Juzgado de Garantía de Temuco.

RISETTE ALEJANDRA PONCE SANCHEZ C/ CARLOS ALBERTO BENAVENTE GARRIDO

Rol

O-3359-2020

Fecha

20 de junio de 2022

Materia

ROBO POR SORPRESA.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y Oídos: Se tuvo por acreditado que Carlos Alberto Benavente Garrido, cédula de identidad N° 12.225.614-6, nacido el día 9 de febrero de 1972, se desconoce profesión u oficio, domiciliado en calle Sagrada Familia N° 1323, Chile Barrios, Puerto Montt, el día 10 de septiembre de 2019, a las 12:30 horas aproximadamente abordó a R.A.P.S. cuando esperaba locomoción colectiva en calle Manuel Rodríguez con Manuel Bulnes en el centro de Temuco, y tras realizarle una consulta, le arrebató su teléfono celular de las manos y huyó corriendo con la especie en su poder. La especie sustraída corresponde a un teléfono celular marca Huawei modelo Y9 2019, color negro, avaluado en la suma de $159.000. Que el contenido íntegro de la sentencia se encuentra registrado en el audio respectivo de esta misma fecha, de la cual solo se transcribe la parte resolutiva, en virtud de lo dispuesto en el Auto Acordado de fecha 14 de marzo de 2014, dictado por la Excelentísima Corte Suprema y contenido en el acta Nº 40- 2014; Y VISTOS ADEMAS; Lo dispuesto en los artículos 83 de la Constitución Política de la República de Chile, 1 de la Ley N° 19.640; artículos 1, 11 N° 6 y 9; 14 N° 1, 15 N° 1, 25, 50, 432, 442 y 437 del Código Penal; artículos 3, 47, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 1, 3, 4 y 35 de la ley Nº 18.216 y Acta Nº 40 de la Excelentísima Corte Suprema, Se declara: 1.- Que se acoge el requerimiento en que devino la acusación promovida por el Ministerio Público, sólo en cuanto se condena a Carlos Alberto Benavente Garrido, ya individualizado, a cumplir sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias de suspensión de cargo u oficio público, como autor del delito de robo por sorpresa, perpetrado el día 10 de septiembre de 2019 en esta ciudad, sin costas, por haber admitido responsabilidad en los hechos materia del requerimiento. 2.- Que la pena privativa de libertad se sustituye por remisión condicional con un lapso de observación y control de u

Fallo

Se declara: 1.- Que se acoge el requerimiento en que devino la acusación promovida por el Ministerio Público, sólo en cuanto se condena a Carlos Alberto Benavente Garrido, ya individualizado, a cumplir sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias de suspensión de cargo u oficio público, como autor del delito de robo por sorpresa, perpetrado el día 10 de septiembre de 2019 en esta ciudad, sin costas, por haber admitido responsabilidad en los hechos materia del requerimiento. 2.- Que la pena privativa de libertad se sustituye por remisión condicional con un lapso de observación y control de un año .ante el Centro de MKWBXXNBXYD Federico Eugenio Gutierrez Salazar Juez de garantía Fecha: 02/07/2022 08:57:17 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Reinserción Social de Puerto Montt, al cual deberá presentarse el día 11 de julio de 2022. Si transcurrido el referido plazo el condenado no se presentare a cumplir la pena sustitutiva, el Juzgado de Garantía de Temuco, con el sólo mérito del informe de Gendarmería despach

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Temuco, veinte de junio de dos mil veintidós. Vistos y Oídos: Se tuvo por acreditado que Carlos Alberto Benavente Garrido, cédula de identidad N° 12.225.614-6, nacido el día 9 de febrero de 1972, se desconoce profesión u oficio, domiciliado en calle Sagrada Familia N° 1323, Chile Barrios, Puerto Montt, el día 10 de septiembre de 2019, a las 12:30 horas aproximadamente abordó a R.A.P.S. cuando esp

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