VICTOR ADRIAN BRAVO LLANCAO C/ DIEGO ALEJANDRO VELASQUEZ VILLAGRAN
Rol
O-532-2021
Fecha
30 de junio de 2022
Materia
FALTA DE RESPETO A AUTORIDAD PÚBLICA (495 Nº 4 CÓDIGO PENAL)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Conforme al artículo 62 inciso 3º del Acta 71-2016. Código: MLDXXZYHCH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Que valorando lo obrado en la señalada audiencia y
Fundamentos
considerando el contenido, el Tribunal estima que ha quedado claramente establecido, lo siguiente; HECHOS ACREDITADOS En horas de la mañana del día 06 de Septiembre del año 2021, en circunstancias en que el requerido DIEGO ALEJANDRO VELASQUEZ VILLAGRAN se encontraba en el Interior de la Subcomisaria de Carabineros de Los Sauces, ubicado en calle O’Higgins N° 315, de la comuna de Los Sauces, sin motivos justificados, amenazó, de manera sería y verosímil a las víctima EDUARDO JIMENEZ ORTEGA y VICTOR BRAVO LLANCAO, funcionario de Carabinero de servicio, indicándole “PACOS CULIAO, VALEN CALLAMPA, SE LAS VOY A COBRAR Y LES VOY A VENIR A QUEMAR LA COMISARIA”, causando justo temor en la víctima. Que habiéndose aplicado el procedimiento simplificado contemplado en la modificación al Código Procesal Penal, por la Ley 20.074, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 395, inciso segundo, del Código Procesal Penal, habiendo reconocido responsabilidad en los hechos del requerimiento por parte del requerido, corresponde al Tribunal aplicar una pena que no sea superior a la solicitada por el Ministerio Público. Que la defensa del requerido, señala que habiendo reconocido responsabilidad su defendido en los hechos del requerimiento, no efectuará alegaciones respecto de la existencia del ilícito, ni la participación de su defendido, sin embargo, solicita que se le conceda la suspensión de la imposición de la condena, conforme lo dispuesto en el artículo 398 del código procesal penal. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: En mérito de las consideraciones y disposiciones legales que han quedado consignadas en el registro de audio de la presente audiencia,
Fallo
se declara: I.- Se acoge el requerimiento y se condena a don DIEGO ALEJANDRO VELÁSQUEZ VILLAGRÁN, cédula de identidad Código: MLDXXZYHCH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 19.579.370-0, ya individualizado, a la pena de MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, en su calidad de autor de la Falta de respeto a autoridad pública del art. 495 Nº 4 del Código Penal, por los hechos cometidos en esta jurisdicción. II.- Existiendo antecedentes favorables para los imputados, como es que a fecha de comisión de estos ilícitos gozaba de irreprochable conducta anterior y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 398 del Código Procesal Penal, se suspende la pena y sus efectos por el plazo de seis meses, transcurrido dicho plazo sin que los sentenciados no fueren objeto de un nuevo requerimiento o formalización de la investigación, el Tribunal dejará sin efecto la sentencia y en su reemplazo dictará el sobreseimiento definitivo en la presente causa. III.- Que no se condena en costas a los sentenciados. Dese cumplimiento a lo que establece el artículo 468 del Código Procesal Penal, en su oportunidad si correspondiere. Los intervinientes quedan notificados de lo resuelto precedentemente, de acuerdo a lo que establece el artículo 346 del Código Procesal Penal. Regístrese. Déjense sin efecto las medidas cautelares que se encontraren vigentes. Agréguese copia de esta sentencia a la carpeta digital. RIT 532-2021 Diri
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AUDIENCIA DE PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO./ZOOM Fecha Purén., treinta de junio de dos mil veintidós Magistrado LUIS FERNANDO PACHECO HERRERA Fiscal LUIS ESPINOZA AREVALO Defensor CARLOS EMILIO MATAMALA CARSTENS Hora inicio 01:11PM Hora termino 01:20PM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Puren. Acta GRACE MORALES GUZMAN RUC 2100838671-1 RIT 532 - 2021 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION CO
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