RUMMAN/
Rol
V-197-2019
Fecha
12 de febrero de 2020
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 28 de agosto de 2019, compareci do aó ñ Evelyn Del Carmen Rumman Moreno, chilena, soltera, ingeniero geomensor, c dulaé nacional de identidad N° 8.799.836-3, domiciliado en Contramaestre Micalvi 22, departamento 303, u oa, ciudad y provincia de Santiago, solicitando la concesiÑ ñ ón de exploración denominada SALADO TERCERA 5, sobre una superficie de 100 hectáreas, cuyo punto medio se sit a en esta comuna.ú SEGUNDO: Que tal pedimento se publicó el 23 de septiembre del año 2019 en el Boletín Oficial de Minería N° 42.459 y se inscribió en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Caldera, con fecha 05 de septiembre del año 2019, a fojas 244, Nº 178 de ese mismo año. TERCERO: Que con fecha 21 de noviembre del año 2019, el peticionario solicitó la dictación de la sentencia constitutiva de la concesión de exploración denominada SALADO TERCERA 5, abarcando una superficie de 100 hectáreas siendo el total del terreno pedido, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 55 del Código de Minería. CUARTO: Que la superficie pedida en concesión es un cuadrado de 1.000 metros en sentido Norte-Sur, por 1.000 metros Este-Oeste, teniendo sus vértices las siguientes coordenadas UTM: V1 6.939.500,00 metros Norte 308.700,00 metros Este. V2 6.939.500,00 metros Norte 309.700,00 metros Este. V3 6.938.500,00 metros Norte 309.700,00 metros Este. V4 6.938.500,00 metros Norte 308.700,00 metros Este. Y correspondiendo su punto medio a la intersección de la ordenada 6.939.000,00 metros Norte con la abscisa 309.200,00 metros Este. QUINTO: Que se recibe informe favorable del Servicio Nacional de Geología y Minería, quien mediante Ord. N° 006876 de fecha 18 de diciembre del año 2019, informó que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales JLE RIT« » Foja: 1 vigentes; que la forma, las dimensiones y orientaci n de la cara superficial de laó concesi n ó se ajustan a ley, y que ésta queda comprendida dentro del terreno pedido. SEXTO: Que no se ha incurrido en causal alguna de caducidad o en vicios que obsten a la constitución de la concesión. SEPTIMO: Que con fecha 20 de diciembre de 2019 se ordenó traer los autos para fallo.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto además con los artículos 1, 22, 34, 85, 86, 87 y 90 del Código de Minería, SE RESUELVE: I.- Declárase constituida la concesión de exploración SALADO TERCERA 5, con una superficie total de 100 hect á reas , a favor de Evelyn Del Carmen Rumman Moreno, ya individualizada. II.- Apruébase su plano. III.- Cumpla el interesado con entregar al SERNAGEOMIN copia de esta sentencia y original del plano. IV.- Dése extracto y publíquese. V.- Inscríbase y archívense los planos. Anótese, regístrese, notifíquese, dése copias y archívese en su oportunidad. Rol Nº V-197-2019 Dictada por MACARENA MU OZ TORO, Jueza Interina del Juzgado de Letras yÑ Garant a de Caldera. í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Caldera, doce de Febrero de dos mil veinte JLE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-02-12T15:24:33-0300
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Caldera CAUSA ROL : V-197-2019 CARATULADO : RUMMAN/ Caldera, doce de Febrero de dos mil veinte VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 28 de agosto de 2019, compareci do aó ñ Evelyn Del Carmen Rumman Moreno, chilena, soltera, ingeniero geomensor, c dulaé nacional de identidad N° 8.799.836-3, domiciliado en Con
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