Juzgado de Garantía de Talcahuano.

NN C/ JOSÉ MIGUEL CARRERA SEPÚLVEDA

Rol

O-489-2020

Fecha

14 de junio de 2022

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM., HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM., HURTO SIMPLE POR UN VALOR SOBRE 40 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 9, 12 N° 16, 14, 15, 21, 30, 49, 70, 432, 446 del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara que: I.- Se condena a JOSÉ MIGUEL CARRERA SEPÚLVEDA, RUN N° 12.380.139-3, ya individualizado, a una pena de UNICA de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y al pago de una multa a beneficio fiscal de un tercio de unidad tributaria mensual, por su participación en calidad de autor en los ilícitos de hurtos simples, cometidos en grado de frustrado en perjuicio de supermercados Líder el día 29 de enero de 2020 y el día 12 de febrero del 2022, ubicado en la comuna de Hualpén. En perjuicio de Tienda Kayak el día 17 de julio de 2021; el día 08 de agosto del 2021 en perjuicio de la tienda Ripley y el día 13 de junio del 2022 en Tiendas Paris, ubicadas en el Mall Plaza El Trébol de la comuna de Talcahuano. II.- No cumpliendo los requisitos legales deberá cumplir efectiva la pena privativa de libertad impuesta, en el Centro de Cumplimiento Penitenciario una vez ejecutoriada la sentencia, sirviéndole de abono seis días que ha pasado privado de libertad, con motivo de detenciones en cada una de las causas agrupadas los días: 29-30 enero del 2020; 8-9 agosto del 2021; 17-18 agosto del 2021; 12-13 febrero del 2022; 5 -6 abril del 2022 y 24-25 marzo del 2022. III.- En relación a la multa impuesta, un tercio de unidad tributaria mensual, y el día que permaneció privado de libertad del 13 al 14 de junio de 2022, la multa se le tiene por cumplida. IV.- La pena privativa de libertad, se empezará a contar una vez que el imputado se presente o sea habido, sirviéndole de abono los días que ya se indicaron, una vez firme y ejecutoriada esta sentencia MEPZZXFKVM Antonia Flores Rubilar Juez de garantía Fecha: 15/06/2022 14:10:16 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO

Fallo

se declara que: I.- Se condena a JOSÉ MIGUEL CARRERA SEPÚLVEDA, RUN N° 12.380.139-3, ya individualizado, a una pena de UNICA de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y al pago de una multa a beneficio fiscal de un tercio de unidad tributaria mensual, por su participación en calidad de autor en los ilícitos de hurtos simples, cometidos en grado de frustrado en perjuicio de supermercados Líder el día 29 de enero de 2020 y el día 12 de febrero del 2022, ubicado en la comuna de Hualpén. En perjuicio de Tienda Kayak el día 17 de julio de 2021; el día 08 de agosto del 2021 en perjuicio de la tienda Ripley y el día 13 de junio del 2022 en Tiendas Paris, ubicadas en el Mall Plaza El Trébol de la comuna de Talcahuano. II.- No cumpliendo los requisitos legales deberá cumplir efectiva la pena privativa de libertad impuesta, en el Centro de Cumplimiento Penitenciario una vez ejecutoriada la sentencia, sirviéndole de abono seis días que ha pasado privado de libertad, con motivo de detenciones en cada una de las causas agrupadas los días: 29-30 enero del 2020; 8-9 agosto del 2021; 17-18 agosto del 2021; 12-13 febrero del 2022; 5 -6 abril del 2022 y 24-25 marzo del 2022. III.- En relación a la multa impuesta, un tercio de unidad tributaria mensual, y el día que permaneció privado de libertad del 13 al 14 de junio de 2022, la multa se le tiene por cumplida. IV.- La pena privativa de l

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La presente acta sólo constituye un registro administrativo en el que se resume lo acontecido y decidido en la audiencia, conteniendo sólo la parte resolutiva del fallo. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Talcahuano, catorce de junio de dos mil veintidós. Y Visto además

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