MP C/ ALEXIS EDUARDO GONZÁLEZ RAMOS
Rol
O-3073-2022
Fecha
28 de junio de 2022
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14, 1 , 70, 4 2 y 446 N° del Código Penal, artículos 88 y siguientes del Código Procesal Penal, ley 18.216. Se declara: I.- se condena a ALEXIS EDUARDO GONZÁLEZ RAMOS, cédula nacional de identidad nº001772182 -1, domiciliado en Pasaje Vallenar Población Santiago Tierre Blanca Nº 1 12, comuna de Coquimbo, ya individualizado, como autor de un delito de HURTO en grado de consumado, perpetrado en Talca el día 2 de abril del año 2022, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, a las accesorias de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena y al pago de una MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, que se le da por pagada con el día que estuvo detenido. II.- Que no se le condena en costas. III.- Que se le sustituye la pena privativa de libertad por la de PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD por el término de ochenta y una horas. IV.- Que si incumple lo anterior, deberá cumplir la pena privativa de libertad efectivamente y se le contará desde que se presente o sea habido, sin abonos que considerar. Código: TXFGXXXXTHC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE.- Cúmplase con lo dispuesto por el artículo 468 del Código Procesal Penal. Dictó, HUMBERTO ANDRES PAIVA PASSERO, Juez de garantía de Talca. RENUNCIA A LOS TÉRMINOS LEGALES Tanto la fiscalía como la defensoría renuncian a los términos y recursos legales, quedando ejecutoriada la sentencia con esta fecha. Se apercibe al condenado a presentarse el día lunes 04 de Julio de 2022 para dar inicio a la pena sustitutiva, en el Centro de Reinserción de La Serena. En virtud del artículo 36 de la ley 18.216 este Juzgado de garantía de Talca, se declara incompetente para continuar conociendo de la ejecución de la pena sustitutiva impuesta, remítanse los antecedentes al Juzgado de garantía de Coquimbo.
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14, 1 , 70, 4 2 y 446 N° del Código Penal, artículos 88 y siguientes del Código Procesal Penal, ley 18.216. Se declara: I.- se condena a ALEXIS EDUARDO GONZÁLEZ RAMOS, cédula nacional de identidad nº001772182 -1, domiciliado en Pasaje Vallenar Población Santiago Tierre Blanca Nº 1 12, comuna de Coquimbo, ya individualizado, como autor de un delito de HURTO en grado de consumado, perpetrado en Talca el día 2 de abril del año 2022, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, a las accesorias de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena y al pago de una MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, que se le da por pagada con el día que estuvo detenido. II.- Que no se le condena en costas. III.- Que se le sustituye la pena privativa de libertad por la de PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD por el término de ochenta y una horas. IV.- Que si incumple lo anterior, deberá cumplir la pena privativa de libertad efectivamente y se le contará desde que se presente o sea habido, sin abonos que considerar. Código: TXFGXXXXTHC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE.- Cúmplase con lo dispuesto por el artículo 468 del Código Procesal Penal. Dictó, HUMBERTO ANDRES PAIVA PASSERO, Juez de garantía de Talca. RENUNCIA A LOS TÉRMINOS LEGALES Tan
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Individualización de Audiencia de procedimiento simplificado.. Fecha Talca., veintiocho de junio de dos mil veintidós Magistrado HUMBERTO ANDRES PAIVA PASSERO Fiscal PAZ ELIZABETH DEL CARMEN FILIPPI PEREDO POR RODRIGO MORENO BRAVO Defensor KARINA ROMERO GARCIA POR CLAUDIA ANGÉLICA LANDEROS GARRIDO Hora inicio 10:28AM Hora termino 10:47AM Sala TERCERA SALA Audio n°7 Tribunal Juzgado de Garantía de
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