2º Juzgado de Letras de Linares

DÍAZ/

Rol

V-64-2019

Fecha

11 de febrero de 2020

Materia

CURADOR, NOMBRAMIENTO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: 1 .-° Que al folio 1, comparece do a Claudia Andrea Diaz Vald s, empleada,ñ é domiciliada en Poblaci n San Manuel, Cerrillos, comuna de Longav , quien se ala: ó í ñ Que de conformidad con lo dispuesto en la Ley N 19.954, que agreg el° ó inciso segundo nuevo al art culo 4 de la Ley 18.600, relativa al procedimiento deí ° Interdicci n de los discapacitados mentales, por este acto viene en solicitar, se sirvaó decretar la interdicci n definitiva, por causa de demencia de su hermana do a AIDAó ñ DE LAS MERCEDES DIAZ VALDES de 49 a os de edad en la actualidad, sinñ profesi n u oficio, soltera y de su mismo domicilio, y asimismo se le nombre suó curadora general, relev ndole de la obligaci n de rendir fianza u otra cauci n y de laá ó ó facci n de inventario solemne , sirvi ndole de suficiente t tulo la resoluci n que leó é í ó designa. Lo anterior, en atenci n a los antecedentes de hecho y de derecho que pasa aó exponer: Que tal y como consta de certificado de nacimiento que acompa a, esñ hermana de AIDA DE LAS MERCEDES DIAZ VALDES, precedentemente individualizada. Que su hermana presenta retardo mental leve y est inscrita en Registro deá Discapacitados que lleva el Registro Civil, presentando un grado de discapacidad ps quica o mental del 80%.í Lo anterior, conlleva que su hermana no est en condiciones de valerse por siá misma, dependiendo para todos los mbitos de su vida de la solicitante y menos ená condiciones de administrar libremente sus bienes. Hace presente que su hermana viv a con sus padres en la Regi ní ó Metropolitana, sin embargo ambos fallecieron, en el caso de su madre, con fecha 22 de enero de 2018. Desde entonces y siendo la nica pariente de A da, la trajo a vivir conú í ella a esta ciudad y pas a hacerse cargo de su cuidado personal.ó Se ala que percibe una pensi n de invalidez que asciende a la suma deñ ó $107.000 mensuales y que no est en condiciones de ser trasladada a las oficinasá pagadoras asumiendo la solicitante la funci n.ó Que como con

Fundamentos

fundamentos de su acci n la solicitanteó acompa a los autos los siguientes documentos: a) copia de credencial de discapacidadñó de causante; b) fotocopia de c dula de identidad de la causante; c) Liquidaci n deé ó pensi n a nombre de causante A da de las Mercedes Diaz Vald s; d) certificado deó í é defunci n de do a Teresa de las Mercedes Vald s C ceres; e) certificado de defunci nó ñ é á ó de don Manuel Eduardo Diaz Conejeros; f) certificado de nacimiento de la causante; g) certificado de nacimiento de la solicitante do a Claudia Andrea Diaz Vald s.ñ é 2 .-° Que al folio 15 con fecha 15 de octubre de 2019, se llev a efecto laó audiencia de la persona con discapacidad y presunta interdicta, comparece acompa adañ de la solicitante de autos, constat ndose por el tribunal lo siguiente:á Que la discapacitada al ser consultada responde preguntas sencillas y difiere al responder algunas cosas, se ala que nunca ha estado sola en casa y que su hermana lañ trata bien, que no

Fallo

FALLO SENTENCIA DEFINITIVA FECHA INGRESO 13 DE MARZO DE 2019 ROL V- 64-2019 PROCEDIMIENT NO CONTENCIOSO MATERIA INTERDICCION CARATULADO DIAZ VALDES CLAUDIA JUEZ CAROLINA ROJAS ARAYA C.I. 8.518.322-2 SOLICITANTE DIAZ VALDES CLAUDIA ANDREA C.I. 15.440.317-5 INTERDICTA DIAZ VALDES AIDA DE LAS MERCEDES C:I. 11.392.897-2 Once de febrero de 2020.- Linares, once de febrero de dos mil veinte. VISTO: 1 .-° Que al folio 1, comparece do a Claudia Andrea Diaz Vald s, empleada,ñ é domiciliada en Poblaci n San Manuel, Cerrillos, comuna de Longav , quien se ala: ó í ñ Que de conformidad con lo dispuesto en la Ley N 19.954, que agreg el° ó inciso segundo nuevo al art culo 4 de la Ley 18.600, relativa al procedimiento deí ° Interdicci n de los discapacitados mentales, por este acto viene en solicitar, se sirvaó decretar la interdicci n definitiva, por causa de demencia de su hermana do a AIDAó ñ DE LAS MERCEDES DIAZ VALDES de 49 a os de edad en la actualidad, sinñ profesi n u oficio, soltera y de su mismo domicilio, y asimismo se le nombre suó curadora general, relev ndole de la obligaci n de rendir fianza u otra cauci n y de laá ó ó facci n de inventario solemne , sirvi ndole de suficiente t tulo la resoluci n que leó é í ó designa. Lo anterior, en atenci n a los antecedentes de hecho y de derecho que pasa aó exponer: Que tal y como consta de certificado de nacimiento que acompa a, esñ hermana de AIDA DE LAS MERCEDES DIAZ VALDES, precedentemente individualizada. Que su hermana presenta ret

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FOJA: 22 .- .- COMPETENCIA CIVIL TIPO DE FALLO SENTENCIA DEFINITIVA FECHA INGRESO 13 DE MARZO DE 2019 ROL V- 64-2019 PROCEDIMIENT NO CONTENCIOSO MATERIA INTERDICCION CARATULADO DIAZ VALDES CLAUDIA JUEZ CAROLINA ROJAS ARAYA C.I. 8.518.322-2 SOLICITANTE DIAZ VALDES CLAUDIA ANDREA C.I. 15.440.317-5 INTERDICTA DIAZ VALDES AIDA DE LAS MERCEDES C:I. 11.392.897-2 Once de febrero de 2020.- Linares, once d

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