ELIAS/ILLANES
Rol
O-20-2020
Fecha
29 de julio de 2021
Materia
Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Nulidad del despido
Resultado
No especificado
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: Primero: comparece don Pierre-Sino Elias, vendedor, domiciliado en calle Nicaragua N° 2101, comuna de La Serena; quien señala que viene en interponer demanda en procedimiento de aplicación general por nulidad del despido, despido incausado y cobro de prestaciones laborales en contra de su ex empleador, Isaac Illanes Rojas, RUT N° 15.908.719-0, domiciliado en calle Nicaragua S/N°, esquina Avda. Islón, Las Compañías, La Serena. Funda su demanda en que con fecha 01 de junio de 2016, fue contratado indefinidamente por el demandado, bajo su subordinación y dependencia, para desempeñar labores como vendedor-cargador, en el local comercial de su propiedad, denominado "La Vega Chica", ubicada en calle Nicaragua S/N°, esquina Avda. Islón, Las Compañías, de esta ciudad. Señala que a pesar de sus insistencias, nunca se escrituró el contrato, siendo aplicable a su respecto lo dispuesto en el artículo 9, inciso cuarto, del Código del Trabajo. Se pactó una jornada de trabajo de distribuida de lunes a sábado, de 08:00 a 21.00 hrs. La remuneración pactada correspondía a la suma bruta mensual imponible de $520.000.-. Su régimen de salud y de previsión social corresponden respectivamente a FONASA y AFP Planvital S.A. Con fecha 16 de octubre del 2019, fue despedido verbalmente por el demandado, esto es, sin cumplir las formalidades legales del artículo 162 del texto laboral, luego de haber faltado un día al trabajo. No obstante lo anterior, le quedó adeudando feriado y cotizaciones de la seguridad social, incumplimiento que torna nulo su despido. Finalmente, le adeuda el feriado proporcional del periodo laborado, que asciende a la suma de $375.467.-, en manifiesta infracción a lo dispuesto en los artículos 73 y siguientes, del Código del Trabajo, que también demando. Se demandan los siguientes conceptos: 1. - Cotizaciones previsionales, de salud y de seguro de cesantía del periodo 01.06.2016 al 15.10.2019, calculadas sobre la base imponible mensual de $520.000.-. 2. - $520.000.-, por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. 3. $1.560.000.- por concepto de indemnización por años servicios (3). 4. - $780,000.-, por concepto de recargo legal. 5. Remuneraciones y demás prestaciones laborales y previsionales que se devenguen, desde la separación de labores y hasta la convalidación del despido, según lo dispuesto en el artículo 162 inciso quinto y siguiente del Código del ramo. 6. - $375.467 .- por concepto de feriado adeudado. 7. - Intereses, reajustes legales y las costas que irrogue el juicio a esta parte. Pide tener por interpuesta demanda en Procedimiento de aplicación general por nulidad del despido, despido incausado y cobro de prestaciones laborales en contra de su ex empleadora, declarando la existencia de la relación laboral entre las partes por el periodo señalado, que su despido es nulo e incausado y que se le adeudan las demás prestaciones demandadas y, en su mérito, condenarlo al pago de las indemnizaciones y prest
Fallo
por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 3, 5, 7, 63, 162, 163, 168, 173, 453, 454 del Código del Trabajo se resuelve: Que se acoge en todas sus partes la demanda deducida por don Pierre-Sino Elías en contra de Isaac Illanes Rojas, ambos ya individualizados y conforme a ellos se declara que entre las partes existió una relación de carácter laboral y conforme a ello el despido del que fue objeto el actor fue injustificado y se condena al demandado al pago de las siguientes prestaciones: $520.000.-, por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. $1.560.000.- por concepto de indemnización por años servicios $780,000.-, por concepto de recargo legal del artículo 168 letra b del condigo del trabajo. Remuneraciones y demás prestaciones laborales y previsionales que se devenguen, desde la separación de labores y hasta la convalidación del despido, según lo dispuesto en el artículo 162 inciso quinto y siguiente del Código del ramo. $375.467 .- por concepto de feriado legal adeudado. Cotizaciones previsionales y de seguridad social por todo el periodo trabajado las que deberán enterarse en las respectivas instituciones. Intereses y reajustes de conformidad a lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. Con costas las que se tasan en la suma de $200.000 (doscientos mil pesos). Regístrese, notifíquese a la parte demandada por cedula y su oportunidad archívese. RIT O-20-2020 RUC 20- 4-0242890-3 Proveyó don(a) MARIO FELI
Texto Completo (Preview)
Causa RIT Nº : O 20-2020 Causa RUC Nº : 20- 4-0242890-3 Demandante : Pierre-Sino Elias Demandado : , Isaac Illanes Rojas Materia : Despido injustificado nulidad de despido La Serena a veintinueve de julio de dos mil veintiuno. Visto y considerando: Primero: comparece don Pierre-Sino Elias, vendedor, domiciliado en calle Nicaragua N° 2101, comuna de La Serena; quien señala
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