YIMMY DAVID ZAPATA APABLAZA C/ OSCAR HUMBERTO ZÁRATE CASTILLO
Rol
O-1588-2021
Fecha
24 de junio de 2022
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “El día 19 de diciembre de 2020, aproximadamente a las 01:35 horas, mientras personal policial realizaba fiscalizaciones en calle 16 de Julio esquina Andrés Farías en el poblado de La Tirana comuna de Pozo Almonte proceden a fiscalizar al requerido OSCAR HUMBERTO ZARATE CASTILLO, quien conducía el vehículo tipo automóvil, marca Mazda, modelo Verisa, HKTH.23 y al ser controlado por personal de carabineros éstos se percatan que el requerido se encontraba en manifiesto estado de ebriedad, debido a su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar. Efectuada la alcoholemia de rigor, ésta arrojó que el requerido conducía con una cantidad de 1.58 % gramos por mil de alcohol en la sangre de su organismo.” Pozo Almonte, veinticuatro de junio del dos mil veintidós. Visto y
Fundamentos
considerando
Fallo
Se declara: Que se condena a don OSCAR HUMBERTO ZARATE CASTILLO, cédula de identidad N° 16.224.358-6, domiciliado en Pasaje 9 N° 3923, El Boro, comuna de Alto Hospicio, como autor del delito consumado de CONDUCCION DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, previsto y sancionado en los artículos 110, 196 y 209 de la ley 18.290, ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 19 de diciembre del año 2020, a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 300 días Presidio menor en su grado mínimo Sin abonos Pena Sustitutiva Extensión Lugar de cumplimiento Reclusión parcial nocturna 300 días CRS Alto Hospicio Observación: Que reuniéndose en la especie los requisitos del artículo 7 y 8 PPFLXXDMMLB Horacio Manuel Andrade Aguilante Juez de garantía Fecha: 26/06/2022 11:29:08 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl . de la Ley 18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento la pena privativa de libertad impuesta, por la de RECLUSIÓN PARCIAL NOCTURNO en un centro de Gendarmería de Chile en su modalidad de dia
Texto Completo (Preview)
. SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO “Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal. La Presente acta solo constituye un registro administrativo que contiene una relación resumida de lo obr
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