MINISTERIO PUBLICO C/ RODRIGO HERNÁN CARRILLO HENRÍQUEZ
Rol
O-296-2020
Fecha
7 de julio de 2022
Materia
CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO., CONDUC.VEHIC DURANTE VIG ALG.SANCI IMPUEST ART209 LEY 18290.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día 08 de Marzo del año 2020, siendo aproximadamente las 17:36 horas, el requerido Rodrigo Hernán Carrillo Henríquez, conducía el camión, marca Mitsubishi, modelo Canter, placa patente KP.1991, cuyo peso bruto vehicular es de 6.300 kilos, por la Ruta 5 Sur, a la altura del Km.869 de la comuna de La Unión, sin haber obtenido la licencia de conducir profesional requerida para la conducción de ese tipo de vehículo motorizado y teniendo además a dicha fecha su licencia de conductor clase “B” con suspensión vigente, ello según sentencia definitiva condenatoria dictada por el Juzgado de Garantía de Toltén en causa RIT Nº25-2019, de fecha 16 de Octubre de 2019, la cual se encuentra firme y ejecutoriada.” La parte considerativa: consta en el registro oficial de audio RUC 2000260583-0-226. Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 14, 15, 30, 67, 68, 70, 74 todos del Código Penal; artículos 209 inciso primero y 194, ambos de la Ley Nº 18.290; 47, 297, 340, 342, 348, 389, 394, 395 del Código Procesal Penal; artículo 8 y 36 Ley 18.216 modificada por la Ley 20.603 se declara: I.- Que, se CONDENA a don RODRIGO HERNÁN CARRILLO HENRÍQUEZ, chileno, cédula de identidad N° 18.283.376-2, 29 años, nacido el 29 de enero de 1993, soltero, estudiante, domiciliado en Calle alcalde Balderas Nº 16, Toltén, forma especial de notificación, correo electrónico rodrigocarrillo78@gmail.com, forma de contacto el teléfono N° 933570181, a sufrir las siguientes penas, como autor, conforme al artículo 15 N°1 del código Penal, en grado de desarrollo consumado de: Un delito de conducir vehículo motorizado, sin licencia debida, previsto y sancionado en el artículo 194 de la ley 18.290, a una pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN GRADO MÁXIMO, pena accesoria de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. Un delito de conducción de vehículo motorizado con sanción vigente previsto y sancionado artículo 209, inciso primero de la ley
Fallo
se declara: I.- Que, se CONDENA a don RODRIGO HERNÁN CARRILLO HENRÍQUEZ, chileno, cédula de identidad N° 18.283.376-2, 29 años, nacido el 29 de enero de 1993, soltero, estudiante, domiciliado en Calle alcalde Balderas Nº 16, Toltén, forma especial de notificación, correo electrónico rodrigocarrillo78@gmail.com, forma de contacto el teléfono N° 933570181, a sufrir las siguientes penas, como autor, conforme al artículo 15 N°1 del código Penal, en grado de desarrollo consumado de: Un delito de conducir vehículo motorizado, sin licencia debida, previsto y sancionado en el artículo 194 de la ley 18.290, a una pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN GRADO MÁXIMO, pena accesoria de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. Un delito de conducción de vehículo motorizado con sanción vigente previsto y sancionado artículo 209, inciso primero de la ley 18.290 CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN GRADO MÁXIMO, pena accesoria de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, MULTA DE DOS U.T.M Lo anterior, por los hecho cometido el día 08 de marzo de 2020, en territorio jurisdiccional del tribunal. II.- Que, concurriendo los requisitos del artículo 8° de la ley 18.216, se sustituye la pena corporal impuesta al condenado por la de reclusión parcial nocturna domiciliaria por el tiempo de la condena entre las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente a razón de una noche por cada día de privación de libertad, n
Texto Completo (Preview)
Sentencia procedimiento simplificado. La Unión, siete de julio de dos mil veintidós. Hechos: “El día 08 de Marzo del año 2020, siendo aproximadamente las 17:36 horas, el requerido Rodrigo Hernán Carrillo Henríquez, conducía el camión, marca Mitsubishi, modelo Canter, placa patente KP.1991, cuyo peso bruto vehicular es de 6.300 kilos, por la Ruta 5 Sur, a la altura del Km.869 de la comuna de La Un
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica