MP C/ MANUEL ANDRÉS QUEZADA NEIRA
Rol
O-3511-2021
Fecha
24 de junio de 2022
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: San Fernando, veinticuatro de junio de dos mil veintidós. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Que, por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 393 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 6, 14, 15 N° 1, 18, 21 y siguientes, 50, 61 y siguientes, 70 y 288 BIS del Código Penal; y demás normas aplicables en la especie, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a MANUEL ANDRÉS QUEZADA NEIRA, cédula de identidad N° 21164688-8, ya individualizado, a sufrir la pena de MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, COMISO DEL ARMA QUE LE FUE INCAUTADA, todo lo anterior por su responsabilidad en calidad de AUTOR del delito de PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE del artículo 288 BIS del Código Penal, en grado de desarrollo CONSUMADO, ocurrido en la comuna de San Fernando el día 27 de noviembre de 2021, II.- Que, se exime al penado al pago de las costas de la causa, en atención a aceptar responsabilidad en un procedimiento breve y concentrado. III.- Que respecto del cumplimiento de la pena de multa, advirtiendo el imputado se encontró privado de libertad por cerca de 24 horas en la presente causa se tendrá por satisfecha aquella. Dese cumplimiento en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Ministerio Público renuncia a plazos y recursos legales. Defensa NO renuncia a plazos y recurso legales. RIT 3511 - 2021 RUC 2101070564-6 Dirigió la audiencia y resolvió FERNANDO FELIPE FELIÚ CORREA, Juez del Juzgado de Garantía de San Fernando. XBJJXXXKXXB Fernando Felipe Feliu Correa Juez de garantía Fecha: 28/06/2022 15:32:03 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M aga
Fallo
por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 393 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 6, 14, 15 N° 1, 18, 21 y siguientes, 50, 61 y siguientes, 70 y 288 BIS del Código Penal; y demás normas aplicables en la especie, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a MANUEL ANDRÉS QUEZADA NEIRA, cédula de identidad N° 21164688-8, ya individualizado, a sufrir la pena de MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, COMISO DEL ARMA QUE LE FUE INCAUTADA, todo lo anterior por su responsabilidad en calidad de AUTOR del delito de PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE del artículo 288 BIS del Código Penal, en grado de desarrollo CONSUMADO, ocurrido en la comuna de San Fernando el día 27 de noviembre de 2021, II.- Que, se exime al penado al pago de las costas de la causa, en atención a aceptar responsabilidad en un procedimiento breve y concentrado. III.- Que respecto del cumplimiento de la pena de multa, advirtiendo el imputado se encontró privado de libertad por cerca de 24 horas en la presente causa se tendrá por satisfecha aquella. Dese cumplimiento en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Ministerio Público renuncia a plazos y recursos legales. Defensa NO renuncia a plazos y recurso legales. RIT 3511 - 2021 RUC 2101070564-6 Dirigió la audiencia y resolvió FERNANDO FELIPE FELIÚ CORREA, Juez del Juzgado de Garantía de San Fernando. XBJJXXXKXXB Fernando Felipe Feliu Correa Juez de garantía Fecha: 28/06/2022 15
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AUDIENCIA DE JUICIO ORAL SIMPLIFICADO veinticuatro de junio de dos mil veintidós Ruc: 2101070564-6 Rit: 3511 - 2021 Hora Inicio: 10.09 Hora Término: 10.018 Imputado: MANUEL ANDRÉS QUEZADA NEIRA C.I. N° 0021164688-8 Comparece: SI Domicilio: POBLACIÓN SANTA ELENA, RIVERA DEL RIO CASA 10, SAN FERNANDO. Fiscal: EDITH ORELLANA VERA Defensor: PAULA PÁEZ GONZÁLEZ Reg. Aud./Trans.: ISAAC IBARRA Sala: 2 (
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