C/ PABLO GONZALO BASCUÑANT BUSTAMANTE
Rol
O-4102-2021
Fecha
29 de junio de 2022
Materia
CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos contenidos en la acusación y de los antecedentes de la investigación que la fundan, efectuada por el acusado PABLO GONZALO BASCUÑANT BUSTAMANTE, durante la audiencia de procedimiento abreviado, representado judicialmente por la defensor penal público señora MACARENA BRAVO NILO, este Tribunal ha adquirido la convicción, más allá de toda duda razonable, de que realmente se cometió el hecho punible objeto de la acusación del Ministerio Público, y que en este delito ha correspondido al imputado PABLO GONZALO BASCUÑANT BUSTAMANTE una participación culpable y penada por la ley en calidad de autor inmediato y directo, establecido en este proceso: El día veintiséis de diciembre de dos mil veintiuno alrededor de las 07:30 horas aproximadamente, el imputado PABLO GONZALO BASCUÑANT BUSTAMANTE conducía sin haber obtenido licencia de conducir y en estado de ebriedad el VEHICULO PPU JTWX-60 y no atento a las condiciones del tránsito, al llegar a la INTERSECCION DE HUELEN CON MAPOCHO en la comuna de CERRO NAVIA colisionó al automóvil PPU FXDY94 conducido por DAGOBERTO OLGUÍN CERDA ocasionándole daños considerables en su estructura y resultando OLGUIN ROA con lesiones de carácter GEQMXXDLECD CARLOS DANIEL GUTIERREZ MOYA Juez de garantía Fecha: 30/06/2022 15:09:58 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Poder Judicial leves consistentes en ERITEMA TORAX POSTERIOR IZDO. Al momento de la detención, los funcionarios policiales constataron que el imputado PABLO GONZALO BASCUÑANT BUSTAMANTE mantenía un fuerte halito alcohólico, realizand
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en la causa criminal RUC Nº - , RIT Nº - , sobre la base de los antecedentes de la investigación expuestos por el fiscal adjunto del Ministerio Público señor GONZALO ÁLVAREZ BARRIENTOS, y con la aceptación expresa de los hechos contenidos en la acusación y de los antecedentes de la investigación que la fundan, efectuada por el acusado PABLO GONZALO BASCUÑANT BUSTAMANTE, durante la audiencia de procedimiento abreviado, representado judicialmente por la defensor penal público señora MACARENA BRAVO NILO, este Tribunal ha adquirido la convicción, más allá de toda duda razonable, de que realmente se cometió el hecho punible objeto de la acusación del Ministerio Público, y que en este delito ha correspondido al imputado PABLO GONZALO BASCUÑANT BUSTAMANTE una participación culpable y penada por la ley en calidad de autor inmediato y directo, establecido en este proceso: El día veintiséis de diciembre de dos mil veintiuno alrededor de las 07:30 horas aproximadamente, el imputado PABLO GONZALO BASCUÑANT BUSTAMANTE conducía sin haber obtenido licencia de conducir y en estado de ebriedad el VEHICULO PPU JTWX-60 y no atento a las condiciones del tránsito, al llegar a la INTERSECCION DE HUELEN CON MAPOCHO en la comuna de CERRO NAVIA colisionó al automóvil PPU FXDY94 conducido por DAGOBERTO OLGUÍN CERDA ocasionándole daños considerables en su estructura y resultando OLGUIN ROA con lesiones de carácter GEQMXXDLECD CARLOS DANIEL GUTIERREZ MOYA Juez de garantía Fecha: 30/06/2022 15:09:58 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Poder Judicial leves consistentes en ERITEMA TORAX POSTERIOR IZDO. Al momento de la detención, los funcionarios policiales constataron que el imputado PABLO GONZALO BASCUÑANT BUSTAMANTE mantenía un fuerte halito alcohólico, realizando la prueba respiratoria la que arrojó que conducía con 1,68 gr por mil de alcohol en la sangre, siendo trasladado hasta el centro de salud para la toma de muestra de rigor, la que arrojó como resultado gramos por litro SEGUNDO: Que la calificación jurídica de los hechos precedentemente descritos, en la acusación del Ministerio Público, constituyen el delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO DAÑOS Y LESIONES LEVES SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR, previsto y sancionado en los artículos 110, 111, 196 y 209 de la Ley 18.290 de Tránsito. El delito se encuentra en grado de desarrollo CONSUMADO de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 7° del Código Penal. TERCERO: Que al acusado PABLO GONZALO BASCUÑANT BUSTAMANTE ha correspondid
Fallo
SE DECLARA: I.- Que el acusado PABLO GONZALO BASCUÑANT BUSTAMANTE, cédula de identidad N° - , fecha de GEQMXXDLECD CARLOS DANIEL GUTIERREZ MOYA Juez de garantía Fecha: 30/06/2022 15:09:58 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Poder Judicial nacimiento de febrero de , casado, chileno, trabajador, domiciliado en Pasaje TEBAS Nº 1583, comuna de Cerro Navia, es CULPABLE en el cargo criminal contenido en la acusación del Ministerio Público y, en consecuencia, se CONDENA al acusado PABLO GONZALO BASCUÑANT BUSTAMANTE en calidad de AUTOR del simple delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO DAÑOS Y LESIONES LEVES a DAGOBERTO OLGUÍN CERDA SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR, en grado CONSUMADO, perpetrado el día veintiséis de diciembre de dos mil veintiuno de Lo Prado de la ciudad de Santiago, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO Y MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, a la pena accesoria general de SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, y a la
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Poder Judicial Santiago, veintinueve de junio de dos mil veintidós. VISTOS, OÍDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en la causa criminal RUC Nº - , RIT Nº - , sobre la base de los antecedentes de la investigación expuestos por el fiscal adjunto del Ministerio Público señor GONZALO ÁLVAREZ BARRIENTOS, y con la aceptación expresa de los hechos contenidos en la acusación y de los antec
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