Juzgado de Garantía de Copiapo.

MINISTERIO PUBLICO C/ FRANCO ANDRÉS TAPIA TAPIA

Rol

O-4389-2020

Fecha

14 de junio de 2022

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: Desde el 30 de enero de 2020 y por medio de actos jurídicos formales, la autoridad sanitaria de la República ha constatado que el contagio del virus llamado Coronavirus-2 Covid19, constituye un peligro para la salud pública de nuestro país. Conforme a ello, S.E. el Presidente de la República, con fecha 18 de marzo de 2020, mediante Decreto Supremo, ejerció la facultad constitucional de declarar el estado de catástrofe por calamidad pública. En dicho contexto la autoridad sanitaria, Ministerio de Salud, dispuso por Resolución Exenta el 24 de marzo de 2020, la prohibición a todos los habitantes de la República de salir a la vía pública, como medida de aislamiento, entre las 22:00 y las 05:00 horas, medida que fue publicada en el Diario Oficial y difundida por todos los medios de comunicación social para conocimiento general de la población, siendo de conocimiento público y notorio. Es del caso que, no obstante lo anterior, vulnerando tal prohibición de aislamiento nocturno por razón sanitaria dispuesta por la autoridad, sin contar con autorización de autoridad competente para salir a la vía pública, el día 29 de mayo de 2020, a las 03:00 horas aproximadamente, el imputado FRANCO ANDRES TAPIA TAPIA se encontraba en calle Chañarcillo a la altura de la numeración 700, donde se encuentra el terminal de buses Andimar, lugar al cual, junto a otro sujeto, ingresó meciante escalamiento del cierre perimetral de material enrejado metálico, de aproximadamente 2,5 metros de altura. Una vez en el interior, el imputado y el segundo individuo se dirigieron a los buses de dicha empresa que se encontraban estacionados, y con un elemento contundente forzaron las puertas de portamaletas de dos de ellos, sustrayendo desde su interior especies consistentes en doce audifonos color negro, un televisor plasma de 19 pulgadas, dos gatas hidráulicas, dos correas de distribución y dos sacos de dormir, avaluadas en la suma total de $440.000, las cuales dejaron en el sector de estacionamie

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena a FRANCO ANDRÉS TAPIA TAPIA, ya individualizado, en calidad de AUTOR, del delito de Robo en lugar no habitado., grado de desarrollo FRUSTRADO, perpetrado en la comuna de Copiapó, a la pena de CINCUENTA Y UN (51) DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, ACCESORIAS del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. La pena de corporal impuesta se tendrá por cumplida, en atención al tiempo que ha estado privado de libertad en la presente causa. III. Se ordena certificar los abonos con que cuente el imputado en la presente causa. IV. Se EXIME del pago de las costas de la causa. V. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- Las partes NO renuncian a los plazos. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”.ebb DNEZZXZVCM Eden Salvador Briceño Guevara Juez de garantía Fecha: 15/06/2022 13:31:20 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insula

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Copiapó., catorce de junio de dos mil veintidós TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Copiapo. MAGISTRADO : EDEN SALVADOR BRICEÑO GUEVARA RUC: 2000542135-8 RIT: 4389 - 2020 IMPUTADO: FRANCO ANDRÉS TAPIA TAPIA C.I. 0018254797- 2 FECHA DE NAC. 23 de junio de 1992 DIRECCION Avenida DIEGO PORTALES Nº 740 COMU NA: La Ligua. DELITO Robo en

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