EDUARDO EZER IGOR HENRIQUEZ C/ PAULINO ESTEBAN OLIVARES COLLAO
Rol
O-2181-2021
Fecha
28 de junio de 2022
Materia
CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El 13 de junio de 2020, a las 02:10 horas aproximadamente, en Av. Palmira Romano Sur esquina calle Santiago Bueras, Limache, PAULINO ESTEBAN OLIVARES COLLAO fue sorprendido por Carabineros conduciendo en estado de ebriedad, con a lo menos 2,04 gr por mil de alcohol en la sangre, y sin haber obtenido licencia de conducir, la camioneta marca Chevrolet, modelo Luv, patente RA-4773. SENTENCIA En Limache, a veintiocho de junio de dos mil veintidós. Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 14 Nº1, 15 Nº1, 30, 67, 68, 69 y 70 del Código Penal; 406 y siguientes y 468 del Código Procesal Penal; Ley 18.290 (de tránsito), y Ley 18.216, se declara: I. Que, se CONDENA al acusado PAULINO ESTEBAN OLIVARES COLLAO, cédula de identidad N° 11.734.475-4, a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio y multa de dos unidad(es) tributaria(s) mensual(es), y accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor del delito consumado de conducción en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir, previsto y sancionado en los artículos 196 inciso 1° y 209 inciso 2°, ambos de la ley 18.290, perpetrado el día 13 de junio 2020, en la comuna de Limache. II.- Que, conforme al artículo 8 de la Ley 18.216, se sustituye el cumplimiento de la pena corporal por la de reclusión parcial domiciliaria nocturna, por el término de quinientos cuarenta y un días, sin abonos que considerar. Esta pena consistirá en el encierro del condenado en su domicilio, entre las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente. Conforme al artículo 7 inciso 2° de la Ley 18.216, se dispone que el control de la pena por monitoreo telemático. El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Quilpué el día 12 de julio de 2022, bajo apercibimiento de ser citado a debate de revocación de pena sustitutiva. Si esta pena fuese revoca
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 14 Nº1, 15 Nº1, 30, 67, 68, 69 y 70 del Código Penal; 406 y siguientes y 468 del Código Procesal Penal; Ley 18.290 (de tránsito), y Ley 18.216, se declara: I. Que, se CONDENA al acusado PAULINO ESTEBAN OLIVARES COLLAO, cédula de identidad N° 11.734.475-4, a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio y multa de dos unidad(es) tributaria(s) mensual(es), y accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor del delito consumado de conducción en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir, previsto y sancionado en los artículos 196 inciso 1° y 209 inciso 2°, ambos de la ley 18.290, perpetrado el día 13 de junio 2020, en la comuna de Limache. II.- Que, conforme al artículo 8 de la Ley 18.216, se sustituye el cumplimiento de la pena corporal por la de reclusión parcial domiciliaria nocturna, por el término de quinientos cuarenta y un días, sin abonos que considerar. Esta pena consistirá en el encierro del condenado en su domicilio, entre las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente. Conforme al artículo 7 inciso 2° de la Ley 18.216, se dispone que el control de la pena por monitoreo telemático. El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Quilpué el día 12 de julio de 2022, bajo apercibimiento de ser citado a debate de revocación de pe
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PROCEDIMIENTO ABREVIADO HECHOS: El 13 de junio de 2020, a las 02:10 horas aproximadamente, en Av. Palmira Romano Sur esquina calle Santiago Bueras, Limache, PAULINO ESTEBAN OLIVARES COLLAO fue sorprendido por Carabineros conduciendo en estado de ebriedad, con a lo menos 2,04 gr por mil de alcohol en la sangre, y sin haber obtenido licencia de conducir, la camioneta marca Chevrolet, modelo Luv, pa
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