LUIS ALEJANDRO AGUILERA FAUNDEZ C/ MANUEL GUSTAVO CÁCERES SÁNCHEZ
Rol
O-400-2022
Fecha
30 de junio de 2022
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “El día 19 de enero del año 2022 pasada las 19:30 horas el imputado Manuel Gustavo Cáceres Sánchez conducía en estado de ebriedad la camioneta marca Chevrolet placa patente única LX.3480 por calle Rosas y a la altura del N° 568 de esta ciudad debido a la ebriedad en que conducía perdió el control del vehículo saliéndose de la calle chocando con la vivienda correspondiente al N° 568 de calle Rosas, destruyendo todo el frontis de la vivienda de propiedad de Luis Alejandro Aguilera Faundez correspondiente este a cerco metálico pared frontal de material madera y radien de cemento; el imputado conducía teniendo 2,60 gramos por mil de alcohol en su sangre, según informe de alcoholemia.” Constitución, treinta de junio de dos mil veintidós.- Visto y teniendo presente Conforme lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 11 N°6, 14 N°1, 15 N°1, 30, 50, 67 y 70 del Código Penal; 47, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; Ley 18.290, 18.216 y 20.603, SE DECLARA: I.- Que, SE CONDENA a MANUEL GUSTAVO CÁCERES SÁNCHEZ, ya individualizado, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la accesoria de suspensión de cargo y oficio público mientras dure la condena, a multa de DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES y a la SUSPENSIÓN DE LICENCIA PARA CONDUCIR VEHÍCULOS MOTORIZADOS, por el término de DOS AÑOS, como autor del delito de conducir vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños, perpetrado en Constitución el 19 de enero del año 2022. OFÍCIESE al Registro Nacional de Conductores y a la Ilustre Municipalidad de Constitución. Código: DMVTXXQQXJD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- La multa impuesta deberá cancelarse en pesos, en el equivalente que tenga la referida unidad al momento de su solución, debiendo enterarse en arcas fiscales mediante depósito efectuado en la Tesorería General de la República. III.- Si el sentenciado no tuviere bienes para satisfacer la m
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, SE CONDENA a MANUEL GUSTAVO CÁCERES SÁNCHEZ, ya individualizado, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la accesoria de suspensión de cargo y oficio público mientras dure la condena, a multa de DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES y a la SUSPENSIÓN DE LICENCIA PARA CONDUCIR VEHÍCULOS MOTORIZADOS, por el término de DOS AÑOS, como autor del delito de conducir vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños, perpetrado en Constitución el 19 de enero del año 2022. OFÍCIESE al Registro Nacional de Conductores y a la Ilustre Municipalidad de Constitución. Código: DMVTXXQQXJD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- La multa impuesta deberá cancelarse en pesos, en el equivalente que tenga la referida unidad al momento de su solución, debiendo enterarse en arcas fiscales mediante depósito efectuado en la Tesorería General de la República. III.- Si el sentenciado no tuviere bienes para satisfacer la multa impuesta, sufrirá por vía de sustitución y apremio, la pena de reclusión, regulándose un día por cada tercio de unidad tributaria mensual a que ha sido condenado, sin que ella pueda exceder de seis meses. IV.- Se autoriza al sentenciado a cancelar la multa impuesta en CUATRO CUOTAS, iguales, mensuales y sucesivas, a razón de MEDIA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, a cancelar los días 30 de cada mes o al día siguiente hábil, sí este recayere en domingo o festi
Texto Completo (Preview)
AUDIENCIA DE PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO (VIDEOCONFERENCIA) Fecha Constitución, treinta de junio de dos mil veintidós Magistrado GISELA INES BARRIENTOS CAMPOS Fiscal (S) Juan Campano Vásquez Defensor César Chandía Rodríguez Imputado Manuel Gustavo Cáceres Sánchez (Presencial) Hora inicio 10:01AM Hora término 10:20AM Sala PRIMERA SALA Tribunal Juzgado de Garantía de Constitución. Acta Jacqueline Gon
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