2º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ SERGIO VALENTINO NÚÑEZ DA COSTA-VELLOZO

Rol

O-277-2021

Fecha

20 de junio de 2022

Materia

POSESIÓN O TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS, POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS)., POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del tribunal, de los intervinientes y de la causa. Que entre el 14 y 15 de junio de 2022, ante la Sala del Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por la Juez Presidente de Sala doña CAROLINA PALACIOS VERA, y por los magistrados doña MARLENE LOBOS VARGAS y don MARCELO ANDRÉS ROJAS ARENAS, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral RIT 277- 2021, seguido en contra del acusado, SERGIO VALENTINO NÚÑEZ DA COSTA-VELLOZO, cédula de identidad N° 17.023.464-2, domiciliado en calle Lo Marcoleta N°0303-B, comuna de Quilicura, representado legalmente por la defensora penal privada doña CLAUDIA FLORES GARCÍA, con domicilio y forma de notificación ya registrados en el tribunal; sosteniendo la acusación en el presente juicio, el fiscal del Ministerio Público, don GONZALO ÁLVAREZ BARRIENTOS , con domicilio y forma de notificación ya registrados en el tribunal. SEGUNDO: Que, en su acusación, el Ministerio Público sostuvo, que: “El día 21 de diciembre del año 2018, alrededor de las 15:20 horas, en virtud de una autorización judicial de entrada, registro e incautación, personal de carabineros de Chile, ingresó al domicilio ubicado en Carlos Spano N°2580, comuna de Conchalí, lugar donde el imputado SERGIO VALENTINO NÚÑEZ DA COSTA-VELLOZO estaba en posesión, sin autorización para ello de una escopeta marca Lu-Mar, modelo scirocco, calibre 12, serie N°034581, la cual mantenía un encargo vigente por robo del 01 de junio de 2017 y era propiedad de Sergio Basaure Ruz. Además mantenía un revolver a fogueo sin marca ni modelo, el cual se encontraba adaptado para efectuar disparos de proyectiles convencionales calibre 22 largo; junto a ello, mantenía un revolver a fogueo sin modificaciones, 01 rifle a postones y 17 cartuchos balísticos calibre 12 de diferentes marcas, 03 cartuchos calibre .45 marca CBC, 02 cartuchos calibre 9 milímetros, 01 cartucho calibre .38, 03 cartuchos balísticos munición convencional calibre 22. Además, minutos antes, el imputado había sido detenido en la 5° comisaría de Conchalí, ubicada en General Gambino 3731, lugar donde portaba sin justificación razonable un arma blanca, cortapluma de 5 cm de hoja por 5 de empuñadura”. A juicio de la fiscalía los hechos descritos , son constitutivos del delito de PORTE DE ILEGAL ARMA DE FUEGO PROHIBIDA previsto y sancionado en el artículo 3 en relación al artículo 13 de la ley 17.798, PORTE ILEGAL DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 2 letra b, en relación a artículo 9 MARLENE DENISE LOBOS VARGAS Juez Integrante Fecha: 20/06/2022 16:21:55 CAROLINA ELVIRA PALACIOS VERA Juez Presidente Fecha: 20/06/2022 17:27:02 GEXKZZZSVK MARCELO ANDRES ROJAS ARENAS Juez Redactor Fecha: 20/06/2022 21:51:08 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C h

Fallo

Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 14 N° 1, 15 N° 1, 24, 25, 28, 50 del Código Penal; arts.2 b) y c), 4, 5, 9, 13, 17 b) y 23 de la Ley 17.798; art.1 de la Ley 18.216 y artículos 47, 48, 295, 296, 297, 324, 340, 341, 342, 344 y 351 del Código Procesal Penal, se declara: I. Que se absuelve a SERGIO VALENTINO NÚÑEZ DA COSTA-VELLOZO, ya individualizado, como AUTOR del delito CONSUMADO de PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE, previsto y sancionado, en el art.288 bis del Código Penal, acaecido según la acusación el día 21 de diciembre de 2018, en la comuna de Conchalí, Santiago. II. Que se condena a SERGIO VALENTINO NÚÑEZ DA COSTA-VELLOZO, ya individualizado, como AUTOR de los delitos CONSUMADOS de TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado, en el art. 9 inciso 1° en relación con el artículo 2 letra b) de la ley 17.798, TENENCIA ILEGAL ARMA DE FUEGO PROHIBIDA previsto y sancionado en el artículo 3 en relación al artículo 13 de la ley 17.798, y TENENCIA ILEGAL DE MUNICIONES del articulo 9 y 2 letra c), también de la Ley 17.798; perpetrados el día 21 de diciembre de 2018, en la comuna de Conchalí, Santiago, a DOS (2) penas de TRES (3) AÑOS Y UN (1) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, y UNA (1) de QUINIENTOS CUARENTA Y UN (541) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a la accesoria del art.29 del Código Penal, esto es, inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargo

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MINISTERIO PÚBLICO C/ SERGIO VALENTINO NÚÑEZ DA COSTA-VELLOZO. RIT 277-2021 RUC 1801266165-3 DELITO: TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO, TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO PROHIBIDA, TENENCIA ILEGAL DE MUNICIONES Y PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE . Santiago, veinte de junio de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del tribunal, de los intervinientes y de la causa. Qu

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