2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

DATA RESEARCH SPA/INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO PROVIDENCIA

Rol

I-111-2021

Fecha

2 de agosto de 2021

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos diferentes, una de ellas a fuero maternal y la otra al artículo 12 del Código del Trabajo. Además, en lo principal, sostuvo que la norma legal invocada era errónea, toda vez que no existe reproche respecto del actuar del fiscalizador. Agrega que, los

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que comparece José Santander Robles, Chileno, Abogado, cédula nacional de identidad N° 10.050.813-3, en representación judicial y convencional,de la sociedad DATA RESEARCH SPA, del giro de su denominación, Rol único tributario N° 52.000.303-7,representada legalmente por don Mario Ernesto Illesca Carreño, Chileno, factor de comercio, cédula nacional de identidad N° 10.403.540-K, todos domiciliados para estos efectos, en calle Estado N° 359, piso 13 Santiago, quien interpone reclamo en virtud del art. 512 del Código del Trabajo, en contra de la Resolución de solicitud de reconsideración de multa administrativa, Número 075 de fecha 08 de marzo de 2021 y notificada a esta parte el día 11 de marzo de 2021, en virtud del art. 508 del Código del Trabajo, dictada por don Juan Pablo Alveal Arriagada, cédula nacional de identidad N° 8.349.595-2 , en su calidad de Inspector Comunal del Trabajo de Providencia,con domicilio en Avda. Providencia Nº 1275, Providencia, Región Metropolitana, solicitando sea dejada sin efecto o en subsidio sea rebajada en un 80%, con costas. Funda su reclamo en que por medio de la resolución N° 1175/20/16, la entidad reclamada en autos cursó multa administrativa a su representada, solicitando, la reconsideración administrativa en su oportunidad por error de hecho de la multa, cuyo fundamento fue “No exhibir toda la documentación necesaria para las labores de fiscalización”, fundado en que se cometió un error de hecho, toda vez que por razones ajenas a su voluntad, no recibió oportunamente el mail por el cual se le solicitaban los documentos. El motivo central de la reconsideración dice relación con que su representada presentó reconsideración, acompañando los documentos fundantes del error de hecho, los que no se tuvieron en cuenta, no dando lugar al reclamo. Sostuvo además, que en un período inmediatamente anterior, fue dos veces fiscalizado, y en aquellos procedimientos se presentaron todos los documentos que se requirieron en esta última oportunidad. SEGUNDO: Que el Servicio reclamado contestó el reclamo, solicitando el rechazo del libelo en todas sus partes, con costas, sosteniendo que la empresa reclamante no acompañó los antecedentes necesarios para las labores de fiscalización, precisando que, la solicitud de documentos a la reclamante se hizo al correo electrónico entregado por ella misma al inicio de la fiscalización, y en él se le otorgó un plazo para que los acompañara, lo que no hizo, por lo que se cursó la multa que se reclama. En cuanto a las fiscalizaciones anteriores, sostuvo que, se refieren a hechos diferentes, una de ellas a fuero maternal y la otra al artículo 12 del Código del Trabajo. Además, en lo principal, sostuvo que la norma legal invocada era errónea, toda vez que no existe reproche respecto del actuar del fiscalizador. Agrega que, los fundamentos de la resolución se encuentran en la misma, por lo que no existe error de hecho, y que la resolución reclamada es suficientemente clara

Fallo

se declara: I.- Que, se RECHAZA, en todas sus partes, el reclamo interpuesto por el abogado José Santander Roble, abogado y mandatario judicial, actuando en representación de sociedad DATA RESEARCH SPA, contra la Inspección Comunal del Trabajo Inspector Comunal del Trabajo de Providencia, confirmándose la multa cursada por 10 ingresos mínimos mensuales. II.- Que estimando que la parte reclamante tuvo motivos plausibles para litigar, no se le condena en costas. III.- Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo resuelto en ella dentro de quinto día, en caso contrario se dará inicio a su ejecución, de acuerdo a lo establecido en el artículo 462 del Código del Trabajo. Regístrese y archívese en su oportunidad. RIT Nº I-111-2021 RUC: 21-4-0327405-1 SENTENCIA DICTADA POR LA JUEZA DESTINADA DEL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO, ALEJANDRA BESOAIN LEGIH.

Texto Completo (Preview)

Santiago, dos de agosto de dos mil veintiuno. Vistos, oídos y considerando: PRIMERO: Que comparece José Santander Robles, Chileno, Abogado, cédula nacional de identidad N° 10.050.813-3, en representación judicial y convencional,de la sociedad DATA RESEARCH SPA, del giro de su denominación, Rol único tributario N° 52.000.303-7,representada legalmente por don Mario Ernesto Illesca Carreño, Chileno,

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