1º Juzgado Civil de Viña del Mar

REBOLLEDO/VARGAS

Rol

C-2366-2019

Fecha

13 de febrero de 2020

Materia

ARRENDADOR,RESTITUCIÓN POR EXTINCIÓN DERECHO

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Que con fecha 13 de mayo del 2019 folio 1, comparece Gast n Ernestoó Arredondo P rezé , abogado, domiciliado en calle Los Olmos N°33, departamento 7, Miraflores Bajo, Vi a del Mar, en representaci n de ñ ó Sergio Navarro Lefinao y Ana Olivia Rebolledo Fuentes, ambos jubilados y domiciliados en calle Tongoy N°65, Primer Piso, Vi a del Mar, e interpone demanda terminaci n deñ ó arrendamiento por extinci n del derecho del arrendador en contra de ó Lucila Constanza Vargas Zamudio, ignora ocupaci n, domiciliada en calle Tongoy 65,ó Agua Santa, Vi a del Mar, solicitando que se declare terminado el contrato deñ arrendamiento por la extinci n del derecho del arrendador Richard Mauricioó Rebolledo Fuentes, en virtud de lo cual la demandada debe restituir o hacer entrega a el inmueble arrendado al t rmino pactado del mismo, es decir, el 31 deé marzo de 2020, o en el plazo, mayor o menor, que se fije, y condenar a la demandada a pagar a los actores las rentas de febrero y marzo de 2019, por un total de $520.000, y las de abril y mayo siguientes por un total de $533.500, y seguir pag ndoles, en su calidad de usufructuarios, las que se devenguen hasta laá entrega material del segundo piso del inmueble referido, o por las rentas, los montos y per odos que se resuelva conforme al art culo 792 del C digo civil, siní í ó perjuicio del cumplimiento de las dem s estipulaciones del contrato y que, en casoá de oposici n injustificada, condenar al pago de las costas.ó Que con fecha 13 de diciembre del 2019, folio 10, se notifica de conformidad con lo establecido en el art culo 44 del C digo de Procedimiento Civilí ó la demanda a la demandada. Que con fecha 19 de diciembre del 2019, folio 13 la parte demandada contesta la demanda solicitando su total rechazo, con costas. Que con fecha 19 de diciembre del 2019, folio 15 se realiza la audiencia de estilo en que se tuvo por contestada la demanda. Con fecha 29 de enero del 2020, folio 30, se contin a con la audiencia en la que se efe

Fundamentos

Considerando: Primero: De la demanda de terminaci n de arrendamiento poró extinci n del derecho del arrendador. ó Que con fecha 13 de mayo del 2019 folio 1, comparece Gast n Ernesto Arredondo P rez, abogado, domiciliado enó é calle Los Olmos N°33, departamento 7, Miraflores Bajo, Vi a del Mar, enñ representaci n de Sergio Navarro Lefinao y Ana Olivia Rebolledo Fuentes, ambosó jubilados y domiciliados en calle Tongoy N°65, Primer Piso, Vi a del Mar, eñ interpone demanda terminaci n de arrendamiento por extinci n del derecho deló ó arrendador en contra de Lucila Constanza Vargas Zamudio, ignora ocupaci n,ó domiciliada en calle Tongoy 65, Agua Santa, Vi a del Mar, por los siguientesñ argumentos: Se ala que sus representados son due os del derecho de usufructo de la casañ ñ de dos pisos situada en Vi a del Mar, calle Tongoy N° 65, Agua Santa,ñ individualizada en su t tulo inscrito como “propiedad ubicada en Vi a del Mar,í ñ calle Tongoy 65, Agua Santa, Vi a del Mar, que deslinda: Al Norte, en doceñ metros con calle Tongoy; al Sur, en doce metros con lote trece; al Este, en trece metros noventa y seis cent metros con Pasaje Weisser; y al Oeste, en catorceí metros veinticinco cent metros con Pasaje Particular. Adquirieron el usufructoí vitalicio del inmueble por haberlo constituido y cedido en su favor don Richard Mauricio Rebolledo Fuentes en la suma de $18.000.000.- pagados con anterioridad, por partes iguales. As consta de la escritura p blica de Constituci n de Usufructoí ú ó Vitalicio, Repertorio N° 4655, otorgada en la Notar a de Vi a del Mar de doní ñ Francisco Javier Fuenzalida Rodr guez con fecha 22 de Octubre del a o 2018. Elí ñ t tulo de dominio se encuentra inscrito a fojas 4275 v. n mero 4900 en el Registroí ú de Propiedad de este Conservador del a o 2017...”ñ Indica que el usufructo se encuentra inscrito a nombre de sus representados con fecha 11 de enero 2019, a fojas 205 vuelta n mero 195 del Registro de Hipotecas del a o 2019 delú ñ Conservador de Bienes Ra ces de Vi a del Mar.í ñ Explica que a la fecha de la constituci n del usufructo en favor de losó demandantes, el segundo piso de la casa de calle Tongoy N°65, Agua Santa, Vi añ del Mar, se encontraba dado en arrendamiento desde el 1° de abril de 2018 a la demandada seg n contrato de arrendamiento celebrado el 1 de abril de 2018 entreú sta, como arrendataria, y Richard Mauricio Rebolledo Fuentes, como arrendador.é Que en dicho contrato se fij , a la fecha de su celebraci n, una renta mensual deó ó $260.000, reajustable anualmente conforme al ndice de Precios al ConsumidorÍ oficial, y la obligaci n de pagar sus consumos de electricidad, gas y extracci n deó ó basura, como asimismo, proporcionalmente a los ocupantes de ambos piso ─ya que sus representados viven en el primero─ lo de agua potable y alcantarillado; que se fij como duraci n del contrato un a o, renovable por per odos iguales y que seó ó ñ í declar que el inmueble se encontraba en “perfecto estado de conservaci n” yó ó que

Fallo

se declara cumplida la obligaci n de hacerles entrega material de ste para eló é ejercicio de sus derechos al uso y goce del mismo.” Sostiene que en consecuencia, y haciendo presente que no tienen nimo lucrativo los usufructuarios, como se alaná ñ expresamente en su demanda, en la letra B, segundo p rrafo del N°4, resultaá evidente, al tenor de dicha escritura, que los propios demandantes ya est ná haciendo uso de su derecho de usufructo, no habiendo sido el nimo de las partesá contrayentes extender este derecho al inmueble del segundo piso, por cuanto si así hubiese sido, lo habr an se alado expresamente, que nada se dijo en dicho juicio yí ñ menos en dicha escritura p blica, por cuanto el usufructo se constituy en elú ó primer piso en donde viven. Sostiene que fue como una muestra de caridad hacia don Sergio Navarro Lefinao, c nyuge de do a Ana Olivia Rebolledo Fuentes, quienó ñ no ten a d nde vivir, para que no quedara en situaci n de calle, aprovechando queí ó ó su c nyuge proviene de una familia propietaria de algunos inmuebles en Valpara soó í y Vi a del Mar, y que esta demanda se debe m s que nada a que Sergioñ á Alejandro Navarro Lefinao desea recibir los dineros del arrendamiento, toda vez que vive a expensas de la pensi n que percibe su c nyuge y se desconoce si tieneó ó alg n trabajo remunerado. Se ala que incluso en la demanda se pide la absoluci nú ñ ó de posiciones de “la sociedad demandada, por medio de su representante, y los propios demandados”, en circunstan

Texto Completo (Preview)

FOJA: 34 .- Treinta y cuatro .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-2366-2019 CARATULADO : REBOLLEDO/VARGAS Vi a del Marñ , trece de Febrero de dos mil veinte Visto: Que con fecha 13 de mayo del 2019 folio 1, comparece Gast n Ernestoó Arredondo P rezé , abogado, domiciliado en calle Los Olmos N°33, departamento 7, Miraflores Bajo, Vi a del Mar,

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica