MP C/ OSCAR GERMÁN LEAL FICA
Rol
O-1016-2021
Fecha
29 de junio de 2022
Materia
CONDUC.VEHIC DURANTE VIG ALG.SANCI IMPUEST ART209 LEY 18290.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos y haber sido representado por la Defensoría Penal Pública. II.- Que conforme a lo razonado en el
Fundamentos
considerando quinto LA PENA DE MULTA SE LE SUSTITUIRÁ POR UN DÍA DE RECLUSIÓN, pena que se le dará por cumplida con el día que estuvo privado de libertad por esta causa, esto es, el 31 de Julio de 2021. III.- Que, reuniéndose, en este caso los requisitos del artículo 10 y siguientes de la Ley N° 18.216, se le sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de 81 horas de PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN FAVOR DE LA COMUNIDAD, debiendo presentarse ante el Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de Temuco, dentro del plazo de cinco días contados desde que la presente sentencia se encuentre firme o ejecutoriada bajo apercibimiento legal de detención en su contra, quedando citado desde ya en el evento de que no se presentaren recursos en contra de la presente sentencia para presentarse a más tardar el día Jueves 21 de Julio del año en curso. La pena sustitutiva impuesta no podrá extenderse por más de ocho horas diarias de prestación de servicios y deberá ser compatible con la actividad laboral o estudiantil que el imputado acreditare desarrollar. El delegado de Gendarmería de Chile encargado de gestionar el cumplimiento de la pena sustitutiva informará a este tribunal, dentro del plazo de 30 días contados desde que esta sentencia quede firme o ejecutoriada, el lugar donde aquélla se llevará a cabo, el tipo de servicio que prestará el sentenciado y el calendario de su ejecución. Si la pena sustitutiva impuesta fuese quebrantada o revocada en los casos a que alude el artículo 30 de la Ley N°18.216 el condenado cumplirá íntegra y efectivamente la DNDXXXJXJXD Carla Herince Alarcon Mora Juez de garantía Fecha: 30/06/2022 13:13:41 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Juzgado de Garantía de Carahue pena privativa de libertad impuesta o, en su caso, el tribunal podrá ordenar que su cumplimiento se ejecute en un lugar distinto a aquél en que originalmente se desarrollaba. Si se decretare la revocación de la pena sustitutiva impuesta se abonará al tiempo de reclusión un día por cada ocho horas efectivamente trabajadas, sin otros abonos que considerar. Habiendo renunciado las partes a los plazos y recursos legales, téngase la presente sentencia por firme y ejecutoriada. Cúmplase oportunamente con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y dése copia. R.I.T. 1016-2021 R.U.C. 2110035042-1 Dictada por Carla Herince Alarcón Mora, Juez Subrogante del Juzgado de Garantía de Carahue. DNDXXXJXJXD Carla Herince Alarcon Mora Juez de garantía Fecha: 3
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 297 en relación con los artículos 340, 348, 389 y 395 del Código Procesal Penal, artículos 1, 7, 11 Nº 9, 12 Nº 15, 15 Nº 1, 18, 30, 49, 67, 69 y 70 del Código Penal, lo prevenido en el artículo 209 inciso 1º de la Ley 18.290, artículos 1º, 10º y siguientes de la Ley 18.216, se RESUELVE: I.- Que acoge el requerimiento y se condena a don OSCAR GERMÁN LEAL FICA, Cédula Nacional de Identidad Nº 12.988.145-3, domiciliado en calle Oscar Bonila Nº 41, Sector Entre Lomas de la comuna de Carahue, como autor del delito de Conducción de Vehículo Motorizado con sanción vigente, perpetrado en la comuna de Carahue con fecha 31 de Julio de 2021, a cumplir las penas de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO , accesoria de suspensión para cargos u oficios públicos por el tiempo de la condena, multa a beneficio fiscal ascendente a UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL , sin costas por haber admitido responsabilidad en los hechos y haber sido representado por la Defensoría Penal Pública. II.- Que conforme a lo razonado en el considerando quinto LA PENA DE MULTA SE LE SUSTITUIRÁ POR UN DÍA DE RECLUSIÓN, pena que se le dará por cumplida con el día que estuvo privado de libertad por esta causa, esto es, el 31 de Julio de 2021. III.- Que, reuniéndose, en este caso los requisitos del artículo 10 y siguientes de la Ley N° 18.216, se le sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta po
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Juzgado de Garantía de Carahue Dictada remotamente en Carahue a veintinueve de junio de dos mil veintidós. Conforme al artículo 62 inciso 3º del Acta 71-2016, la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 297 en relación con los artículos 340, 348, 389 y 395 del Códi
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