18º Juzgado Civil de Santiago

LÓPEZ/

Rol

V-322-2018

Fecha

12 de febrero de 2020

Materia

DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA

Resultado

No especificado

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Hechos

Foja: 1 FOJA: 16 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 18 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-322-2018 CARATULADO : L PEZ/Ó Santiago, doce de Febrero de dos mil veinte. VISTOS, Comparece con fecha 7 de septiembre de 2018, don Andrés Sebastián López Coron, comerciante, casado bajo régimen de separación total de bienes, RUN N°8.036.270-6, domiciliado en calle Escanilla N°1443. Comuna de Independencia, Stgo., quien solicita autorización para donar en forma irrevocable y por mera liberalidad a sus dos únicos hijos, Valentín Stefano López Fernández, médico RUN N°17.671.932-K, domiciliado en Independencia N°1050, departamento 512, comuna de Independencia y, a Nicolás Andrés López Fernández, estudiante de medicina, RUN N°18.927.711-3, domiciliado en Escanilla 1443, comuna de Independencia, los siguientes inmuebles: 1.- A Valentín Stefano López Fernández: el inmueble ubicado en calle Escanilla N°1443, comuna de Independencia, Stgo., reseña los deslindes, cuyo avalúo fiscal primer semestre de 2018, corresponde a la suma de $71.730.540; 2.- Nicolás Andrés López Fernández, el inmueble ubicado en Pasaje Fijoa N°9661, Jardín del Este, comuna de La Florida, Stgo., reseña los deslindes, cuyo avalúo fiscal primer semestre de 2018, corresponde a la suma de $48.052.116.-. Advierte, además, que el total líquido de su patrimonio supera ampliamente, la suma de $200.000.000.-, encontrándose constituido, entre otros por los bienes e ingresos que indica, excluyendo los bienes inmuebles que son objeto de la presente donación. Expone que la Declaración de Renta ano tributario 2018, de don Andrés López Correa, consta que tiene como ingresos mensuales en promedio una suma de $5.000.000.-. Conforme lo señalado, el total líquido de su patrimonio no se verá afectado por las donaciones cuya autorización pide ni tampoco se verán afectados los derechos de los asignatarios forzosos. En efecto, se encuentra casado en únicas nupcias bajo el régimen de separación total de bienes con doña Nor

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, a fin de acreditar los fundamentos de su petición, el solicitante, entre otros documentos, acompañó: certificados de nacimiento de sus dos hijos, los donatarios: certificado de matrimonio suyo con doña Norma Fernández Muñoz; varios certificados y copias de inscripción de bienes raíces y de avalúos fiscales; declaración renta año 2018 y certificados de pagos de los impuestos a las donaciones. Segundo: Que, obra en autos información sumaria de dos testigos, data de 22 de octubre de 2018, compareciendo don Luis Manuel Sagredo Norambuena y don René Almonacid López, quienes legalmente juramentados, declararon contestes conocer a don Andrés López Coron, de hace más de 15 años, por trabajar con él y tienen conocimiento que pretende donar a sus únicos hijos, dos propiedades que señalan; que no tiene otros hijos. Tercero: Que, teniendo presente además los instrumentos descritos, en el motivo primero, como también y especialmente el Pago del Impuesto a las Donaciones contenido en la Ley N°16.271, que el donante Andrés Sebastián López Coron, ha pagado el total del impuesto determinado por la donación pretendida y que se encuentra enterado en arcas fiscales, por lo que se aprueba su pago por esta resolución; Cuarto: Que, asimismo, el valor del bien a donar excede la suma que no precisa insinuación y no se trata de los casos de exención previstos en el artículo 18 de la Ley N°16.271, modificada por el D.L. N°3.545, por lo que es necesaria la autorización que solicita. Y lo dispuesto, además, en los artículos 43, 580, 582, 583 688, 1386, 1387, 1389, 1401 y 1411 del Código Civil; 366 y 369 del Código Orgánico de Tribunales; 817 y siguientes, 889 y 890 del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

En mérito de lo expuesto y normas citadas, solicita, autorización para hacer la donación antes señalada a sus hijos ya individualizados. Con fecha 22 de octubre de 2018, se rindió información sumaria de testigos. Al folio 14, rola Información del S.I.I. Foja: 1 Con fecha 22 de enero, se trajeron los autos para fallo. CONSIDERANDO: Primero: Que, a fin de acreditar los fundamentos de su petición, el solicitante, entre otros documentos, acompañó: certificados de nacimiento de sus dos hijos, los donatarios: certificado de matrimonio suyo con doña Norma Fernández Muñoz; varios certificados y copias de inscripción de bienes raíces y de avalúos fiscales; declaración renta año 2018 y certificados de pagos de los impuestos a las donaciones. Segundo: Que, obra en autos información sumaria de dos testigos, data de 22 de octubre de 2018, compareciendo don Luis Manuel Sagredo Norambuena y don René Almonacid López, quienes legalmente juramentados, declararon contestes conocer a don Andrés López Coron, de hace más de 15 años, por trabajar con él y tienen conocimiento que pretende donar a sus únicos hijos, dos propiedades que señalan; que no tiene otros hijos. Tercero: Que, teniendo presente además los instrumentos descritos, en el motivo primero, como también y especialmente el Pago del Impuesto a las Donaciones contenido en la Ley N°16.271, que el donante Andrés Sebastián López Coron, ha pagado el total del impuesto determinado por la donación pretendida y que se encuentra enterado en

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Foja: 1 FOJA: 16 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 18 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-322-2018 CARATULADO : L PEZ/Ó Santiago, doce de Febrero de dos mil veinte. VISTOS, Comparece con fecha 7 de septiembre de 2018, don Andrés Sebastián López Coron, comerciante, casado bajo régimen de separación total de bienes, RUN N°8.036.270-6, domiciliado en calle Escanilla N°1443. Comuna de In

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