GONZÁLEZ/I. MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ
Rol
C-15970-2019
Fecha
17 de febrero de 2020
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1, comparece Margarita Cecilia González Cerda, trabajadora independiente, domiciliada en Hacienda Montalbán N° 368, Villa don Bernardo, comuna de Maipú, interponiendo demanda ordinaria de declaración de prescripción extintiva, en contra de la I. Municipalidad de Maipú, representada legalmente por su alcaldesa, Catherine Barriga Guerra, domiciliada para estos efectos en Avenida 5 de Abril N° 260, comuna de Maipú, solicitando se declare la prescripción extintiva de las acciones de cobro de los derechos de aseo municipal impagos, más sus reajustes, intereses y multas, respecto de la propiedad ubicada en Pasaje Hacienda Montalbán N° 368, Villa don Bernardo, comuna de Maipú, correspondientes a los períodos comprendidos entre Abril de 2001 hasta Noviembre de 2007, cuyo monto asciende a la suma total de $632.416, actualizada al mes de Marzo de 2019. Fundamenta la demanda, en que es dueña de la propiedad antes singularizada, la cual posee deuda por concepto de derechos de aseo desde entre Abril de 2001 hasta Noviembre de 2007. Sostiene que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2.515 del Código Civil, la acción de cobro de los derechos de aseo correspondientes al período comprendido entre Abril de 2001 hasta Noviembre de 2007, se encuentran prescritos, por cuanto dichos derechos prescriben en el plazo de 5 años. A folio 8, con fecha 29 de Enero de 2020, se notificó la demanda de conformidad a lo dispuesto en el artículo 44 del Código de Procedimiento Civil a la demandada Ilustre Municipalidad de Maipú y mediante escrito de fecha 05 de Febrero de 2020 rolante a folio 9, la demandada, contestó la demanda, allanándose íntegramente a la pretensión hecha valer por la actora. A folio 12, mediante resolución de fecha 10 de Febrero de 2020, se tuvo por contestada la demanda y por allanada a la misma, por lo que se omitió citar a las partes a la audiencia de conciliación y atendido lo dispuesto en el artículo 313 del Código de Procedimiento Civil, se citó a la
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, Margarita Cecilia González Cerda, interpone demanda de declaración de prescripción extintiva, en contra de la I. Municipalidad de Maipú, solicitando se declare la prescripción extintiva de las acciones de cobro de los derechos de aseo municipal impagos, más sus reajustes, intereses y multas, respecto de la propiedad ubicada en Pasaje Hacienda Montalbán N° 368, Villa don Bernardo, comuna de Maipú; correspondiente al período comprendido entre el 30 de Abril de 2001 hasta el 30 de Noviembre de 2007, por la suma $632.416. SEGUNDO: Que, a folio 9, la demandada se allanó totalmente a las pretensiones de la actora. TERCERO: Que, en orden a acreditar sus dichos la demandante rindió prueba instrumental, acompañada en el primer otrosí de la demanda, la cual no fue objetada en la oportunidad procesal correspondiente, consistente en el siguiente documento: 1° Copia de certificado de dominio vigente de la propiedad ubicada en Pasaje Hacienda Montalbán N° 368, Villa don Bernardo, comuna de Maipú que rola inscrita a fojas 77.579, número 52.856 correspondiente al Registro de Propiedad del año 1989 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, vigente al día 27 de Febrero de 2019, la cual da cuenta que Margarita Cecilia González Cerda, es dueña de la propiedad individualizada precedentemente. 2° Certificado de residencia de la demandante, otorgado por la Junta de Vecinos Manuel Rodríguez, comuna de Maipú con fecha 05 de Marzo de 2019. 3° Informe de deuda de derechos de aseo, emitido por la I. Municipalidad de Maipú, con fecha 05 de Marzo de 2019, correspondiente a la propiedad de autos, emanado de la Dirección de Administración y Finanzas de la Ilustre Municipalidad de Maipú, el cual señala que existe una deuda actualizada al mes de Marzo de 2019 por la suma de $632.416, por el período comprendido entre el 30 de Abril de 2001 y el 30 de Noviembre de 2007. Certificado que da cuenta que el inmueble figura a nombre de la actora. 4° Certificado de Avalúo Fiscal, de fecha 26 de Febrero de 2019 del inmueble de autos y cuyo Rol es el 01894-00005 del Servicio de Impuestos Internos. CUARTO: Que, es un hecho atestiguado en el proceso, que se desprende de la documental aparejada por la actora, inobjetada por la contraria, que la propiedad ubicada en Pasaje Hacienda Montalbán N° 368, Villa don Bernardo, comuna de Maipú, mantiene una deuda por concepto de derechos de aseo que asciende a $632.416, por los períodos que van desde Abril de 2001 hasta Noviembre de 2007. QUINTO: Que, conforme al artículo 2514 del Código Civil, la prescripción que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones, contado desde que la obligación se haya hecho exigible. Dicha prescripción se interrumpe civilmente con la notificación válida de la demanda conforme al artículo 2518 del Código Civil en relación con su artículo 2503. SEXTO: Que, previo a analizar el fondo de
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 2514, 2515 y 2493; artículos 144 y 254 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y la Ley de Rentas Municipales, se declara: I.- Que se acoge íntegramente la demanda, declarándose prescritas las acciones para perseguir el cobro de los derechos de aseo domiciliarios respecto del inmueble ubicado en Pasaje Hacienda Montalbán N° 368, Villa don Bernardo, comuna de Maipú, correspondientes a las cuotas devengadas desde el 30 de Abril de 2001 y hasta el 30 de Noviembre de 2007, ambos inclusive, más sus reajustes, intereses y multas. II.- Que, no se condena en costas a la demandada. ROL C-15.970-2019.- Anótese, regístrese y archívese. Dictada por WILSON EDUARDO RODRIGUEZ RODRIGUEZ, Juez Suplente. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diecisiete de Febrero de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-02-17T09:59:57-0300
Texto Completo (Preview)
FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-15970-2019 CARATULADO : GONZ LEZ/I. MUNICIPALIDAD DE MAIPÁ Ú Santiago, diecisiete de Febrero de dos mil veinte VISTOS: A folio 1, comparece Margarita Cecilia González Cerda, trabajadora independiente, domiciliada en Hacienda Montalbán N° 368, Villa don Bernardo, comuna de Maipú, interponiendo demand
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