2º Juzgado Civil de Temuco

BANCO DELESTADO DE CHILE/SÁNCHEZ

Rol

C-5040-2019

Fecha

14 de febrero de 2020

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 09 de septiembre de 2019, comparece MAXIMILIANO JOSÉ SÁNCHEZ DERIO, abogado, domiciliado en Calle San Diego N°81, Piso3, comuna de Santiago, mandatario judicial en representación convencional del Banco del Estado de Chile, empresa autónoma de créditos del Estado, representado por su Gerente General Ejecutivo, actualmente don Juan Cooper Alvarez, chileno, casado, ingeniero comercial, RUT N°9.096.866-1, ambos domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N°1111, Santiago, quien interpone demanda ejecutiva de cobro de pagaré en contra de CRISTIAN ANDRÉS SÁNCHEZ CASTRO, chileno, cuya profesión ignora, domiciliado Carrera 554, Comuna de Lautaro, por las razones de hecho y de derecho que en su libelo expone.- Con fecha 26 de diciembre de 2019, se notifica al ejecutado personalmente.- Con fecha 06 de enero de 2020, el ejecutado opone excepciones a la ejecución.- Con fecha 08 de enero de 2020, el ejecutante evacúa traslado de las excepciones.- Con fecha 09 de enero de 2020, se declaran admisibles las excepciones y se recibe la causa prueba, rindiéndose la que consta en autos.- Con fecha 04 de febrero de 2020, se citó a las partes oír sentencia.- CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: EN CUANTO A LA OBJECIÓN DOCUMENTAL: PRIMERO: Que con fecha 06 de enero de 2020, el ejecutado objeta el pagaré fundante de la ejecución, en virtud de lo establecido en el artículo 346 nº 3, pues no consta su autenticidad ni integridad, conforme a los hechos que expone. SEGUNDO: Que con fecha 08 de enero de 2020, el ejecutante solicita el rechazo de la objeción con costas,

Fallo

se declaran admisibles las excepciones y se recibe la causa prueba, rindiéndose la que consta en autos.- Con fecha 04 de febrero de 2020, se citó a las partes oír sentencia.- CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: EN CUANTO A LA OBJECIÓN DOCUMENTAL: PRIMERO: Que con fecha 06 de enero de 2020, el ejecutado objeta el pagaré fundante de la ejecución, en virtud de lo establecido en el artículo 346 nº 3, pues no consta su autenticidad ni integridad, conforme a los hechos que expone. SEGUNDO: Que con fecha 08 de enero de 2020, el ejecutante solicita el rechazo de la objeción con costas, en mérito de lo expuesto en lo principal de su escrito de evacúa traslado de las excepciones opuestas. TERCERO: Que a fin de resolver la objeción documental deducida se tendrá presente que los fundamentos de la objeción dicen relación con aspectos relativos al valor probatorio del documento, y no con las causales invocadas, y siendo la apreciación de la prueba una función exclusiva del Sentenciador y correspondiendo a ésta pronunciarse a continuación, se desestimará la objeción documental. EN CUANTO AL FONDO: CUARTO: fecha 09 de septiembre de 2019, comparece MAXIMILIANO JOSÉ SÁNCHEZ DERIO, abogado, en representación convencional del Banco del RIT« » Foja: 1 Estado de Chile, interpone demanda ejecutiva de cobro de pagaré en contra de CRISTIAN ANDRÉS SÁNCHEZ CASTRO, por las razones de hecho y de derecho que en su libelo expone al siguiente tenor: “Mi representado el Banco del Estado de Chile, es dueño

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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado Civil de Temuco CAUSA ROL : C-5040-2019 CARATULADO : BANCO DELESTADO DE CHILE/SÁNCHEZ Temuco, catorce de Febrero de dos mil veinte VISTOS: Con fecha 09 de septiembre de 2019, comparece MAXIMILIANO JOSÉ SÁNCHEZ DERIO, abogado, domiciliado en Calle San Diego N°81, Piso3, comuna de Santiago, mandatario judicial en representación conv

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