MP C/ FRANCO RODRIGO GÓMEZ AGUILAR
Rol
O-146-2021
Fecha
23 de junio de 2022
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 09 de enero de 2020, alrededor de las 12:45 hrs, en circunstancias que personal de Carabineros efectuaba un patrullaje preventivo por calle Magno Espinoza, esquina Avda. Vicuña Mackenna, comuna de Melipilla, logrando la detención del imputado Franco Gómez Aguilar, quien mantenía orden vigente del Juzgado de Garantía de Melipilla. Asimismo, al proceder a su registro, se percataron que éste portaba el teléfono celular marca IPhone modelo 7 plus, color negro, de la Empresa Entel, IMEI N°356571086267317, perteneciente a la Empresa Telefónica Entel, sucursal ubicada en calle Plaza de Armas N°483, comuna de Melipilla, y que habría sido producto de un delito de robo en lugar no habitado, ocurrido el día 04 de septiembre de 2019, en dicho lugar, sabiendo el imputado o no pudiendo menos que saber que era producto de un ilícito.” En concepto del Ministerio Público, los hechos antes descritos configuran el delito de Receptación de especies, previsto y sancionado en el Art.456 bis A, del Código Penal, en grado de consumado y le corresponde al acusado participación en calidad de autor. A juicio del Ministerio Público al acusado le perjudica la circunstancia agravante del Art. 12 N°16, del Código Penal, esto es, la reincidencia propia específica, y no le favorecen circunstancias atenuantes de responsabilidad penal. Solicita que al acusado FRANCO RODRIGO GÓMEZ AGUILAR, se le condene a sufrir la pena de CINCO AÑOS de presidio menor en su grado máximo, más accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, más multa de 20 UTM y a las costas de la causa. TERCERO: Que en su alegato de apertura el Ministerio Público, señaló que con la prueba que se rendirá en la audiencia se acreditará que el imputado cometió un delito de receptación de especies, un teléfono celular, que habría sido sustraído de un millonario robo ocurrido el 04 de septiembre de 20
Fallo
por tanto, puede o no pertenecer al aparato, siendo necesario corroborar dicha información con el sistema operativo del teléfono, la que se obtiene en la pantalla como indicó la testigo Aravena, cuestión que no se hizo. Por otro lado, la defensa en esta oportunidad tuvo una postura activa, presentando a estrados al testigo Esteban Andrés Cornejo Quintanilla, afirmó haber sido quien le vendió el teléfono celular al acusado, el que había adquirido por la plataforma Yapo.cl, contactó a una persona que ofrecía un iPhone 7 plus a $400.000, en el mercado estaba a $450.000, lo encontró accesible, llegaron a un acuerdo y lo compró en $380.000.- esto ocurrió en septiembre antes del estallido social, era un teléfono usado, se lo entregó en caja con audífonos y cargador, la caja decía Entel, le pareció que era la original, lo uso dos meses y lo vendió porque no se acostumbró al sistema operativo, él siempre había usado Android, por eso se lo ofreció a Franco, estaban en el futbol y él le comentó que andaba buscando un teléfono, le dijo que tenía un iPhone que se lo vendía porque no se había acostumbrado al sistema operativo; se lo vendió en el mismo precio al que lo compró, se lo pagó en cuotas. Explicó que le cambio la pantalla al teléfono porque la quebró por eso la mandó a reparar a la galería AMAL. Añadió que la persona que le vendió a él -testigo- el teléfono se llamaba José Rodríguez, en la página aparecía que era de Santiago, se juntaron en Melipilla, en el Mall, en el segundo
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1 R.I.T. : N° 146-2021 R.U.C. : N 2000038233-8 Delito : Receptación de especies; Acusado : Franco Rodrigo Gómez Aguilar. Melipilla, veintitrés de junio de dos mil veintidós. VISTOS, OÍDOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el trece de junio de dos mil veintidós ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Melipilla, presidida por doña Sylvia Alvarado Estay e integrada por don Maurici
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