OSCAR ANDRIAN BILBAO VELASQUEZ C/ RODRIGO ALEXIS SANDOVAL VÁSQUEZ
Rol
O-828-2019
Fecha
13 de junio de 2022
Materia
ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES CONTRA PARTICULARES
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1°, 7, 14, 15, 18, 21, y 473 del Código Penal; y artículos 1°, 4°, 36, 45, 46, 48, 295, 296, 297, 306, 309, 325, 326, 328, 338, 339, 340, 341, 342, 343, 347, 388, 395 y 396 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se absuelve al acusado CARLOS GUSTAVO CISTERNAS DELGADO, cédula de identidad N°16.758.814-K, de la acusación de ser autor del delito de ESTAFA, prescrito y sancionado en el artículo 473 del Código Penal, formulada por el Ministerio Público. II.- Que no se condena en costas al Ministerio Público, atendido lo dispuesto en el artículo 48 del Código Procesal Penal, por estimarse que tuvo motivo plausible para litigar. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por don Daniel Henríquez Henríquez, Juez Suplente del Juzgado de Garantía de Villa Alemana. RUC N° 1800949462-2 RIT N° 828-2019 GXCTZWXLPV Daniel Eduardo Henriquez Henriquez Juez de garantía Fecha: 14/06/2022 14:14:40 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2022-06-14T15:14:42-0300 Corte Suprema Daniel Eduardo Henriquez Henriquez Verificación Legal
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1°, 7, 14, 15, 18, 21, y 473 del Código Penal; y artículos 1°, 4°, 36, 45, 46, 48, 295, 296, 297, 306, 309, 325, 326, 328, 338, 339, 340, 341, 342, 343, 347, 388, 395 y 396 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se absuelve al acusado CARLOS GUSTAVO CISTERNAS DELGADO, cédula de identidad N°16.758.814-K, de la acusación de ser autor del delito de ESTAFA, prescrito y sancionado en el artículo 473 del Código Penal, formulada por el Ministerio Público. II.- Que no se condena en costas al Ministerio Público, atendido lo dispuesto en el artículo 48 del Código Procesal Penal, por estimarse que tuvo motivo plausible para litigar. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por don Daniel Henríquez Henríquez, Juez Suplente del Juzgado de Garantía de Villa Alemana. RUC N° 1800949462-2 RIT N° 828-2019 GXCTZWXLPV Daniel Eduardo Henriquez Henriquez Juez de garantía Fecha: 14/06/2022 14:14:40 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2022-06-14T1
Texto Completo (Preview)
Villa Alemana, trece de junio de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1°, 7, 14, 15, 18, 21, y 473 del Código Penal; y artículos 1°, 4°, 36, 45, 46, 48, 295, 296, 297, 306, 309, 325, 326, 328, 338, 339, 340, 341, 342, 343, 347, 388, 395 y 396 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se absuelve al acusado C
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