PAULA ANDREA ARRIGO TORRES C/ FRANCISCO JAVIER ABARZÚA HERMOSILLA
Rol
O-84-2022
Fecha
16 de junio de 2022
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: Que el día 20.10.2021, aproximadamente a las 08:00 horas, en calle Covadonga esquina Avda. Prat de la comuna de Arauco, el requerido FRANCISCO JAVIER ABARZUA HERMOSILLA, fue fiscalizado por personal policial quien mantenía en su poder 01 celular marca Samsung, modelo Asl, color figuras de mándalas, avaluado en $220.000 pesos, de propiedad de la víctima PAOLA ANDREA ARRIGO TORRES, la cual había sido sustraída previamente desde el Gimnasio H&L, ubicado en calle Chacabuco esquina calle Cochrane de la comuna de Arauco, lo anterior lo hizo conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen del ilícito, siendo detenido por personal policial. Individualización de Audiencia de control de la detención. Fecha Arauco., dieciséis de junio de dos mil veintidós Magistrado PERLA ANDREA ROA BORGOÑO Fiscal DENISSE MORALES PARRA Defensor EMMANUEL ARREDONDO H. Hora inicio 01:06PM Hora termino 01:22PM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Garantía de Arauco. Acta Cecilia Vidal Ojeda RUC 2100948516-0 RIT 84 – 2022 Detenido 15 de junio a las 16:50 horas NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA FRANCISCO JAVIER ABARZÚA HERMOSILLA (presente) 0017165457- 2 LLEU LLEU Nº 7 Arauco. Actuaciones efectuadas Actuaciones efectuadas I.- Intervinientes: Se deja constancia que la presente audiencia se desarrolla mediante videoconferencia en atención a la actual emergencia sanitaria que afecta al país. II.- Lectura requerimiento III.- Control conforme a derecho- Contraorden IV.- Ofrecimiento pena por el Ministerio Público V.-Imputado admite responsabilidad VI.-Sentencia.: RUC RIT Ambito afectado Detalle del Hito Valor 210094851 6-0 84-2022 CAUSA.: R.U.C=210094851 6-0 R.U.I.=84- 2022 Fecha de deliberación 2022/06/16 Juez redactor PERLA ANDREA ROA BORGOÑO RELACIONES.: ABARZÚA HERMOSILLA FRANCISCO JAVIER / RECEPTACION. ART. 456 BIS A. Resultado Condenado. PARTICIPANTES.: Defensor. - ARREDONDO - - RYZXZYJJGD Perla Andrea Roa Borgono Juez de garantía Fecha: 16/06/2022 17:30:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRM
Fundamentos
considerando el mayor tiempo de privación de libertad del sentenciado en estos antecedentes, esto es, desde su detención el día 15 de junio de 2022 y controlada su detención el día 16 de junio del año en curso.- IV.-Se exime al condenado del pago de las costas, toda vez que asumió su responsabilidad en los hechos materia del requerimiento fiscal, ahorrando costos al estado. V.-Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 18.216.- Ejecutoriada que sea la sentencia, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. RYZXZYJJGD Perla Andrea Roa Borgono Juez de garantía Fecha: 16/06/2022 17:30:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Regístrese y archívese en su oportunidad. Dirigió la audiencia, doña PERLA ANDREA ROA BORGOÑO, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Arauco. Que en Arauco, a dieciséis de junio de dos mil veintidós, notifiqué por el Estado Diario, la resolución precedente. RYZXZYJJGD Perla Andrea Roa Borgono Juez de garantía Fecha: 16/06/2022 17:30:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2022-06-16T17:33:47-0400 Corte Suprema Perla Andrea Roa Borgono Verificación Legal
Fallo
POR ESTAS CONSIDERACIONES y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 14, 15, 25, 26, 30, 51, 68, 70, 456 bis A del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 4 y siguientes de la Ley 18.216, se declara: I.- Que, se condena a FRANCISCO JAVIER ABARZUA HERMOSILLA, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN (61) DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, suspensión de cargo u oficio público por el tiempo que dure la condena, Multa de Un tercio (1/3) de unidad tributaria mensual, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de Receptación, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, cometido el día 20 de octubre de 2021 en esta ciudad. II.- Que reuniéndose los requisitos del artículo 4 de la Ley 18.216, se sustituye la pena impuesta por la de remisión condicional, quedando sujeto el sentenciado a un plazo de observación de 1 año por el Centro de Reinserción Social respectivo, debiendo además dar estricto cumplimiento a las exigencias del artículo 5 de la citada ley. La sentenciado debe presentarse con su cédula de identidad ante el Centro de Reinserción Social respectivo el día 11 de julio de 2022 a las 09:00 horas, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra si no lo hiciera., quedando notificado personalmente en audiencia. III.- Que la pena de multa se da por cumplida considerando el mayor tiempo de privación de libertad del sentenciado en estos antecedentes, esto es, desde
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Hechos: Que el día 20.10.2021, aproximadamente a las 08:00 horas, en calle Covadonga esquina Avda. Prat de la comuna de Arauco, el requerido FRANCISCO JAVIER ABARZUA HERMOSILLA, fue fiscalizado por personal policial quien mantenía en su poder 01 celular marca Samsung, modelo Asl, color figuras de mándalas, avaluado en $220.000 pesos, de propiedad de la víctima PAOLA ANDREA ARRIGO TORRES, la cual h
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