VIDAL/I. MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ
Rol
C-18622-2019
Fecha
13 de febrero de 2020
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Comparece doña CARMEN VALENTINA VIDAL ULLOA , pensionada domiciliada en calle Agua Santa N° 2971 departamento 16 Poblacion Valle de la Esperanza Comuna de Maipu y deduce demanda ordinaria de declaración de prescripción de acciones de cobro de derechos de aseo en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipu representada legalmente por su Alcaldesa doña Catherine Barriga Guerra , ignora profesión,ambos domiciliados en Avda.Cinco de Abril N° 260 Maipú. Funda su acción en que tomó conocimiento de una deuda por concepto de derechos municipales de aseo domiciliario que se encuentra detallada en el documento “Informe de deuda Derechos de Aseo”, y que señala que mantiene una deuda por concepto de cobro de derechos de aseo domiciliario dentro del cual se incluyen valores impagos del período comprendido entre el 30 de Abril de 2001 hasta el 30 de noviembre de 2005 y desde el 30 de septiembre de 2015 hasta el 30 de junio de 2019. Señala las disposiciones legales del Código Civil que se refieren a la prescripción y solicita que se declare que ha transcurrido el tiempo de cinco años que la ley precribe para declarar la prescripción de los derechos de aseo. Agrega que la lo que se debe asciende a la suma de $ 372.279.- Por dichas consideraciones es que solicita se tenga por interpuesta la acción de prescripción en contra de la demandada, y su alcaldesa , ambos individualizados, y en definitiva se declare la prescripción de las acciones destinadas a obtener el pago de la deuda, del periodo comprendido entre el 30 de noviembre de 2001 y el 30 de C-18622-2019 Foja: 1 noviembre de 2005 por la suma de $ 372.279 respecto al inmueble ubicado en calle Agua Santa N° 2971 departamento 16 poblacion Valle de la Esperanza Maipu. Con fecha 3 de diciembre la demandada fue notificada. Con fecha 9 de enero de 2020 se citó a las partes a oir sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero.- Que comparece doña CARMEN VALENTINA VIDAL ULLOA Ma ya individualizada, y solicita se tenga por interpuesta acción de prescripción en contra de la I.Municipalidad de Maipú representada por su Alcaldesa doña Catherine Barriga Guerra ambas individualizadas, y en definitiva se declare la prescripción de las acciones destinadas a obtener el pago de la deuda, por concepto de aseo domiciliario del periodo comprendido entre el 30 de Abril de 2001 y el 30 de Noviembre de 2005 ambas fechas inclusive y que afectan al inmueble ubicado en calle Agua Santa Avda.N°2971 departamento 16Poblacion Valle de la Esperanza comuna de Maipú fundándose para ello en los antecedentes de hecho y derecho que han sido reseñados en lo expositivo de este
Fallo
fallo y que se dan por enteramente reproducidos en este considerando; Segundo.- Que al evacuar el traslado, la parte demandada se allanó a la demanda en todas sus partes. Tercero.- Que la demandante acompañó documento en que se detalla la deuda que mantiene la demandante con la I. Municipalidad de Maipú. Cuarto .- Que la demandante acompañó copia de dominio vigente en que se acredita que la demandante es dueña del inmueble individualizado en la demanda. Quinto.- Que atendido a que no existe controversia entre las partes respecto a la demanda, se procederá a acoger ésta, declarándose prescritas las acciones y derechos de la demandada Ilustre Municipalidad de Maipú para efectuar el cobro de los derechos de aseo domiciliario en el período comprendido entre el 30 de abril de 2001 hasta el 30 de noviembre de 2005 por la suma de $ 372.279. C-18622-2019 Foja: 1 Sexto.- Que los demás antecedentes que obran en autos en nada alteran lo precedentemente resuelto; Visto, además lo que disponen los artículos 1437, 1698, 2514 y 2521 del Código Civil; 144, 160, 170, 341 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: Que se acoge la demanda principal deducida en lo principal y en consecuencia se declaran prescritas las acciones y derechos de la demandada Ilustre Municipalidad de Maipú para efectuar el cobro de los derechos de aseo domiciliario con los interes y reajustes correspondientes en el período comprendido entre el 30 de abril de 2001 y el 30 de noviembre de 2005 por
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C-18622-2019 Foja: 1 FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 21 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-18622-2019 CARATULADO : VIDAL/I. MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ Santiago, trece de Febrero de dos mil veinte Visto: Comparece doña CARMEN VALENTINA VIDAL ULLOA , pensionada domiciliada en calle Agua Santa N° 2971 departamento 16 Poblacion Valle de la Esperanza Comuna de Maipu y deduce
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