1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

DURAN/SOCIEDAD COO SPAMERCIAL E INGENIERÍA EMSPR

Rol

O-1280-2021

Fecha

2 de agosto de 2021

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos conforme lo dispone el artículo 453 N°1 del Código del Trabajo. En ese sentido, no recibirá la causa a prueba y, previo a un receso, que hará durante el transcurso de esta jornada, se dictará sentencia al audio. Sentencia que será comunicada y notificada a la parte demandante al correo electrónico ya designado en la presente causa y por el estado diario a la demandada. CONSTANCIA: Se deja constancia que el Tribunal procederá a dictar sentencia en este acto y de conformidad a lo establecido en el artículo 62 inciso 3° del acta 71 de la Excelentísima Corte Suprema, se transcribirá sólo la parte resolutiva, constando la sentencia en su integridad en registro de audio. SENTENCIA En Santiago, a treinta de julio de dos mil veintiuno.- VISTOS, OÍDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que compareció a juicio don LUIS ALONSO DURAN CONTRERAS, ya individualizado en los presentes autos, quien interpone demanda por despido sin causa legal, nulidad del despido, despido improcedente, injustificado, cobro de prestaciones e indemnizaciones en contra de SOCIEDAD COMERCIAL E INGENIERÍA EMSPRO SPA, representada por don Daniel Andrés Araya Robles, ya individualizado en los presentes autos. RESOLUTIVA: Visto además lo dispuesto en los artículos 7, 8, 9, 73, 161, 162, 168, 453 y siguientes del Código del Trabajo,

Fallo

SE DECLARA: I. Que, SE ACOGE la demanda interpuesta por don LUIS ALONSO DURAN CONTRERAS, en contra de la demandada SOCIEDAD COMERCIAL E INGENIERÍA EMSPRO SPA, en consecuencia: se declara nulo e injustificado el despido del que fue objeto el actor con fecha 7 de diciembre de 2020. b) La demandada deberá pagar la suma de $618.131, por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. c) La demandada deberá pagar la suma de $1.236.262, por concepto de indemnización por años de servicios, con el recargo legal correspondiente del 50%, conforme lo dispone el artículo 168 letra b) del Código del Trabajo, esto es, aumentado a la suma de $618.131. d) La demandada deberá pagar por concepto de feriado legal por el período 2018 al 2019 y 2019 al 2020, 42 días corridos, ascendente a la suma total de $865.384. Asimismo, deberá pagar por concepto de feriado proporcional, de 2.58 días, la suma de $44.464. e) La demandada deberá pagar la suma de $618.131 por concepto de remuneración íntegra del mes de noviembre de 2020 y la suma de $144.231 por concepto de remuneración íntegra de 7 días del mes de diciembre de 2020. f) La demandada deberá pagar las remuneraciones y demás prestaciones derivadas del contrato de trabajo entre la fecha del despido, esto es, 7 de diciembre de 2020 y la convalidación del mismo, sobre la base de una remuneración de $618.131, además de las cotizaciones de seguridad social debidas y reclamadas ante las instituciones previsionales AFP MODELO, FONASA y AFC CH

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 30 de julio de 2021 RUC 21- 4-0322966-8 RIT O-1280-2021 CARATULADO DURAN/SOCIEDAD COO SPAMERCIAL E INGENIERÍA EMSPR MAGISTRADO MAURICIO ALEJANDRO VIDAL CARO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Vanessa Aguilar Barra HORA DE INICIO 09:01 HORA DE TERMINO 09:31 SALA Sala virtual 4 (3.3) Nº

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