Juzgado de Letras de Victoria

TURISMO PATAGONIA ANDINA LIMITADA/INSPECCION PROVI

Rol

I-1-2021

Fecha

28 de julio de 2021

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos constatados: Primer Hecho supuestamente constatado. Multa N°7467/19/10- 1: “No llevar correctamente el registro de asistencia y de horas trabajadas: Al no consignar la firma y la hora de entrada y salida, respecto de trabajadores y períodos: Hora y firma de entrada en jornada de la tarde día 09.02.2019, Viviana Sandoval Aedo, RUT 11.063.361-0; Hora y firma de salida en jornada de tarde día 28.02.2019, Viviana Sandoval Aedo, RUT 11.063.361-0; Horas de entradas y salidas tanto en jornadas de la mañana como de las tardes mes de enero de 2019, Luis David Contreras Rojas, RUT 18.942.492-2 por tener borrones y enmendaduras: Día 23.02.2019 en salida de jornada de la mañana y salida de jornada de la tarde; Lorena Leiva Villa RUT 15.232.071-k; día 20.09.2018 en entrada jornada de la mañana, Sandra Moncada Ortega RUT 9.522.786-4; días 12.11.2018 y 25.11.2019 en salidas de jornada de la mañana, José Vizcarra García RUT 19.200.588-4; día 18.12.2018 en entrada jornada de la tarde, José Vizcarra García RUT 19.200.588-4, día 06.09.2018 en salida de jornada de la mañana, Celeste Saavedra Angulo RUT 18.320.892-6; días 2,3 y 4 de septiembre de 2018 en salidas de jornada de la tarde, Celeste Saavedra Angulo RUT 18.320.892-6, día 17.09.2018 en salida jornada de la mañana, Celeste Saavedra Angulo RUT 18.320.892-6, día 17.09.2018 en entrada jornada de la tarde, Celeste Saavedra Angulo RUT 18.320.892-6, días 24,25 y 31 de septiembre de 2018 en salidas jornada de la mañana, Celeste Saavedra Angulo RUT 18.320.892-6, día 28.11.2018 en entrada jornada de la tarde, Celeste Saavedra Angulo RUT 18.320.892-6, día 02.02.2019 en salida jornada de la mañana y entrada jornada de la tarde, Celeste Saavedra Angulo RUT 18.320.892-6, día 19.02-2019 en entrada jornada de la mañana, Celeste Saavedra Angulo RUT 18.320.892-6, al consignar anticipadamente en su oportunidad las horas de salida de jornada de la mañana, de entrada y salida jornada de la tarde el día 07.03.2019, Lorena Leiva Villa, RUT 15.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 06 de abril de 2021, se recepciona incompetencia del Juzgado de Letras de Curacautín donde se interpuso reclamación por don Andrés Anticoy Vásquez, abogado, Rut 15.651.968-5, domiciliado en calle Antonio Varas 687 oficina 509 de Temuco, por Turismo Patagonia Andina Ltda, Rut 76.004.330-3, no indica giro, ambos domiciliados para estos efectos en Lincoyán 243 ciudad de Pucón en contra de la Inspección Comunal del Trabajo de Victoria, representada legalmente por doña Yilda Angélica Sandoval Reyes, 13.580.493-2, ignora profesión, ambos domiciliados en Calle Gorostiaga N° 422, comuna y ciudad de Victoria, solicitando se deje sin efecto el procedimiento administrativo por infracción de ley que derivó en la resolución de multa N° 7467.2019.10- 1, 2, 3 y 4, por cuanto presentó solicitud de sustitución de multa administrativa ante la Inspección Comunal de Trabajo de Victoria el día 30 de mayo de 2019 respecto de 4 multas, números 7467.2019.10 de 40 UTM cada una, aplicadas según resolución de multa de fecha 20 de marzo de 2019. Solicitud de sustitución de multa de la cual no se tuvo noticia de su resolución hasta el mes de diciembre de 2019, fecha en que personal administrativo de la empresa Turismo Patagonia Andina Limitada toma conocimiento de la existencia del embargo de un bien raíz debido a una deuda con Tesorería General de la República por no pago de multa administrativa de la Inspección del Trabajo de Victoria. Refiere la demandante que se vio en la necesidad de interponer recurso extraordinario de revisión por falta de emplazamiento, ya que el rechazo de la solicitud de sustitución de multa jamás le fue notificado. La resolución nunca se encontró firme ni el procedimiento administrativo totalmente tramitado por falta de notificación al interesado, sin embargo, la Inspección lo dio por finalizado e informó a Tesorería para la ejecución del cobro de las multas. Agrega que ante la gravedad de los errores de procedimiento cometidos y la evidente afectación a los derechos de la empresa que representa, la Dirección Regional de Trabajo de la Araucanía acogió de plano el recurso de revisión con fecha 15 de mayo de 2020 y ordenó su notificación por carta certificada. Dispuso además, conjuntamente, la notificación de la resolución Ord. 310 que rechazó la sustitución de multa de fecha 19 de agosto de 2019. Así las cosas, indica que toma conocimiento nueve meses después, de una resolución que conforme al artículo 45 inciso 2do. de la Ley 19.880 debió notificarse en cinco días al interesado. Insiste en que la Inspección del Trabajo dio por afinado el procedimiento administrativo y con ello se dictaron medidas de apremio consistente en embargo de un bien raíz de la empresa que afecta hasta el día de hoy la libre disposición del bien. Señala que la Jurisprudencia de nuestros tribunales ha señalado que para ejercer el ius puniendi en materia administrativa se debe dar cumplimiento estricto al principio del debido proceso

Fallo

Por estas consideraciones y visto además, lo dispuesto en el artículo 19 N° 3 de la Constitución Política de la República; Ley N° 18.575, Ley N° 19.880, artículos 1, 3, 7, 8, 420, 446 a 451, 452, 453, 454 a 459, 511, 512 y demás pertinentes del Código del Trabajo; y Decreto con Fuerza de Ley N° 2, de 1967, y demás disposiciones legales aplicables, SE DECLARA: I.- Que se ACOGE el reclamo interpuesto por Turismo Patagonia Andina Ltda, en contra de la Inspección Comunal del Trabajo de Victoria, y en consecuencia se deja sin efecto el procedimiento administrativo que derivó en la resolución de multa N° 7467.2019.10- 1, 2, 3 y 4. II.- Que NO SE CONDENA EN COSTAS a la reclamada. Ejecutoriada la sentencia, certifíquese dicha circunstancia por un funcionario habilitado del Tribunal. Notifíquese, regístrese y archívese en su oportunidad. RIT I-1-2021 RUC 20- 4-0276644-2 Dictó KATERINE PAOLA LAVANDEROS CURAQUEO, Juez Titular del Juzgado de Letras de Victoria. En Victoria a veintiocho de julio de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución precedente.

Texto Completo (Preview)

Partes : “Turismo Patagonia Andina con Inspección Comunal del Trabajo de Victoria”. Materia: Reclamo multa administrativa. RIT : I-1-2021. En Victoria, a veintiocho de julio de dos mil veintiuno. VISTOS, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 06 de abril de 2021, se recepciona incompetencia del Juzgado de Letras de Curacautín donde se interpuso reclamación por don Andrés Anticoy Vásquez,

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