Juzgado de Letras de La Ligua

CARROZA/PEÑA

Rol

C-1556-2017

Fecha

11 de febrero de 2020

Materia

HERENCIA, PETICIÓN DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En Folio N° 1, comparece doña Carmen Rosa Carroza Carroza, cédula nacional de identidad número 4.391.891-5, dueña de casa, casada, chilena, con domicilio en Las Araucarias N° 1393, Villa Ángel Custodio, La Ligua, e interpone, demanda de acción de petición de herencia, en juicio ordinario, en contra de doña Erika Aurora Rozas Carroza, cédula nacional de identidad número 9.894.470-2, chilena, técnico agrícola, soltera, domiciliada en Humberto Matamala N° 1356, Block C, Departamento N° 302, Villa Francisco de Arcaya, La Ligua; de don Darío Rodrigo Peña Carroza, cédula nacional de identidad número 11.195.073-3, chileno, cesante, soltero, domiciliado en Victorino Silva N° 595, Block N° 4, Departamento N° 101, Condominio Don Zacarías, La Ligua; y, de doña Raquel Eslatiza Peña Carroza, cédula nacional de identidad número 12.400.084-K, chilena, asistente de párvulos, soltera, domiciliada en Pasaje 5 N° 31, Villa Pequen, los Molles, La Ligua; solicitando se declare: 1. Que, es heredera legitima de por línea de sucesión de don Victorio Carroza, en su calidad de bisnieta. 2. Que, los demandados, doña Erika Aurora Rozas Carroza, don Darío Rodrigo Peña Carroza, y, doña Raquel Eslatiza Peña Carroza, no son legítimos herederos. 3. Que, los demandados, doña Erika Aurora Rozas Carroza, don Darío Rodrigo Peña Carroza, y, doña Raquel Eslatiza Peña Carroza, restituyan a la sucesión legitima, de la que formo parte, la cuota hereditaria que se encuentran actualmente poseyendo. 4. Que, se ordene la correspondiente rectificación del acta de posesión efectiva de don Victorio Carroza, excluyendo a doña Raquel Nolfa Carroza como heredera y todas las posesiones efectivas que derivan de la misma. 5. Que, se ordene al Conservador de Bienes Raíces de La Ligua enmendar la inscripción de posesión efectiva de don Victorio Carroza, correspondiente al bien raíz individualizado, excluyendo a doña Raquel Nolfa Carroza y toda su descendencia. 6. Que, se condene en costa a los demandados. Fu

Fundamentos

considerando lo dispuesto en el inciso 1° del artículo 9 del Código Civil, que señala: "La ley solo puede disponer para lo futuro y no tiene jamás efecto retroactivo". 6. Que, uniendo

Fallo

FALLO : 23 DE ENERO DE 2020 La Ligua, once de febrero de dos mil veinte. VISTOS: En Folio N° 1, comparece doña Carmen Rosa Carroza Carroza, cédula nacional de identidad número 4.391.891-5, dueña de casa, casada, chilena, con domicilio en Las Araucarias N° 1393, Villa Ángel Custodio, La Ligua, e interpone, demanda de acción de petición de herencia, en juicio ordinario, en contra de doña Erika Aurora Rozas Carroza, cédula nacional de identidad número 9.894.470-2, chilena, técnico agrícola, soltera, domiciliada en Humberto Matamala N° 1356, Block C, Departamento N° 302, Villa Francisco de Arcaya, La Ligua; de don Darío Rodrigo Peña Carroza, cédula nacional de identidad número 11.195.073-3, chileno, cesante, soltero, domiciliado en Victorino Silva N° 595, Block N° 4, Departamento N° 101, Condominio Don Zacarías, La Ligua; y, de doña Raquel Eslatiza Peña Carroza, cédula nacional de identidad número 12.400.084-K, chilena, asistente de párvulos, soltera, domiciliada en Pasaje 5 N° 31, Villa Pequen, los Molles, La Ligua; solicitando se declare: 1. Que, es heredera legitima de por línea de sucesión de don Victorio Carroza, en su calidad de bisnieta. 2. Que, los demandados, doña Erika Aurora Rozas Carroza, don Darío Rodrigo Peña Carroza, y, doña Raquel Eslatiza Peña Carroza, no son legítimos herederos. 3. Que, los demandados, doña Erika Aurora Rozas Carroza, don Darío Rodrigo Peña Carroza, y, doña Raquel Eslatiza Peña Carroza, restituyan a la sucesión legitima, de la que formo parte

Texto Completo (Preview)

COMPETENCIA : CIVIL – CONTENCIOSO PROCEDIMIENTO : ORDINARIO MATERIA : ACCIÓN DE PETICIÓN DE HERENCIA DEMANDANTE : CARROZA CARROZA, CARMEN ROSA APODERADO : ALEGRÍA TAPIA, PATRICIA : ZEBALLOS FRIGOLETT, DANIELA DEMANDADO : ROZAS CARROZA, ERIKA AURORA : PEÑA CARROZA, DARÍO RODRIGO : PEÑA CARROZA, RAQUEL ESLATIZA APODERADO : ARAOS REINOSO, HERNAN FACUNDO ROL : C-1556-2017 FECHA DE INICIO : 31 DE OCTUB

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