Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel

SANTANDER/ILUSTRE MUNICIPALIDAD LA FLORIDA

Rol

O-271-2020

Fecha

22 de julio de 2021

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos a probar que constan en el acta respectiva la que, en lo pertinente, se da por reproducida para todos los efectos legales. QUINTO: Que, en orden a acreditar los

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que David Alexander Salvador Carvajal y Daniel Alejandro Lamadrid Molina, abogados, ambos con domicilio para estos efectos en Doctor Manuel Barros Borgoño 71, oficina 902, comuna de Providencia, en representación de César Gustavo Santander Vidal, topógrafo, domiciliado en calle Las Catalpas Oriente 138, Villa O ́Higgins, comuna de Estación Central, interponen demanda en contra de Constructora Peuma Limitada, empresa del giro construcción, representada legalmente por Macarena Biggemann Dattwyler, empresaria, ambas con domicilio en Arturo Prat N° 2860, San Miguel y en contra de la Ilustre Municipalidad de La Florida, representada legalmente por Rodolfo Carter Fernández, alcalde, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Vicuña Mackenna Nº7210, comuna de La Florida, con el objeto que se hagan las declaraciones y se condene a las demandadas al pago de las prestaciones que indica. Fundando su pretensión señalan que el demandante ingresó a prestar servicios para la demandada principal con fecha 28 de abril de 2013, desempeñándose como jefe de obra en construcción, siendo destinado a la obra denominada Teatro Municipal de La Florida, correspondiente a la Ilustre Municipalidad de la Florida, con la jornada y percibiendo la remuneración que detalla en su libelo pretensor. Indica que puso término a sus servicios por despido indirecto, con fecha 6 de febrero de 2020, cumpliendo con las formalidades legales, conforme explica y detalla dándose por íntegra y expresamente reproducida la demanda en lo pertinente. En cuanto a la responsabilidad de la Ilustre Municipalidad de la Florida, la fundamenta en los artículos 183 A y siguientes del Código del Trabajo, afirmando haber prestado servicios para esta en régimen de subcontratación en virtud de los argumentos fácticos y jurídicos que detalla en su libelo, los que se dan por expresamente reproducidos y

Fallo

en mérito de lo expuesto normas legales que invoca, solicita se condene a la demandada al pago de las prestaciones que consigna en el petitorio de su libelo pretensor. SEGUNDO: Que la demandada Constructora Peuma Limitada no contestó el libelo incoado en su contra, por lo que nada expuso con relación a las pretensiones del actor y se tuvo por evacuado dicho trámite en su rebeldía. TERCERO: Que la demandada Ilustre Municipalidad de La Florida, contestando el libelo pretensor solicitó el rechazo de este en todas sus partes, con costas, en virtud de los argumentos que constan en el escrito respectivo, los que se dan por íntegramente reproducidos para todos los efectos legales. CUARTO: Que, celebrada la audiencia preparatoria, sólo comparecieron a esta la parte demandante y la Ilustre Municipalidad de La Florida, con la cual se arribó a una conciliación parcial, en virtud de la cual dicha demandada se obligó a pagar al actor la suma de $2.500.000.-, previa aprobación por parte del Concejo Municipal, prosiguiéndose la causa sólo en contra de la demandada principal. Que, fracasado el trámite de conciliación con la demandada principal, atendida la rebeldía de esta, el Tribunal recibió la causa a prueba, fijando los hechos a probar que constan en el acta respectiva la que, en lo pertinente, se da por reproducida para todos los efectos legales. QUINTO: Que, en orden a acreditar los fundamentos de su pretensión, la parte demandante ofreció e incorporó en la audiencia de juicio la

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Procedimiento : Ordinario Materia : Despido Indirecto Demandante : César Gustavo Santander Vidal Demandado : Constructora Peuma Limitada y Otra RIT : RUC : 20- 4-0258508-1 _______________________________________________________________/ San Miguel, veintidós de julio de dos mil veintiuno. Vistos, oídos y considerando: PRIMERO: Que David Alexander Salvador Carvajal y Daniel Alejandro Lamadrid Moli

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