MUÑOZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA
Rol
C-23833-2019
Fecha
17 de febrero de 2020
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 02 de agosto de 2019, rectificada bajo el folio 7, don Pedro Manuel Mu oz Zamoranoñ , domiciliado en calle San Lucas N 355, comuna de Lo Barnechea, deduce demanda de prescripci n,° ó en juicio ordinario de menor cuant a, en contra de laí Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea, representada por su Alcalde, don Felipe Guevara Stephens, ambos domiciliados en Av. El Rodeo N 12.777, comuna de Lo Barnechea, pretendiendo se declare la° prescripci n de la acci n que tiene la demandada, destinada a obteneró ó el pago de la deuda que mantendr a por concepto de derechos de aseoí se alados en el cuerpo del escrito y los dem s, que al tiempo de lañ á notificaci n de la presente demanda hayan cumplido tres a os o m só ñ á para su cobro. Funda su pretensi n ser deudor de derechos municipales, por laó prestaci n del servicio de recolecci n de residuos domiciliarios s lidos,ó ó ó tambi n denominados derechos de aseo, respecto al inmueble que leé sirve de domicilio, por el periodo que se extiende desde el 30 de abril de 2009 al 30 de noviembre de 2013 y por la suma de RIT« » Foja: 1 $1.349.969.-, invocando al efecto lo previsto en el art culo 2521 delí C digo Civil, invocando una prescripci n de corto tiempo. ó ó Bajo el folio 9, contesta la demandada, expresando que la actora adeuda las cuotas, por derechos de aseo, del periodo que corre entre el 30 de abril de 2009 y el 30 de noviembre de 2013, por un total de $1.456.355, m s reajustes e intereses, se alando que no controvierte losá ñ hechos y que se allana a la demanda entablada. Con fecha 11 de este mes, conforme el allanamiento de la demandada, se omiti recibir la causa a prueba y se cit a las partesó ó para o r sentencia.í
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don Pedro Manuel Mu oz Zamoranoñ dedujo demanda de prescripci n, en juicio ordinario de menor cuant aó í en contra de la Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea, ambas ya individualizadas, pretendiendo se declare la prescripci n de la acci nó ó que tiene la demandada, destinada a obtener el pago de la deuda que mantendr a por concepto de derechos de aseo se alados en el cuerpoí ñ del escrito y los dem s, que al tiempo de la notificaci n de la presenteá ó demanda hayan cumplido tres a os o m s para su cobro, todo loñ á anterior de conformidad con los hechos y fundamentos de derecho relatados, latamente, en la parte expositiva del presente fallo. Por su lado, la demandada se allan en forma pura y simple a laó demanda contraria, aceptando los hechos en que se funda la acci nó deducida por la actora. RIT« » Foja: 1 SEGUNDO: Que la prescripci n es un modo de adquirir lasó cosas ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse pose do las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derechosí durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitosá legales, lo se encuentra tratado en el C digo Civil, en los art culosó í 2.492 y siguientes. TERCERO: Que la prescripci n se inserta en un sistemaó jur dico de protecci n, que tiene como objetivo principal, el otorgarí ó certeza y seguridad a las relaciones jur dicas que ligan a los sujetos deí derecho y la debida tutela o protecci n de los mismos, instando enó definitiva a que los part cipes de dichas relaciones no se hallení vinculadas en forma indefinida, provocando con ello incertidumbre y falta de consolidaci n de las diversas situaciones jur dicas. ó í Si bien el ordenamiento, por una parte otorga la protecci n aló acreedor, facultando al sujeto activo para exigir de aquel que le garantice el ejercicio pac fico y en definitiva la eficacia de su derecho;í protege a su vez al sujeto pasivo de la relaci n estableciendo conó normas de orden p blico el real alcance y permanencia del deber queú de esta relaci n emana.ó La prescripci n extintiva o liberatoria, permite la estabilidad deó los derechos dando seguridad jur dica y, en definitiva se constituye ení un castigo para el actor que no hace valer sus derechos en el tiempo que fija la ley. MLR RIT« » Foja: 1 Tratase de una instituci n universal de orden p blico, puesto queó ú cuando la ley estima que determinada relaci n jur dica amerita noó í extinguirse a trav s de la prescripci n liberatoria, lo se alaé ó ñ expresamente, como en la acci n de reclamaci n de estado civil, laó ó acci n de partici n, etc.ó ó CUARTO: Que de acuerdo a lo prescrito en el art culo 2.514í del C digo Civil, la prescripci n que extingue las acciones y derechosó ó ajenos, exige solamente cierto lapso de tiempo durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones, agregando el inciso segundo del mismo art culo que dicho tiempo se cuenta desde que la obligaci n se hayaí ó hecho exigible. De otro lado el inciso 1 del art culo
Fallo
se declara:ó Que se acoge, sin costas, la demanda de lo principal del escrito folio 1, solo en cuanto se declaran prescritas las acciones de cobro de RIT« » Foja: 1 derechos de aseo, del inmueble ubicado en calle San Lucas N 355,° comuna de Lo Barnechea, respecto del periodo comprendido entre los d as í 30 de abril de 2009 y 30 de noviembre de 2013, ambas fechas inclusive. An tese, reg strese, notif quese y arch vese en suó í í í oportunidad. Rol N 23.833-2019.° Pronunciada por do a ñ Patricia Ortiz von Nordenflycht, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diecisiete de febrero de dos mil veinte. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-02-17T11:49:30-0300
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 24 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-23833-2019 CARATULADO : MU OZ / ILUSTREÑ MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA Santiago, diecisiete de febrero de dos mil veinte. VISTOS: Con fecha 02 de agosto de 2019, rectificada bajo el folio 7, don Pedro Manuel Mu oz Zamoranoñ , domiciliado en calle San Lucas N 355, comuna de Lo Barnechea, deduce dem
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