Juzgado de Garantía de Temuco.

MP C/ RICHARD ANTONIO HUILLITRUN URIBE

Rol

O-7237-2019

Fecha

14 de junio de 2022

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1° Que el Ministerio Público representado en la audiencia por fiscal don Guido Vera Hernández, domiciliado en Arturo Prat 080 Temuco, en esta causa RUC 1900757918- K, RIT 7237 - 2019, ha presentado acusación que por la pena solicitada se ha tenido como requerimiento en contra de Richard Antonio Huillitrun Uribe, RUN 20.356.315-9, nacido el día 04/08/2000, 18 años, soltero, 2 hijos, estudiante 1° y 2° medio, Pasaje Estrella Nº 2135, Sector San Antonio, Temuco, representado por abogado defensor penal privado don Nicolás Benavente Gómez, domiciliado en calle Fábrica 1995 oficina 20 Santiago. Por la parte querellante comparece la abogada doña Daniela Carrasco Trapp. 2° Que con el mérito probatorio de los antecedentes que fundamentan la acción Fiscal, en especial, declaración del denunciante y guardia de seguridad del supermercado de iniciales C.A.S.S., declaración de los funcionarios de Carabineros don JOSE EDGARDO SANHUEZA NAVARRETE y don TOMAS INOSTROZA OLIVEROS, declaración de FELIPE VILLANUEVA RICKEMBERG, declaración de JUAN TORRES ESCOBAR, Set de 11 fotografías en que consta el lugar de los hechos y la especie sustraída, Un disco compacto contenedor de las grabaciones de las cámaras de seguridad del supermercado líder, del momento en que ocurrieron los hechos, antecedentes a los que se suma la admisión de responsabilidad en los hechos por parte del imputado, el tribunal tiene por establecido que: El día 15 de julio de 2019, alrededor de las 18:35 horas, el imputado RICHARD ANTONIO HUILLITRUN URIBE, junto al coimputado ALVARO MARCELO COFRE VILLANUEVA llegaron hasta el supermercado Líder ubicado en Barros Arana N°0308 de Temuco, a bordo de un motocicleta, accediendo mediante escalamiento hasta el subterráneo de dicho establecimiento comercial, desde donde sustrajeron una máquina industrial de aseo, color blanco marca 1000-Spark activándola mediante el uso de una llave falsa, huyendo con dicha especie en su poder, siendo detenidos por guar

Fallo

se declara: I.- Que se condena a Richard Antonio Huillitrun Uribe, RUN 20.356.315-9, a una pena de trescientos días de presidio menor en su grado mínimo y accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en calidad de autor de un delito consumado de robo en lugar no habitado en perjuicio de supermercado Líder, cometido en Temuco el día 28 de febrero de 2020. II.- Que no se condena en costas a la persona sentenciada por haber admitido responsabilidad, lo que permitió dictar sentencia de inmediato, evitando la realización de un juicio oral, con el consiguiente ahorro de recursos para el Estado. III.- Que la pena impuesta al sentenciado se le tiene por cumplida, en razón del mayor tiempo que debe considerarse privación de libertad en la presente causa, por cuanto fue detenido el día 15 de julio de 2019, y controlada la detención el 16 de julio de 2019, se dispuso la medida de WKYJZXGZHX Luis Alberto Olivares Apablaza Juez de garantía Fecha: 14/06/2022 21:35:42 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl p

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Temuco, catorce de junio de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1° Que el Ministerio Público representado en la audiencia por fiscal don Guido Vera Hernández, domiciliado en Arturo Prat 080 Temuco, en esta causa RUC 1900757918- K, RIT 7237 - 2019, ha presentado acusación que por la pena solicitada se ha tenido como requerimiento en contra de Richard Antonio Huillitrun Uribe, RUN 20.356.

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