Juzgado de Garantía de Puerto Montt.

MP C/ CARLOS ALBERTO GUERRERO ALMONACID

Rol

O-2854-2020

Fecha

16 de junio de 2022

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. Los intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales. RIT 2854 - 2020 RUC 2000367588-3 Pronunciada por don MIGUEL ANGEL GARCIA HERRERA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: Nvb . Código: FBXXZZSXVE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-06-20T12:27:58-0400

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 12 N° 16, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49 y 442 N° 2 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; Ley 18.216, se declara: I.- Que, SE CONDENA a CARLOS ALBERTO GUERRERO ALMONACID, RUN N° 19.676.721- 5, ya individualizado, como autor del delito consumado de robo con fuerza en lugar no habitado en perjuicio de la propiedad del local comercial Punto Copec kilómetro 3 de la de Ruta V-226, cometido en Puerto Montt el día 10 de abril de 2020 a la PENA de CIENTO OCHENTA DÍAS de PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que, la pena privativa de libertad impuesta se le tiene por cumplida con el mayor tiempo que permaneció privado de libertad con motivo de la presente causa, cuatrocientos noventa y dos días (492) , con el siguiente desglose: detenido un día (01): 10 de abril de 2020; preso preventivo, cinco (05) días del 22 al 26 mayo 2020; preso preventivo, diecisiete (17) días , 17 junio al 03 julio 2020 y con arresto domiciliario parcial , cuatrocientos sesenta y nueve (469) días , previa conversión al mínimo legal de doce horas diarias desde el 04 de julio de 2020 al 17 enero 2022, ( fecha en que se declaró su rebeldía) III.- Que, no se le condena en costas por haber aceptado responsabilidad en los hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro

Texto Completo (Preview)

Sentencia: Puerto Montt, dieciséis de junio de dos mil veintidós. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 12 N° 16, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49 y 442 N° 2 del Código Penal; artíc

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