 de julio de 2022

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Y visto además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14, 15, 25. 30, 399 y 494 N° 5 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 340, 342, 346, 348, 393, 394, 395 y 396 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se Absuelve a GERMÁN ANDRÉS ARCOS RIVEROS, ya individualizado, de los cargos formulados por el Ministerio Público de ser autor de un delito de lesiones menos graves en la persona de Fernanda Gabriela Montiel Araneda, hecho que habría ocurrido en esta jurisdicción el día 08 de octubre de 2021, por no haberse acreditado los hechos ni la participación, por falta absoluta de prueba. II.- Que atendido lo señalado precedentemente, deberán dejarse sin efecto el requerimiento y las medidas cautelares que se hubieren decretado. III- Que no se condena en costas al imputado, ni al Ministerio Público por haber tenido motivo plausible para litigar Regístrese y notifíquese. Dictada por Doña María del Pilar Labarca Rocco, Juez de Garantía de Viña del Mar. Código: RVJQXXHNXRG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: RVJQXXHNXRG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-07-08T13:11:54-0400

Fallo

se declara: I.- Que se Absuelve a GERMÁN ANDRÉS ARCOS RIVEROS, ya individualizado, de los cargos formulados por el Ministerio Público de ser autor de un delito de lesiones menos graves en la persona de Fernanda Gabriela Montiel Araneda, hecho que habría ocurrido en esta jurisdicción el día 08 de octubre de 2021, por no haberse acreditado los hechos ni la participación, por falta absoluta de prueba. II.- Que atendido lo señalado precedentemente, deberán dejarse sin efecto el requerimiento y las medidas cautelares que se hubieren decretado. III- Que no se condena en costas al imputado, ni al Ministerio Público por haber tenido motivo plausible para litigar Regístrese y notifíquese. Dictada por Doña María del Pilar Labarca Rocco, Juez de Garantía de Viña del Mar. Código: RVJQXXHNXRG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: RVJQXXHNXRG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-07-08T13:11:54-0400

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA: Fecha Viña del Mar, siete de julio de dos mil veintidós RUC 2100910160-5 RIT 173 - 2022 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA GERMÁN ANDRÉS ARCOS RIVEROS 001610709 8-K Calle LAS ROSAS CERRO ALEGRE Nº 7 Valparaíso. Vistos y oídos los intervinientes: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente ten

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