Juzgado de Garantía de Valparaíso.

MP C/ HÉCTOR ANTONIO ALARCÓN MATURANA

Rol

O-1780-2022

Fecha

16 de junio de 2022

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y Teniendo Presente: I.- Que ante este Juzgado de Garantía de Valparaíso, tuvo lugar la presente audiencia de procedimiento abreviado con la presencia de la fiscal adjunto de esta ciudad don José Antonio Uribe, del Defensor Penal Privado don Jorge Durán Lillo, y del imputado don HÉCTOR ANTONIO ALARCÓN MATURANA, ya individualizado, respecto de quien, el señor fiscal dedujo acusación verbal por la responsabilidad que le correspondería en el delito de Robo con Violencia, ilícito previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1° del Código Penal, en calidad de autor, en grado de desarrollo frustrado. La acusación se fundamenta en que el día 16 de marzo del año 2022, alrededor de las 20:20 horas en el sector de Plaza Ecuador con Pasaje Pirámide de Valparaíso, en circunstancias que la víctima Ivonela González se aprestaba a tomar un colectivo, fue abordada por el acusado cuando la afectada guardaba su teléfono celular en su cartera. En dichas circunstancias con el propósito de sustraerle dicho celular, con ánimo de lucro y en contra de la voluntad de la afectada, el imputado la tomó de las manos donde tenía la víctima su teléfono celular, oponiendo resistencia la afectada frente a lo cual se genera un forcejeo. En estas circunstancias el imputado arroja a la víctima al suelo y la arrastra unos metros, para luego huir sin poder consumar la sustracción del teléfono. Producto del accionar del imputado la víctima resultó con lesiones leves correspondiente a hematomas en rodillas y daños en un dedo. A juicio del Ministerio Público, en la especie concurre la circunstancia modificatoria de responsabilidad criminal del artículo 11 N° 9 del Código Penal, si es que el imputado acepta el procedimiento abreviado. En definitiva y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 407 del Código Procesal Penal, solicita se le aplique la pena de 4 años de presidio menor en su grado máximo, accesorias legales correspondientes, inclusión de la huella genética, sin costas. Que habie

Fundamentos

fundamentos de la solicitud de la Fiscalía admitió a tramitación el procedimiento abreviado, después de interrogar al acusado y verificar su libre, espontánea y plenamente informada voluntad en orden a proceder de esta forma por SGXCZYXCPR MARCELA ANDREA MAUREIRA CACERES Juez de garantía Fecha: 17/06/2022 14:35:54 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl PODER JUDICIAL JUZGADO DE GARANTÍA VALPARAISO los hechos antes referidos y teniendo en consideración, además, que la pena solicitada por la Fiscal en la acusación no supera el límite legal. Que después de haber oído al Fiscal, quien reafirmó su pretensión y reiteró la acusación formulada, resumiendo los antecedentes en que se funda, se ofreció la palabra a la defensa quien no cuestionó ni los hechos ni la calificación jurídica de los mismos; solicitó se le concediera a su representado la pena sustitutiva de Libertad Vigilada Intensiva, por cumplir éste con las exigencias legales y para lo cual hace valer informe social y psicológico el que en lo conclusivo el primero de estos, señala, que el imputado presenta alto compromiso emocional, cuenta con arraigo familiar y social los que pueden colaborar en el proceso de reinserción. A su turno el informe psicológico señala en lo pertinente que el sentenciado “presenta capacidad intelectual promedio con una capacidad adecuada para el reconocimiento de las normas sociales. Respecto la capacidad de crear proyectos referente a la iniciativa y motivación de logro, podemos señalar que es una persona con una adecuada capacidad para realizar sus acciones, con planes de realizar estudios Universitarios. Se observa una capacidad cognitiva suficiente para la ejecución de sus objetivos, sus funciones cognitivas no están dañadas. No se detectan alteraciones en su pensamiento, percepción, memoria y lenguaje. No se evidencia la presencia de síntomas psicóticos, no hay rasgos de trastorno de personalidad antisocial, si de conductas. Su examen de límite de realidad recae en el rango normal, que permite discernir entre los patrones correctos de los incorrectos determinados consensuadamente. Da cuenta de reconocimiento y validación de la autoridad, lo que facilitaría su eventual proceso de reinserción social y cumplimiento de normas establecidas. Ausencia de Trastorno de personalidad antisocial, da cuenta de capacidad para identificarse con los aspectos propiamente humanos y relacionarse con su entorno de manera empática; logra establecer relaciones emocionales estables.” Asimismo la defensa, solicitó que se le reconociera a su r

Fallo

fallo configuran el delito de Robo con Violencia, ilícito previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1° del Código Penal, en grado de desarrollo de frustrado. CUARTO: Que en cuanto a la participación del acusado debe tenerse ella por establecida a título de autor, pues a partir de su reconocimiento y restantes antecedentes de la investigación fiscal se ha establecido que tomó parte en la ejecución del hecho de una manera inmediata y directa, en los términos del artículo 15 N°1 del Código Penal. QUINTO: El Tribunal tendrá presente que favorece al imputado la circunstancia modificatoria de responsabilidad criminal, del artículo 11 N°9 del Código Punitivo, esto es, la de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos, por haber aceptado este procedimiento abreviado, lo que unido a lo dispuesto en el artículo 407 del Código Procesal Penal, ha permitido al Ministerio Público solicitar la pena a imponer, en un grado inferior al mínimo establecido por la ley. SEXTO: Que en cuanto a la solicitud de la defensa, en orden a conceder al imputado, la pena sustitutiva de Libertad Vigilada Intensiva, el tribunal accederá a lo solicitado, teniendo para ello presente los informes favorables hechos valer en la audiencia, especialmente aquel que dice relación con las características de personalidad del imputado, por cuanto se trata de una persona que presenta capacidad intelectual adecuada para el reconocimiento de las normas sociales; cuenta con una adecuada capacidad para re

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PODER JUDICIAL JUZGADO DE GARANTÍA VALPARAISO RUC : 2210013163-7 RIT : 1780-2022 DELITO : Robo con Violencia GRADO DESARROLLO : Consumado IMPUTADO : Héctor Antonio Alarcón Maturana CEDULA DE IDENTIDAD : 20.615.603-1 DOMICILIO : Calle General Vidaurre, N° 2739, Playa Ancha, Valparaíso. PROCEDIMIENTO : Abreviado ATENUANTES : 11 N° 9 del Código Penal AGRAVANTES : No Hay Valparaíso, dieciséis de junio

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