Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta.

MINISTERIO PUBLICO ANTOFAGASTA C/ ANA LIDIA LOZANO ESCOBAR

Rol

O-308-2021

Fecha

2 de julio de 2022

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos constituían el delito consumado de tráfico de droga en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° en relación al artículo 1° de la Ley 20.000, en el cual a la acusada le habría correspondido participación como autora según lo dispuesto en el artículo 15 Nº Código: MVWXXXCTYLE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Marcelo Eduardo Echeverria Munoz Juez Redactor Fecha: 04/07/2022 20:00:16 RXEBXXJXXXF Claudia Solange Lewin Arroyo Juez Integrante Fecha: 05/07/2022 17:08:21 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 3 1 del Código Penal, concurriendo respecto de ella la circunstancia modificatoria de responsabilidad atenuante de irreprochable conducta anterior, perjudicándole la circunstancia agravante prevista en el artículo 19 h) de la Ley N° 20.000, y conforme a ello, pidió que se le impusiera la pena de 5 años de presidio menor en su grado máximo, multa de 40 UTM, las accesorias legales contempladas por el artículo 29 del Código Penal, el comiso las especies incautadas y al pago de las costas de la causa. La Fiscal en su alegato de apertura, en síntesis, señaló que con la prueba de cargo logrará acreditar los hechos que constituyen un delito de microtráfico de drogas, y la agravante del articulo 19 letra h) de la ley 20.000, lo que permitirá solicitar en su oportunidad veredicto de condena. Por su parte, en esa misma instancia, la defensa manifestó que desde el inicio de la investigación la acusada reconoce haber llevado una encomienda al

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha veintiocho de junio del presente año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituido por los jueces doña Ingrid castillo Fuenzalida, quien la presidió, doña Claudia Lewin Arroyo y don Marcelo Echeverría Muñoz, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral de la causa RIT 308-2021, RUC 2000901423-4, seguida por el delito de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de droga, en contra de la acusada ANA LIDA LOZANO ESCOBAR, colombiana, pasaporte AV413064, cédula de identidad de extranjeros N° 14.878.492-2, nacida en Cali, Colombia el 31 de mayo de 1997, 25 años, soltera, comerciante, quien apercibida de conformidad al artículo 26 del Código Procesal Penal fijó como domicilio el de calle Buenos Aires N° 1039, de Antofagasta. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por la Fiscal doña Paola Acevedo Vera, en tanto que la defensa del acusado estuvo a cargo de la Defensora Penal Pública doña Claudia Nievas López, ambas con domicilio y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. La audiencia de juicio se celebró a través de la modalidad telemática, mediante la plataforma Zoom, al inicio de su realización se hizo presente a la acusada y a la defensa que se contaba con una sala virtual contigua a efectos de salvaguardar la comunicación directa y privada entre ambas. Código: MVWXXXCTYLE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Marcelo Eduardo Echeverria Munoz Juez Redactor Fecha: 04/07/2022 20:00:16 RXEBXXJXXXF Claudia Solange Lewin Arroyo Juez Integrante Fecha: 05/07/2022 17:08:21 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 Además, durante el desarrollo del juicio se llevaron a efecto los interrogatorios y contrainterrogatorios realizados tanto a la acusada como a los testigos de manera fluida y regular sin ningún tipo de intervención o contratiempos que hubieran podido afectar la inmediación. SEGUNDO: Que, la acusación del Ministerio Público, tuvo por fundamento los siguientes hechos, conforme a lo indicado en el auto de apertura dictado por el Juzgado de Garantía de Antofagasta, con fecha 18 de agosto de 2021: “El día 2 de septiembre de 2020, aproximadamente a las 10:00 horas, la imputada Ana Lida Lozano Escobar, Llegó hasta el centro de cumplimiento penitenciario concesionado masculino de Antofagasta, ubicado en el Km. 1376 de la ruta 5 norte, costado poniente del sector nudo Uribe, a dejar una encomienda, la cual al momento de ser revisada por personal de Gendar

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 11 N°6, 14 N° 1, 15 N° 1, 24, 26, 30, 31, 47, 49, 50, 67 y 70 del Código Penal; artículos 47, 296, 297, 340, 341, 342, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal; artículos 1, 4, 19 letra h), 45 y 46 de la Ley 20.000; Ley 19.970 y Ley 18.566 modificada por la Ley 20.568; y Ley 18.216; SE RESUELVE: Código: MVWXXXCTYLE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Marcelo Eduardo Echeverria Munoz Juez Redactor Fecha: 04/07/2022 20:00:16 RXEBXXJXXXF Claudia Solange Lewin Arroyo Juez Integrante Fecha: 05/07/2022 17:08:21 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 21 I.- Que, SE CONDENA a ANA LIDA LOZANO ESCOBAR, ya individualizada, a la pena de TRES (3) AÑOS Y UN (1) DÍA de presidio menor en su grado máximo, a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos mientras dure la condena, como autora del delito consumado de tráfico ilíc

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1 Antofagasta, dos de julio de dos mil veintidós. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha veintiocho de junio del presente año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituido por los jueces doña Ingrid castillo Fuenzalida, quien la presidió, doña Claudia Lewin Arroyo y don Marcelo Echeverría Muñoz, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral de la causa

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