COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ORIENTE LIMITADA/TORRES
Rol
C-141-2019
Fecha
17 de febrero de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO ADEM S lo dispuesto en los art culos 3, 1698 y siguientes del C digoÁ í ó Civil, y art culos 144, 160, 170, 434 N 4, y 464 N 11 del C digo de Procedimientoí ° ° ó Civil, se resuelve: I.- Que SE RECHAZA la excepci n de la concesi n de esperas o la pr rrogaó ó ó del plazo, referida en el N 11 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil ° í ó y se ordena seguir adelante la ejecuci n, hasta hacerse al ejecutante entero y cumplido pagoó de su acreencia en capital, intereses y costas. II.- Que SE CONDENA EN COSTAS a la parte ejecutada.- Rol N C-141-2019.-° An tese, reg strese, notif quese y arch vese.ó í í í Dictada por do a ñ CAROLINA ROJAS ARAYA, Juez Subrogante. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Linares, diecisiete de Febrero de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-02-17T15:19:40-0300
Fundamentos
considerando su nueva realidad econ micaó y fue as como se le ofreci suspender el cumplimiento a que estaba obligada mientras seí ó estudiara una nueva forma de cumplir con su obligaci n contra da. Es por esta raz n,ó í ó que le sorprende la interposici n de esta demanda, la que no se condice con lo queó hab an acordado.í Concluye previas citas legales solicitando se sirva tener por formulada excepci n aó la ejecuci n de autos, en todas sus partes, con costasó 3.- TRASLADO: A folio 17, se evacua el traslado a la excepci n opuesta del Nó º 11 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil; esto es, la concesi n de esperas oí ó ó la pr rroga del plazo. ó Se ala que a la demandada no se le han concedido esperas y a n menos unañ ú pr rroga, motivo por el cual no existe ni ha existido una concesi n de plazo ni pr rrogaó ó ó como lo se ala la ejecutada, en caso de existir alguna de dichas alternativas y conformeñ a la pr ctica mercantil se habr a materializado por medio formal mediante hoja o notaá í de prolongaci n de cuotas del pagar que diera cuenta de lo expresado por el ejecutadoó é el cual formar a parte integrante del pagar fundamento de autos, situaci n que no haí é ó ocurrido en la especie, motivo por el cual no existe, ni ha existido una concesi n deó plazo ni pr rroga como lo se ala la demandada.ó ñ Culmina solicitando se sirva tener por contestado el traslado conferido, y solicita se declare inadmisible la excepci n opuesta, por carecer de fundamento real paraó haberse opuesto. En subsidio, solicita no considere la prueba que se rinda por la demandada durante el curso del juicio; o en subsidio de todo lo anterior, se rechace la excepci n opuesta, con costas.ó 4.- A folio 18, se recibi la causa a prueba.ó 5.- A folio 23, se cit a las partes a o r sentencia. ó í CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, comparece don JOS ANTONIO VARGASÉ GUANGUA, abogado, quien deduce demanda ejecutiva en contra de CONSUELO ALEJANDRA DEL CARMEN TORRES TRONCOSO, solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra, por la sumaó de $836.074.- (ochocientos treinta y seis mil setenta y cuatro pesos) m s los intereses moratoriosá correspondientes, todo de acuerdo a lo pactado en el contrato de autos y que se siga adelante con la ejecuci n hasta obtener entero y cumplido pago de lo adeudado, conó expresa condenaci n en costas; deuda que emana del pagar descrito en la parteó é expositiva de la sentencia. SEGUNDO: Que a folio 14, la ejecutada opone la excepci n del N 11 deló º art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil; esto es, la concesi n de esperas o laí ó ó pr rroga del plazo, fundada en los argumentos ya expuestos en la parte expositiva deó esta sentencia. TERCERO: Que la parte ejecutante acompa a los autos los siguientesñó documentos: 1.- Contrato y Reglamento de L nea de Cr dito en Cuotas Oriencoop LCCí é Promocional. 2.- Pagar suscrito con fecha 18 de Diciembre de 2018, por do a CONSUELOé ñ ALEJANDRA DEL CARMEN T
Fallo
Fallo Sentencia Definitiva Fecha Ingreso 18 de enero de 2019 Materia Cobro de Pagaré Caratulado COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ORIENTE LIMITADA/TORRES Procedimiento Juicio Ejecutivo Demandante COOPERATIVA DE AHORRO Y CR DITO ORIENTE LTDA.É RUT 70.010.920-8 Abogado Jos Antonio Vargas Guanguaé C.I. 14.019.689-4 Demandado Consuelo Alejandra del Carmen Torres C.I. 16.836.721-K Abogado Roberto Mu oz Abrahamñ C.I. 4.798.541-2 Juez Carolina Rojas Araya Cit. o r Sentenciaí 23 de febrero de 2020 VISTOS. 1.- Demanda: Que a folio 1, comparece don JOS ANTONIO VARGASÉ GUANGUA, abogado, domiciliado en Maip N 360, 2 Piso, Linares, enú º º representaci n como mandatario judicial convencional, seg n se acredita, deó ú COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ORIENTE LIMITADA, conocida tambi n comoé ORIENCOOP LTDA, persona jur dica del giro que la denomina,í representada legalmente por su Gerente General Don NELSON JOFRE ZAMORANO, Abogado, ambos domiciliados en 14 Oriente N 968 de Talca, quien deduce demanda° ejecutiva en contra de CONSUELO ALEJANDRA DEL CARMEN TORRES TRONCOSO, ignoro profesi n u oficio, domiciliada en Avda. Leonor Ferrada s/nó Abranquil, de la ciudad de Yerbas Buenas. Funda su demanda se alando que consta en documento acompa ado que conñ ñ fecha 06 de Junio de 2018, do a CONSUELO ALEJANDRA DEL CARMENñ TORRES TRONCOSO celebr con su representada, un Contrato y Reglamento deó L nea de Cr dito en Cuotas Oriencoop LCC Promocional. En virtud de dicho contrato,í é su mandante otorg a la d
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FOJA: 24 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Linaresº CAUSA ROL : C-141-2019 CARATULADO : COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ORIENTE LIMITADA/TORRES Causa C-141-2019 Tipo de Fallo Sentencia Definitiva Fecha Ingreso 18 de enero de 2019 Materia Cobro de Pagaré Caratulado COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ORIENTE LIMITADA/TORRES Procedimiento Juicio Ejecutivo Demandante
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