MP C/ MOISÉS ALEJANDRO RAMÍREZ MUÑOZ
Rol
O-931-2022
Fecha
4 de julio de 2022
Materia
CONSUMO/PORTE EN LUG.PUB.O PRIV.C/PREVIO CONCIERTO(ART.50)., OCULT IDENT EN CONTROL PREVENT ART 496 N: 5 Y 12 LEY 20931
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 28 de Marzo de 2022, a las 11:55 horas aproximadamente, el imputado fue controlado en calle Bulnes con Real Juventud de la comuna de Rengo, por Carabineros de Tenencia Rosario, quienes solicitaron al imputado conforme lo dispone la ley su cedula de identidad, sin embargo este negó portarla y otorgó información falsa a Carabineros respecto del número de su cedula de identidad, ocultando con ello su nombre y RUT correcto, luego intentó darse a la fuga del personal policial y finalmente fue aprendido pudiendo Carabineros incautar especies que portaba el imputado, que consistieron en gran cantidad envoltorio de papel cuadriculado que en su interior contenía una sustancia que sometida a prueba de campo arrojó resultado positivo para pasta base cocaína, con un peso bruto de 7.9 gramos, los envoltorios corresponden a 41 envoltorios. Además, el imputado portaba un monedero de color lila, en donde llevaba los envoltorios que ya fueron señalados. Vistos y oídos los intervinientes: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 15 N° 1, 30, 67 y siguientes; artículo 496 y demás normas pertinentes del Código Penal; artículo 50 y demás normas pertinentes de la Ley 20.000; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a MOISÉS ALEJANDRO RAMÍREZ MUÑOZ, ya individualizado en esta audiencia por su participación en calidad de AUTOR en los delitos de PORTE DE DROGA EN LA Código: GXFCXXXXGXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; mailto:jgrengo@pjud.cl “Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; s
Fallo
SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a MOISÉS ALEJANDRO RAMÍREZ MUÑOZ, ya individualizado en esta audiencia por su participación en calidad de AUTOR en los delitos de PORTE DE DROGA EN LA Código: GXFCXXXXGXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; mailto:jgrengo@pjud.cl “Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pjud.cl VÍA PUBLICA del artículo 50 de la Ley 20.000 y OCULTACIÓN DE IDENTIDAD del artículo 496 N°5 del Código Penal, perpetrados ambos en grado de desarrollo CONSUMADO el día 28 de Marzo de 2022, a sufrir una pena de CINCO UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES por el primero de los delitos y TRES UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES por el segundo de los delitos, eximiéndose del pago de las costas de la causa. II.- Que, se tienen por cumplidas las penas pecuniarias precedentemente impuestas en atención al periodo de tiempo que ha permanecido privado de libertad en esta causa. Ejecutoriada que sea esta sentencia, certifíquese este hecho por la Jefe de unidad y causas. Dese cumplimiento en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo
Texto Completo (Preview)
“Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pju
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