TORO/
Rol
V-3-2020
Fecha
12 de febrero de 2020
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que en folio 1, se ha presentado Julio Alberto Toro Maechel, run 8.572.160-7, solicitando la entrega de la propiedad consistente en una bodega ubicada en Pedro Aguirre Cerda 1321 de esta ciudad, que era arrendada por Roberto Fernando Huequem n Garc a, cuyo arrendamientoá í ascend a a $ 200.000 mensuales.-í En el mes de Agosto de 2019, Fernando Huequem n Garc a hizoá í abandono del inmueble referido, sin restituirlo a la fecha y dejando sus accesos con candados, adeudando a la fecha la suma de $ 1.200.000, por concepto de rentas de arrendamiento.- Por tanto y conforme lo dispone el art culo 6 inciso 2 de la Leyí 18.101 y articulo 817 del C digo de Procedimiento Civil y dem s normasó á pertinentes, previa certificaci n de un Ministro de fe, solicita autorizaci nó ó para la entrega del inmueble.- En folio 6, el receptor Judicial don F lix Hinrichsen Sariego, certificaé de haberse constituido en inmueble ubicado en Pedro Aguirre Cerda y pudo constatar que ste se encontraba totalmente desocupado y sin bienes deé valor en su interior.- En folio 8, se trajeron los autos para Fallo.-
Fundamentos
CONSIDERANDO: Lo expuesto en folio 1 y en especial la certificaci n del Ministro de feó en folio 6, y lo dispuesto en el inciso 2 del art culo 6 de la Ley 18.101, se° í autoriza don Juan Alberto Toro Maechel, run 8 .572.160-7, la entrega de la propiedad ubicada en Pedro Aguirre Cerda N 1321, levant ndose por el° á Ministro de fe, un acta del estado en que se encuentre.- Reg strese y notif quese.-í í Rol N V 3-2020.-° Pronunciada por don EDINSON LARA AGUAYO, Juez titular. Autoriza do a Cecilia Matamala Kroell, secretaria Subrogante.-ñ En cumplimiento a lo dispuesto en el art culo 162 del C digo deí ó Procedimiento civil, se incluy en el estado diario la sentencia precedente.ó Valdivia, doce de Febrero de dos mil veinte.- Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-02-12T09:30:24-0300
Fallo
Por tanto y conforme lo dispone el art culo 6 inciso 2 de la Leyí 18.101 y articulo 817 del C digo de Procedimiento Civil y dem s normasó á pertinentes, previa certificaci n de un Ministro de fe, solicita autorizaci nó ó para la entrega del inmueble.- En folio 6, el receptor Judicial don F lix Hinrichsen Sariego, certificaé de haberse constituido en inmueble ubicado en Pedro Aguirre Cerda y pudo constatar que ste se encontraba totalmente desocupado y sin bienes deé valor en su interior.- En folio 8, se trajeron los autos para Fallo.- CONSIDERANDO: Lo expuesto en folio 1 y en especial la certificaci n del Ministro de feó en folio 6, y lo dispuesto en el inciso 2 del art culo 6 de la Ley 18.101, se° í autoriza don Juan Alberto Toro Maechel, run 8 .572.160-7, la entrega de la propiedad ubicada en Pedro Aguirre Cerda N 1321, levant ndose por el° á Ministro de fe, un acta del estado en que se encuentre.- Reg strese y notif quese.-í í Rol N V 3-2020.-° Pronunciada por don EDINSON LARA AGUAYO, Juez titular. Autoriza do a Cecilia Matamala Kroell, secretaria Subrogante.-ñ En cumplimiento a lo dispuesto en el art culo 162 del C digo deí ó Procedimiento civil, se incluy en el estado diario la sentencia precedente.ó Valdivia, doce de Febrero de dos mil veinte.- Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano est
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FOJA:8.-Ocho.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Valdivia CAUSA ROL : V-3-2020 CARATULADO : TORO/ Valdivia, doce de Febrero de dos mil veinte. VISTOS: Que en folio 1, se ha presentado Julio Alberto Toro Maechel, run 8.572.160-7, solicitando la entrega de la propiedad consistente en una bodega ubicada en Pedro Aguirre Cerda 1321 de esta ciudad, que era arrendada por Rob
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