GAJARDO/EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS CHECKUP
Rol
M-1434-2021
Fecha
30 de julio de 2021
Materia
Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS CONTROVERTIDOS X · CONCILIACION (llamado) - · SENTENCIA X · CITA A NOTIFICACIÓN DE LA SENTENCIA X TRIBUNAL RESUELVE: Consta en audio Se tiene por cumplido lo ordenado con el mérito del certificado que antecede. CONSTANCIA: Se deja expresa constancia que la parte demandante Martín Alonso Gajardo Lecaros Rut N° 20.533.153-0, como la parte demandada principal EST SPA RUT N°: 76.392.595-1, ambas se encuentran legalmente emplazadas según da cuenta el registro de esta causa, asimismo, no han presentado excusa al Tribunal y no se han comunicado por los canales correspondientes existiendo todo aquello para hacerlo se le ha esperado más de 25 minutos para iniciar esta audiencia; no presentan y no hace valer justificación alguna. CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación, este no prospera por no estar ninguna de las partes presentes. HECHOS CONTROVERTIDOS: 1. La existencia de una relación laboral entre el demandado Martín Alonso Gajardo Lecaros Rut N° 20.533.153-0 y la demandada EST SPA RUT N°: 76.392.595-1. Teniendo en consideración que en relación al hecho a probar de cuál era acreditar la existencia de una relación laboral entre la demandante y la demanda antes referidas, no se ha acreditado y, no contando este Tribunal con medio probatorio alguno para establecer la existencia de dicha relación laboral; no queda más que rechazar la demanda de autos al no haberse acreditado, los requisitos y los presupuestos establecidos al tenor del artículo 7 y 8 del Código del Trabajo. Por tanto conforme a lo previsto y dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 8, 9, 41, 496 a), 501 del Código del Trabajo, se declara; I. Que se rechaza la demanda interpuesta POR MARTÍN MARTÍN ALONSO GAJARDO LECAROS, RUT N°20.533.153-0, en contra de la EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS CHECKUP EST SpA, RUT N° 76.392.595-1; II. Que atendido la incomparecencia de ambas partes a esta audiencia, quienes han sido legalmente emplazadas, cada una de ellas deberá soportar el pago de sus propias
Fallo
Por tanto conforme a lo previsto y dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 8, 9, 41, 496 a), 501 del Código del Trabajo, se declara; I. Que se rechaza la demanda interpuesta POR MARTÍN MARTÍN ALONSO GAJARDO LECAROS, RUT N°20.533.153-0, en contra de la EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS CHECKUP EST SpA, RUT N° 76.392.595-1; II. Que atendido la incomparecencia de ambas partes a esta audiencia, quienes han sido legalmente emplazadas, cada una de ellas deberá soportar el pago de sus propias costas generadas. Regístrese y archívese en su oportunidad. Dirigió la audiencia don JUAN CARLOS VALDES PEÑAILILLO, Juez Destinado del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a treinta de julio de dos mil veintiuno. REGISTRO DE AUDIO
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO Monitorio FECHA 30/07/2021, Santiago RUC 21- 4-0341151-2 RIT M-1434-2021 CARATULADO GAJARDO/EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS CHECKUP MAGISTRADO JUAN CARLOS VALDES PEÑAILILLO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Carina Sepúlveda Hernández HORA DE INICIO 12:47 HORA DE TERMINO 12:55 SALA Sala virtual 1 (5.4) Nº
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