MP C/ CLAUDIO MOISÉS PINTO CARVALLO
Rol
O-2873-2022
Fecha
17 de junio de 2022
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. Los intervinientes renuncian a plazos y recursos legales. RIT 2873 - 2022 RUC 2200428426-0 Pronunciada por doña LORENA FERNANDA FRESARD BRIONES, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: jtm. FHVQZYSLXP LORENA FERNANDA FRESARD BRIONES Juez de garantía Fecha: 17/06/2022 12:12:20 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2022-06-17T12:12:27-0400 Corte Suprema LORENA FERNANDA FRESARD BRIONES Verificación Legal
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49, 50 y 288 bis del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que, SE CONDENA a CLAUDIO MOISÉS PINTO CARVALLO, RUN N° 0012451348-0, ya individualizado, como autor del delito consumado de porte de arma cortante o punzante, cometido en Puerto Montt, el día 03 de mayo de 2022, a la pena de multa de un tercio de unidad tributaria mensual, la cual se le da por cumplida con el tiempo que permaneció privado de libertad con motivo de su detención en la presente causa, la jornada del 03 al 04 de mayo de 2022. II.- Que, se decreta el comiso del cuchillo incautado en el procedimiento, autorizando, desde ya, su destrucción. III.- Que, no se le condena en costas por haber aceptado responsabilidad en los hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. Los intervinientes renuncian a plazos y recursos legales. RIT 2873 - 2022 RUC 2200428426-0 Pronunciada por doña LORENA FERNANDA FRESARD BRIONES, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: jtm. FHVQZYSLXP LORENA FERNANDA FRESARD BRIONES Juez de garantía Fecha: 17/06/2022 12:12:20 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN
Texto Completo (Preview)
Sentencia: Puerto Montt, diecisiete de junio de dos mil veintidós. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49, 50 y 288 bis del Código Penal; artículos 45, 47, 29
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica