17º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/CONTRERAS

Rol

C-41578-2018

Fecha

13 de febrero de 2020

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Que en folio 1, con fecha 21 de diciembre de 2018, mediante presentaci n ingresada a trav s de la Oficina Judicialó é Virtual, compareci don Francisco Sep lveda Figueroa, abogado,ó ú domiciliado en calle Agustinas N 1022, oficina 1010, Santiago, en° representaci n convencional del Banco de Cr dito e Inversiones,ó é sociedad an nima bancaria, cuyo representante legal es su gerenteó general don Eugenio Von Chrismar Carvajal, ingeniero civil, los dos ltimos con domicilio en Avenida Libertador B. O Higgins Nú ´ ° 1449, piso 8 , Torre 4, Edificio Stgo. Down Town, comuna de° Santiago, quien interpone demanda ejecutiva en contra de don Mauricio Alejandro Contreras Contreras, cuya profesi n ignora,ó domiciliado en Vargas Buston N 760, comuna de San Miguel;° Carlos Ib ez del Campo N 0124, comuna de Puente alto, y enáñ ° Claudio Arrau N 376, comuna de Santiago, todas de la ciudad de° Santiago, solicitando se despache en su contra mandamiento de ejecuci n y embargo por la suma de $1.351.530.-, m s intereses yó á costas. Expresa que el Banco de Cr dito e Inversiones es due o delé ñ pagar suscrito el d a 12 de enero de 2018 por el demandado, a laé í orden del referido banco, por la suma de $1.462.232.- por concepto de capital, que se oblig a pagar en 36 cuotas mensuales,ó iguales y sucesivas de $64.031.- cada una de ellas, venciendo la primera el d a 5 de abril de 2018 y la ltima el 5 de marzo deí ú 2021. C-41578-2018 Foja: 1 Agrega que en dicho pagar se estableci que dicha obligaci né ó ó devengar a un inter s del 1,4016% mensual, vencido, durante todoí é el plazo pactado. Refiere que tambi n se estableci que en caso de no pagoé ó oportuno de una cualquiera de las cuotas en que se divide la obligaci n, dar a derecho al acreedor a hacer exigible deó í inmediato el monto total del saldo insoluto adeudado a esa fecha, el que desde esa fecha se considerar a de plazo vencido yí devengar a en favor del acreedor, el inter s m ximo convencionalí é á que la ley permite estipu

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en autos el Banco de Cr dito eé Inversiones, debidamente representado, interpone demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de é don Mauricio Alejandro Contreras Contreras, todos ya individualizados, a fin de que pague a la ejecutante la suma de $1.351.530.-, que corresponde a un pagar suscrito a nombre del ejecutado y que no fue solucionadoé por ste en la fecha convenida en el documento, raz n por la queé ó se ha interpuesto la respectiva acci n ejecutiva para obtener eló entero y cumplido pago de las sumas que se adeudan, con intereses y costas, seg n se explic al principio de esta sentencia. ú ó SEGUNDO: Que a folio 20 el demandado, debidamente representado, compareci a la instancia y opuso a la ejecuci n laó ó excepci n contemplada en el N 17 del art culo 464 del C digo deó ° í ó Procedimiento Civil, argumentando que la acci n ejecutiva queó emana del pagar de autos se encuentra prescrita, é ello de acuerdo a los antecedentes expresados en la parte expositiva de este fallo, los cuales se dan enteramente por reproducidos. TERCERO: Que a folio 26 la ejecutante se allanó parcialmente a la excepci n de prescripci n, nicamente respectoó ó ú de las cuotas que van desde la N 7, con vencimiento el d a 5 de° í octubre de 2019, hasta la cuota N 9, con vencimiento el d a 5 de° í diciembre de 2018, ambas inclusive, debiendo continuarse con la ejecuci n desde la cuota N 10 y siguientes.ó ° CUARTO: Que la actora sustenta la presente ejecuci n enó el Pagar (Sin Protesto) Cuota Fija, Tasa Fija $ N de Operaci né ° ó D125720442, de fecha 12 de enero de 2018, suscrito por don Juan Manuel Ni o de Zepeda Luza, en representaci n del Bancoñ ó Cr dito e Inversiones, y ste, a su vez, en representaci n delé é ó deudor don Mauricio Alejandro Contreras Contreras, a la orden del Banco de Cr dito e Inversiones, por la suma de $1.462.232.-,é C-41578-2018 Foja: 1 pagadera en 36 cuotas, cuya firma del suscriptor se encuentra autorizada por notario p blico; y en el Contrato Condicionesú Generales y Operacionales Servicios Bancarios BCI con Mandatos, con Hoja de firma de fecha 16 de marzo de 2016, cuya firma del cliente, don Mauricio Alejandro Contreras Contreras, se encuentra autorizada por notario p blico, documentos que se encuentranú guardados en la custodia del tribunal bajo el N 10777-2018° , y acompa ados al expediente electr nico.ñ ó A su vez, acompa a la carpeta digital, copia con firmañó electr nica avanzada de escrituras p blicas de fecha 19 de octubreó ú de 2017, 17 de febrero de 2015 y 20 de marzo de 2013, todas otorgadas ante don Alberto Mozo Aguilar, Notario P blico Titularú de la Cuadrag sima Notar a de Santiago.é í QUINTO: Que en cuanto a la nica excepci n en estudio,ú ó esto es, la prescripci n de la deuda o s lo de la acci n ejecutiva,ó ó ó cabe mencionar que el art culo 2514 del C digo Civil dispone queí ó La prescripci n que extingue las acciones y derechos ajenos exige“ ó solamente cierto lapso de tiempo durante el cual no s

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culosí 144, 170, 434, 464 y 471 del C digo de Procedimiento Civil;ó art culos 1698 y 2514 del C digo Civil; Ley N 18.092, y dem sí ó ° á normas aplicables, se declara: I. Que se ACOGE PARCIALMENTE la excepci nó establecida en el N 17 del art culo 464 del C digo de° í ó Procedimiento Civil, opuesta por el ejecutado a folio 20, s lo en cuanto se declara prescrita la acci nó ó C-41578-2018 Foja: 1 ejecutiva para perseguir el cobro de las cuotas vencidas entre el 5 de octubre de 2018 y el 5 de diciembre de 2018, ambas inclusive, las que deber n descontarse deá la suma requerida seg n liquidaci n que practicar laú ó á se ora Secretaria del Tribunal, RECHAZ NDOSE enñ Á cuanto a las cuotas siguientes y devengadas desde el 5 de enero de 2019 y las posteriores, orden ndose seguirá adelante la ejecuci n respecto de estas ltimas hastaó ú hacerse al ejecutante entero y cumplido pago de su acreencia en capital e intereses; y II. Que cada parte pagar sus costas.á Reg strese, notif quese y en su oportunidad arch vese.í í í DICTADA POR DO A MARIA ISABEL REYESÑ KOKISCH, JUEZ SUPLENTE. AUTORIZA DO AÑ MARIELLA RISOPATRON CERNA, SECRETARIA SUBROGANTE. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, trece de Febrero de dos mil veinte C-41578-2018 Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación

Texto Completo (Preview)

C-41578-2018 Foja: 1 FOJA: 23 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-41578-2018 CARATULADO : BANCO DE CR DITO EÉ INVERSIONES/CONTRERAS Santiago, trece de Febrero de dos mil veinte Vistos: Que en folio 1, con fecha 21 de diciembre de 2018, mediante presentaci n ingresada a trav s de la Oficina Judicialó é Virtual, compareci don Francisco Sep lved

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica