Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua.

JUAN SEBASTIAN FUENZALIDA PINTO C/ LUIS FELIPE FUENZALIDA ARANDA

Rol

O-737-2021

Fecha

28 de junio de 2022

Materia

LESIONES GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: (1°) Conformación de la sala del Tribunal e individualización de los intervinientes: Ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, constituida por el juez presidente César Torres Mesías y los magistrados Óscar Castro Allendes y Gloria Calvo Godoy, se verificó la audiencia del juicio oral en la causa RIT 737-2021, seguida contra LUIS FELIPE FUENZALIDA ARANDA, de 21 años, nacido el 30 de diciembre de 2000, cédula de identidad número 20.659.580-9, estudiante de técnico en enfermería nivel superior, soltero, domiciliado en San Joaquín de los mayos 500, comuna de Machalí. La acusación del Ministerio Público la sostuvo la fiscal Claudia de la Fuente y la asesoría técnica y letrada del acusado el defensor penal privado, Gabriel Henríquez Arzola; ambos con domicilio y forma de notificación registrados en el Tribunal. (2°) Acusación fiscal: Los hechos materia de la acusación fiscal fueron los siguientes: “El 18 de septiembre de 2019, en el domicilio ubicado en San Joaquín de los Mayos N°500, de la comuna de Machalí, el imputado LUIS FELIPE FUENZALIDA ARANDA previamente concertado con un coimputado no identificado, aprovechando que su tío JUAN SEBASTIAN FUENZALIDA PINTO, había consumido alcohol lo agredieron con golpes de puño en el estómago, lo lanzaron al suelo en donde lo agredieron con patadas en el cuerpo, en la cabeza y rostro, y por último mientras el coimputado no identificado afirmaba a la víctima el imputado LUIS FELIPE lo golpeaba con golpes de puño en la cara. Producto de la agresión la victima resulto con fractura de arco cigomático, lesiones de carácter graves.” La Fiscalía calificó los hechos como constitutivos del delito de LESIONES GRAVES EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, tipificado en el artículo 397, número 2, en relación con el artículo 400, ambos del Código Penal y el cual cupo al acusado la calidad de autor ejecutor. Como concurre la atenuante de responsabilidad penal del artículo 11, número 6, del citado Código, pidió una pena de 4 años de presidio menor en su grado máximo, accesorias especiales del artículo 9 letras b) y d) de la ley 20.066, por dos años, demás accesorias legales y costas de la causa. (3°) Alegatos de la Defensa y declaración del acusado. El abogado Henríquez, en sus alegatos, indicó que no discutió la ocurrencia de los hechos, su calificación jurídica ni la autoría de su cliente en los mismos, por lo que, instaría solo por el reconocimiento de circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. LUIS FELIPE FUENZALIDA ARANDA indicó que en la noche del 18 de septiembre de 2019, celebrando las Fiestas Patria en el patio de la casa de su abuelo, se inició una discusión entre él y su tío Juan, ambos bebidos, porque este insultó a su madre, diciendo que su hermano menor era hijo de él. En virtud de esta situación, golpeó a su tío en la cara, producto de su descontrol e ingesta alcohólica, y su amigo trató de separarlos sin intervenir en la agresión. Posteriormente, confesó

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 11 números 6 y 9, 14 número, 15 n° 1, 397 número 2 y, 400 del Código penal y artículos 1, 4 y 5 de la ley 18.216 y 36, 45, 48, 295, 296, 297, 340, 341, 342 del Código procesal penal, SE DECLARA: Se CONDENA, con costas, a LUIS FELIPE FUENZALIDA ARANDA ya antes individualizado, como autor del delito de lesiones graves ocasionadas a su tío Juan Sebastián Gloria Esperanza Calvo Godoy Juez Integrante Fecha: 28/06/2022 14:11:05 JWXYXXZBXZB Oscar Alfredo Castro Allendes Juez Redactor Fecha: 28/06/2022 17:07:30 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL RANCAGUA 4 4 Fuenzalida Pinto, en un contexto de violencia intrafamiliar, el 18 de septiembre de 2019, en la comuna de Rancagua, a sufrir la pena de SESENTA Y UN (61) días de presidio menor en su grado mínimo, más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. También se impone al condenado la accesoria especial de prohibición de acercarse de cua

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TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL RANCAGUA 1 1 Rancagua, veintiocho de junio de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: (1°) Conformación de la sala del Tribunal e individualización de los intervinientes: Ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, constituida por el juez presidente César Torres Mesías y los magistrados Óscar Castro Allendes y Gloria Calvo Godoy, se ver

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