MINISTERIO PÚBLICO C/ RICARDO FRANCISCO ORLANDO TRONCOSO HERRERA
Rol
O-178-2021
Fecha
28 de junio de 2022
Materia
ATENTADO CONTRA JEFE DE ESTADO O AUTORIDAD PUBLICA., POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Que con fecha veintidós de los corrientes se llevó efecto la audiencia telemática ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Melipilla, integrado por doña Camila Riquelme Cisterna, quien presidió, don Mauricio Cuevas Gatica a cargo de la redacción del fallo y doña Sylvia Alvarado Estay como tercer Juez integrante, la audiencia del juicio oral en causa RUC:2.000.891.775-3; RIT:178-2021, seguida contra de don RICARDO FRANCISCO ORLANDO TRONCOSO HERRERA, cédula nacional de identidad N°20.632.146-6, nacido en Buin el 13 de julio de 2001; 20 años de edad, casado, trabajador dependiente, con domicilio en calle Los Pajaritos sin número, Población Ignacio Carrera Pinto, comuna de Alhué, representado por el defensor penal licitado, el abogado don VÍCTOR RIVAS GUZMÁN. Fue parte acusadora el Ministerio Público, representado por la Fiscal Adjunto de Melipilla, doña CAROLINA MIRANDA GIULIUCCI. Todos los intervinientes fijaron domicilio y forma de notificación, tal como consta en la carpeta digital de la causa.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Acusación Fiscal. Que de acuerdo con el auto de apertura de juicio oral – el que se transcribe de manera literal – el Ministerio Público sostuvo la acusación fiscal en los siguientes términos: “A) Hechos: El día 31 de agosto del año 2020, personal policial de la Tenencia Villa Alhué a propósito de una denuncia previa efectuada en dicha Unidad Policial respectiva, se intenta fiscalizar el vehículo placa patente única PY 9513 esto en la ruta G-692 a la altura del kilómetro 25 camino hacia la Hacienda Alhué en la comuna de Alhué, esto a las 21:10 horas, no lográndolo toda vez que lo hacían en sentido contrario huyendo los ocupantes del vehículo a bordo del mismo, haciendo un seguimiento del móvil en todo momento y encargándolo vía radial logrando ser interceptado por personal que cubría dicho lugar, en la misma ruta a la altura del kilómetro 30, lugar donde el vehículo, el conductor del vehículo identificado como, el acusado HÉCTOR FERNANDO RESTREPO CASTILLO se va en contra con su vehículo del vehículo policial debiendo los funcionarios policiales de hacer uso de su arma de servicio, además arrojando desde el interior del vehículo hacia el vehículo policial elementos conocidos comúnmente como “miguelitos” toda vez que el parabrisas trasero del vehículo donde se transportaban los imputados tenía el parabrisas trasero quebrado, logrando finalmente interceptarlos procediendo a la fiscalización del vehículo encontrando al interior del mismo 5 cartuchos calibre 20 milímetros nivel 6 color amarillo marca TEC, sin contar con la autorización suficiente para ello comprobando también que al interior se encontraba parte de los objetos metálicos, que se había arrojado en la huida a los autos policiales y verificándose además que como copiloto se encontraba Código: JPQFXXXWKXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Juan Felipe Alarcón Toro y en el asiento trasero, se encontraba el acusado RICARDO FRANCISCO ORLANDO TRONCOSO. B) Calificación Jurídica, Grado de Desarrollo del Ilícito y Participación: A juicio del Ministerio Público, los hechos descritos son constitutivos de los delitos de ATENTADO CONTRA LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 261 N°2 en relación con el artículo 262 inciso segundo ambos del Código Penal y el delito de PORTE ILEGAL DE MUNICIONES, previsto y sancionado en el inciso segundo del artículo 9 de la Ley 17.798; correspondiéndole a cada uno de los acusados participación en calidad de AUTOR EJECUTOR, en los términos del artículo 15 número 1°, del Código Penal, encontrándose los ilícitos en grado de desarrollo de CONSUMADO. C) Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: En concepto del Ministerio Público, respecto de los acusados concurre la circunstancia modificatoria de su responsabilidad penal establecida en el artículo 11 N° 6 del Código Penal, esto es, la irreprochable conducta anterior. D) Preceptos legales aplicables: A juici
Fallo
fallo y doña Sylvia Alvarado Estay como tercer Juez integrante, la audiencia del juicio oral en causa RUC:2.000.891.775-3; RIT:178-2021, seguida contra de don RICARDO FRANCISCO ORLANDO TRONCOSO HERRERA, cédula nacional de identidad N°20.632.146-6, nacido en Buin el 13 de julio de 2001; 20 años de edad, casado, trabajador dependiente, con domicilio en calle Los Pajaritos sin número, Población Ignacio Carrera Pinto, comuna de Alhué, representado por el defensor penal licitado, el abogado don VÍCTOR RIVAS GUZMÁN. Fue parte acusadora el Ministerio Público, representado por la Fiscal Adjunto de Melipilla, doña CAROLINA MIRANDA GIULIUCCI. Todos los intervinientes fijaron domicilio y forma de notificación, tal como consta en la carpeta digital de la causa. CONSIDERANDO: PRIMERO: Acusación Fiscal. Que de acuerdo con el auto de apertura de juicio oral – el que se transcribe de manera literal – el Ministerio Público sostuvo la acusación fiscal en los siguientes términos: “A) Hechos: El día 31 de agosto del año 2020, personal policial de la Tenencia Villa Alhué a propósito de una denuncia previa efectuada en dicha Unidad Policial respectiva, se intenta fiscalizar el vehículo placa patente única PY 9513 esto en la ruta G-692 a la altura del kilómetro 25 camino hacia la Hacienda Alhué en la comuna de Alhué, esto a las 21:10 horas, no lográndolo toda vez que lo hacían en sentido contrario huyendo los ocupantes del vehículo a bordo del mismo, haciendo un seguimiento del móvil en todo mom
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1 TRIBUNAL : DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE MELIPILLA. MP C/ : RICARDO FRANCISCO ORLANDO TRONCOSO HERRERA. RUC : 2.000.891.775-3. RIT : 178/2021. DELITO : ATENTADO CONTRA LA AUTORIDAD Y TENENCIA ILEGAL DE MUNICIONES. Melipilla, veintiocho de junio dos mil veintidós. VISTOS Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Que con fecha veintidós de los corrientes se llevó efecto la audiencia telemática ante este T
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