MINISTERIO PUBLICO C/ DIEGO ELIAZZAR QUEZADA GARRIDO
Rol
O-1729-2020
Fecha
29 de junio de 2022
Materia
DELITO DESORDENES PUBLICOS ART. 269 (NO FALTA DEL CODIGO 130
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día 19 de julio de 2020, alrededor de las 21:30 horas aproximadamente, en la vía pública, calle Justo Estay esquina Benigno Caldera, San Felipe, los requeridos DIEGO ELIAZZAR QUEZADA GARRIDO; ALEX ALEXIS FIGUEROA PAEZ; DAMIÁN JOHANY CORDERO CARRASCO y JUAN ANDRÉS PALMA HERNÁNDEZ, en compañía de al menos diez individuos no identificados, se encontraban en el lugar interrumpiendo la libre circulación de personas y vehículos instalando barricadas incendiarias con ramas y basura, alterando gravemente el orden y la seguridad pública, siendo detenidos por personal de Carabineros NZZLXXQNGRC Leopoldo Marcelo Soto Gutierrez Juez de garantía Fecha: 29/06/2022 20:13:18 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl encontrándoseles en su poder botellas con pintura y elementos para interrumpir el tránsito y causar daños conocidos como “ miguelitos” Cabe señalar que los requeridos, fueron sorprendidos transitando en la vía pública por personal policial, poniendo en peligro la salud pública al infringir la medida dispuesta por la autoridad sanitaria a través de Resolución Exenta del Ministerio de Salud N°467-2020 de fecha 17/06/2020, publicada en el Diario Oficial de fecha 18/06/2020, consistente en la obligación para los habitantes de las comunas de San Felipe y Los Andes, entre otras, de permanecer en sus domicilios, como medida de aislamiento, desde las 22:00 hrs del día 19/06/2020. La instrucción antes identificada se impartió en la región, como medida de salubridad, bajo el alero del DS nº104, de fecha 18 de marzo de 2020 y p
Fundamentos
considerando de dicho decreto, en la circunstancia de propagación a nivel mundial, conocida públicamente, del virus denominado coronavirus -2 (SARS – CoV -2) el que, a su vez, produce la enfermedad del coronavirus (COVID-19), y que tiene a Chile, desde el día 05 de enero de 2020, en estado de Alerta Sanitaria, establecido mediante el decreto Nº4 del Ministerio de Salud. Todas las instrucciones y actos administrativos aludidos precedentemente han sido puestos en conocimiento de la población sea mediante la publicación de los mismos en el diario oficial o a través de su amplia e intensa difusión a través de medios de comunicación social, tal como lo establecen los propios decretos y resoluciones antes indicadas, y que se encontraban vigentes al momento de ocurrir los hechos.” Lectura de sentencia: RUC RIT Ámbito afectado Detalle del Hito Valor 2000726028-9 1729-2020 RELACIONES.: QUEZADA GARRIDO DIEGO ELIAZZAR / DELITO DESORDENES - - NZZLXXQNGRC Leopoldo Marcelo Soto Gutierrez Juez de garantía Fecha: 29/06/2022 20:13:18 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl PUBLICOS ART. 269 (NO FALTA DE RELACIONES.: FIGUEROA PÁEZ ALEX ALEXIS / DELITO DESORDENES PUBLICOS ART. 269 (NO FALTA DE - - RELACIONES.: PALMA HERNÁNDEZ JUAN ANDRÉS / DELITO DESORDENES PUBLICOS ART. 269 (NO FALTA DE - - CAUSA.: R.U.C=2000726028-9 R.U.I.=1729-2020 - - RESULTADO/ABSUELTO Nombre imputado DIEGO ELIAZAR QUEZADA GARRIDO Cédula de Identidad 17971148-6 Circ. Modificatorias No concurren Nombre imputado ALEX ALEXIS FIGUEROA PAEZ Cédula de Identidad 17646680-4 Circ. Modificatorias 11 N°6 del Código Penal Nombre imputado JUAN ANDRES PALMA HERNANDEZ Cédula de Identidad 20540770-6 Circ. Modificatorias 11 N°6 del Código Penal Procedimiento Simplificado Renuncia plazos No Dese cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, una vez quede firme y ejecutoriada Los intervinientes presentes se entienden notificados personalmente de lo resuelto en este acto. Dirigió la audiencia y resolvió – Leopoldo Marcelo Soto Gutiérrez, Juez Titular del Juzgado de Garantía de San Felipe. NZZLXXQNGRC Leopoldo Marcelo Soto Gutierrez Juez de garantía Fecha: 29/06/2022 20:13:18 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccide
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Individualización de Audiencia de lectura de sentencia.. Fecha San Felipe., veintinueve de junio de dos mil veintidós Magistrado LEOPOLDO MARCELO SOTO GUTIERREZ Fiscal Rodolfo Robles Mora Defensor Julio Alvarez Silva Hora inicio 03:05PM Hora termino 03:10PM Sala Sala 2 Tribunal Juzgado de Garantía de San Felipe. Acta pom RUC 2000726028-9 RIT 1729 - 2020 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA DIEGO
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