NÚÑEZ/PINCHEIRA IMPRESORES Y CIA. LIMITADA
Rol
O-371-2021
Fecha
28 de julio de 2021
Materia
Despido indirecto, Nulidad del despido
Resultado
No especificado
Hechos
Visto además lo dispuesto en los artículos 160, 171, 452, 453, 454, 456, 457, 458 y 459 del Código del Trabajo, se resuelve: I) Que se rechaza la demanda interpuesta por doña CARMEN GLORIA NÚÑEZ NÚÑEZ en contra de la empresa PINCHEIRA IMPRESORES Y CIA. LIMITADA, declarándose que el despido indirecto ejecutado con fecha 20 de mayo de 2020 no resulta ajustado a derecho, no habiéndose incurrido la demandada en la causal establecida en el artículo 160 N° 7 del Código del Trabajo, en razón de lo cual debe entenderse terminada la relación laboral con la fecha antes señalada por la causal del articulo 159 N° 2 del Código del Trabajo, rechazándose asimismo la acción de nulidad del despido. II) Que habiendo tenido motivo plausible para litigar no se condena en costas a la demandante. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió don Francisco Veas Vera, Juez Suplente del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, veintiocho de julio de dos mil veintiuno.-
Fallo
se resuelve: I) Que se rechaza la demanda interpuesta por doña CARMEN GLORIA NÚÑEZ NÚÑEZ en contra de la empresa PINCHEIRA IMPRESORES Y CIA. LIMITADA, declarándose que el despido indirecto ejecutado con fecha 20 de mayo de 2020 no resulta ajustado a derecho, no habiéndose incurrido la demandada en la causal establecida en el artículo 160 N° 7 del Código del Trabajo, en razón de lo cual debe entenderse terminada la relación laboral con la fecha antes señalada por la causal del articulo 159 N° 2 del Código del Trabajo, rechazándose asimismo la acción de nulidad del despido. II) Que habiendo tenido motivo plausible para litigar no se condena en costas a la demandante. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió don Francisco Veas Vera, Juez Suplente del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, veintiocho de julio de dos mil veintiuno.-
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 28 DE JULIO DE 2021 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 16 RUC 21-4-0315971-6 RIT O-371-2021 MAGISTRADO FRANCISCO VEAS VERA ADMINISTRATIVO DE ACTAS MIJAIL MELLA HORA DE INICIO 12:41 HORAS HORA DE TERMINO 13:27 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2140315971-6-1349-210728-00 PARTE DEMANDANTE CARME
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