ALBERTO IGNACIO DÍAZ LIZAMA C/ DANIELA CARMEN MATTHEWS MÉNDEZ
Rol
O-479-2020
Fecha
23 de junio de 2022
Materia
AMENAZASA CARABINEROS (ART. 417 CÓD. J.MILITAR)., CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, constituida por el juez presidente don César Torres Mesías, y los magistrados don Raúl Baldomino Díaz y doña Paulina Chaparro Bossy, se llevó a efecto el día 15 de junio en curso, la audiencia del juicio oral en la causa RIT N°479- 2020, seguida contra DANIELA CARMEN MATTHEWS MENDEZ, 31 años, cédula de identidad N° 18.615.506-8, nacida en Machali el 14 de mayo de 1991, casada, cesante, con domicilio en calle Aurora N° 1041, comuna de Rancagua. Sostuvo la acusación del Ministerio Público, el fiscal don Jorge Escobar Fuenzalida y la defensa estuvo a cargo del defensor penal público don Pascual Placencia, ambos con domicilio y forma de notificación registrados en el Tribunal. Se deja constancia que el juicio de formato semipresencial, se celebró mediante videoconferencia a través de la plataforma virtual Zoom, encontrándose conectados durante toda la audiencia los magistrados, los intervinientes y la acusada. SEGUNDO: Los hechos de la acusación fiscal fueron los siguientes: “El día 7 de mayo de 2019, siendo aproximadamente las 04:40 horas, DANIELA CARMEN MATTHEWS MÉNDEZ, condujo en estado de ebriedad y sin haber obtenido licencia de conducir, el vehículo marca Citroën, color azul, PPU FHLL-61, por calle Patricio Allende de la Comuna de Rancagua, siendo fiscalizada por Carabineros quienes se percataron de la ebriedad del conductor, efectuando examen respiratorio, el que dio como resultado 1.07 grados de alcohol en la sangre y la alcoholemia de rigor dio como resultado 1.10 gramos de alcohol en la sangre. Al momento de la detención, MATTHEWS MENDEZ amenazó a los Carabineros Alberto Díaz Lizama y Fabián Santelices, señalándole: “Pacos conchadesumadre me cagaron, mañana viajaba, esto no se va a quedar así, donde los encuentre les voy a pegar perros culiaos y los voy a matar, los voy a dar de baja y le diré a todos sus jefes que me pegaron”. La Fiscalía ha calificado estos hechos como constitutivos de los delitos de conducción en estado de ebriedad agravado, prescrito y sancionado en el artículo 196 y 209 de la Ley del tránsito N° 18.290 y de amenazas a carabineros, prescrito y sancionado en el artículo 417 del Código de Justicia Militar, los que se encuentran en grado de consumados y participa en calidad de autora ejecutora.- En concepto del Ministerio Público no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal en esta causa.- En atención a lo indicado, pide se condene a la acusada a la pena de 3 años de presidio menor en su grado medio, multa de 5 Unidades Tributarias Mensuales y la suspensión de la licencia de conducir por el plazo de 5 años, además de las costas de Raul Andres Baldomino Diaz Juez Integrante Fecha: 23/06/2022 13:23:40 Cesar Alexanders Torres Mesias Juez Presidente Fecha: 23/06/2022 15:07:43 KNVXXXLXXXX Paulina Alejandra Chaparro Bossy Juez Redactor Fecha: 24/06/2022 08:48:51 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGIN
Fallo
fallo ajustado a derecho. Comparte lo señalado por el fiscal, los dichos de su representada no fueron veraces ni serios, ya que se profirieron en estado de ebriedad, estando esposada en el carro y después en el calabozo, sin olvidar que desde el año 2019 no se han verificado las amenazas supuestamente proferidas, por lo que pidió la absolución por este delito. En la audiencia de determinación de pena, solicitó el reconocimiento de la minorante del artículo 11 N° 9 del Código Penal, coincidiendo con la fiscalía en una sanción en el mínimo legal. Invocó dos sentencias de la Iltma. Corte de Apelaciones de esta ciudad, en donde se ha declarado prescrita la pena accesoria de suspensión Raul Andres Baldomino Diaz Juez Integrante Fecha: 23/06/2022 13:23:40 Cesar Alexanders Torres Mesias Juez Presidente Fecha: 23/06/2022 15:07:43 KNVXXXLXXXX Paulina Alejandra Chaparro Bossy Juez Redactor Fecha: 24/06/2022 08:48:51 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 3 de la licencia de conducir, por lo que en este caso solo puede ser de dos años. Conf
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1 Rancagua, veintitrés de junio del dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, constituida por el juez presidente don César Torres Mesías, y los magistrados don Raúl Baldomino Díaz y doña Paulina Chaparro Bossy, se llevó a efecto el día 15 de junio en curso, la audiencia del juicio oral en la causa RIT N°479- 2020, seguid
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