PATRICIO ANTONIO DOMINGUEZ AGUILERA C/ ROBERT FROY VILCHEZ INFANTES
Rol
O-9107-2019
Fecha
28 de junio de 2022
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y teniendo presente en los artículos: 1, 3, 11 N° 9, 12 N° 16, 14 n° 1, 15 n° 1, 18, 21, 30, 49, 67, 69, 70 del Código Penal; artículo 110, 196 de la Ley 18.290, artículo 8° Ley 18.216; artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: l.- Se condena a ROBERT FROY VILCHEZ INFANTES, ya individualizado en esta causa, como autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, cometido el 18 de noviembre del año 2019, a la sanción de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de una multa a beneficio fiscal de una unidad tributaria mensual y a la cancelación de la licencia de conducir , sin costas por haber aceptado el procedimiento abreviado. II.- La pena de multa, previa conversión en tres días de reclusión, se le tiene por cumplida la pena pecuniaria con los días que estuvo privado de libertad por esta causa, el 18 de noviembre del 2019, 12 de octubre del 2021 y el día de hoy. II.- Concurriendo los requisitos del artículo 8° de la Ley 18.216 se sustituye el cumplimiento de la sanción privativa de libertad impuesta por la pena de reclusión parcial nocturna dependencia de Gendarmería de Chile, esto es, el CRA Manuel Rodríguez, por el término de la condena y se contará una noche por cada día de privación de libertad. Si la pena sustitutiva le fuere revocada, quebrantada deberá cumplir la sanción en forma efectiva y le servirá de abono el Código: HMPJXXZVENC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl tiempo que le haya cumplido con la reclusión parcial a razón de 1 días por cada 8 horas efectivamente cumplida. Regístrese. Dese cumplimiento del artículo 468 del Código Procesal Penal. Se tiene presente la renuncia a los plazos por parte de los intervinientes y en consecuencia, por ejecutoriada la presente sentencia. El sentenciado queda citado al Centro de R
Fallo
se declara: l.- Se condena a ROBERT FROY VILCHEZ INFANTES, ya individualizado en esta causa, como autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, cometido el 18 de noviembre del año 2019, a la sanción de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de una multa a beneficio fiscal de una unidad tributaria mensual y a la cancelación de la licencia de conducir , sin costas por haber aceptado el procedimiento abreviado. II.- La pena de multa, previa conversión en tres días de reclusión, se le tiene por cumplida la pena pecuniaria con los días que estuvo privado de libertad por esta causa, el 18 de noviembre del 2019, 12 de octubre del 2021 y el día de hoy. II.- Concurriendo los requisitos del artículo 8° de la Ley 18.216 se sustituye el cumplimiento de la sanción privativa de libertad impuesta por la pena de reclusión parcial nocturna dependencia de Gendarmería de Chile, esto es, el CRA Manuel Rodríguez, por el término de la condena y se contará una noche por cada día de privación de libertad. Si la pena sustitutiva le fuere revocada, quebrantada deberá cumplir la sanción en forma efectiva y le servirá de abono el Código: HMPJXXZVENC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl tiempo que le haya cumplido con la reclusión parcial a razón de 1 días por cada 8 horas efectivamente cumplida.
Texto Completo (Preview)
RUC : 1901239840-1 RIT : 9107 - 2019 MAGISTRADO : CLAUDIO MARCELO LARRE ROJAS NOMBRE IMPUTADO : ROBERT FROY VILCHEZ INFANTES CEDULA DE IDENTIDAD : 0023725902-5 DOMICILIO : Calle Copiapó N° 728, Santiago FISCAL : Juan Cheuquiante A. DEFENSOR : Juan P. Norambuena TRIBUNAL : 11º Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : veintiocho de junio de dos mil veintidós CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS
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