2º Juzgado Civil de Temuco

BANCO DE CHILE/GUTIÉRREZ

Rol

C-4117-2019

Fecha

8 de febrero de 2020

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 25 de julio de 2019 Christian Detre Lobo y Macarena Flores Jara, ambos abogados, en representación convencional del BANCO DE CHILE, sociedad anónima bancaria y financiera, éste representado por su gerente general don Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial todos domiciliados para estos efectos en calle Arturo Prat 847 Of. 507-508-509-510, comuna de Temuco, interpone demanda ejecutiva en contra de GRAFICA INDUSTRIAL y COMERCIALlZADORA DE BIENES Y SERVICIOS PUBLICITARIOS GRUPO INFRAFF LIMITADA, ignoran giro comercial, representada por don(ña) Ricardo Alfredo Gutierrez Quilodran, ignoran profesión u oficio, ambos con domicilio en Panamericana Sur KM 682, Padre Las Casas, RICARDO ALFREDO GUTIERREZ QUILODRAN, ignoran profesión u oficio, domiciliado en Panamericana Sur Km 682, comuna de Padre Las Casas y ALBERT ANDRES GUTIERREZ QUILODRAN, ignoran profesión u oficio, domiciliado en Panamericana Sur Km 682, comuna de Padre Las Casas, por las razones de hecho y de derecho que en su libelo expone.- Con fecha 30 de agosto de 2019 consta a la parte ejecutada conforme a lo dispuesto en el artículo 44 del Código de Procedimiento Civil y, posteriormente, requerimiento de pago. Con fecha 04 de septiembre de 2019 la ejecutada opone excepciones a la ejecución.- Con fecha 06 de septiembre de 2019 la ejecutante evacúa el traslado de las excepciones opuestas.- Con fecha 09 de septiembre de 2019 se declaran admisibles las excepciones y se recibe la causa a prueba, resolución que es notificada a las partes con fechas 17 de octubre y 18 de noviembre de 2019, respectivamente. Con fecha 28 de enero de 2020 se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Con fecha 25 de julio de 2019 Christian Marcel Detre Lobo y Macarena Flores Jara, ambos abogados, en representación convencional del BANCO DE CHILE, señalan que su representado, es dueño y legítimo tenedora del pagaré que se acompaña en un otrosí de esta presentación, suscrito en calidad de deudor(a) principal por GRAFICA INDUSTRIAL y COMERCIALIZADORA DE BIENES Y SERVICIOS PUBLICITARIOS GRUPO INFRAFF LIMITADA, ignoran giro comercial, representada por don(ña) Ricardo Alfredo Gutiérrez Quilodran, ignoran profesión u oficio ambos con domicilio en Panamericana Sur KM. 682, comuna de Padre Las Casas. Dicho pagaré fue suscrito con fecha 6 de julio de 2018, por la cantidad de US$10.655,00.-, dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, más una tasa de interés anual de 7,9, que en el mismo documento se define, sobre el capital adeudado, cuya fecha de vencimiento es el día 15 de noviembre de 2018. Se pactó que el simple retardo y/o mora en el pago íntegro y oportuno de todo o parte de una de las cuotas en la época pactada para ello, facultaría al Banco de Chile para exigir el pago total de la deuda o del saldo a que se halle reducida, considerándose la obligación como si fuera de plazo vencido. En dicho documento se constituyeron como avalistas sin limitaciones, fiadores(as) y codeudores(as) solidarios(as) de las obligaciones contraídas por el deudor(a) principal en los términos expuestos en el pagaré, don(ña) RICARDO ALFREDO GUTIERREZ QUILODRAN, ignoran profesión u oficio, domiciliado en Panamericana Sur KM. 682, comuna de Padre Las Casas y RIT« » Foja: 1 don(ña) ALBERT ANDRES GUTIERREZ QUILODRAN, ignoran profesión u oficio, domiciliado en Panamericana Sur KM. 682, comuna de Padre Las Casas. Dicho pagaré no fue pagado a su vencimiento, adeudando en consecuencia la suma de US$10.655,00.-, equivalentes al día 20 de junio de 2019 a la cantidad de $7.405.225.- suma a la que hay que agregar los intereses pactados y los intereses penales, hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado a su representado, todo ello con costas. Los suscriptores liberaron al Banco de la obligación de Protesto. Habiendo sido autorizadas por Notario las firmas de los suscriptores, dicho documento tiene mérito ejecutivo y la obligación es líquida, actualmente exigible y su acción no se encuentra prescrita.

Fallo

se declaran admisibles las excepciones y se recibe la causa a prueba, resolución que es notificada a las partes con fechas 17 de octubre y 18 de noviembre de 2019, respectivamente. Con fecha 28 de enero de 2020 se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Con fecha 25 de julio de 2019 Christian Marcel Detre Lobo y Macarena Flores Jara, ambos abogados, en representación convencional del BANCO DE CHILE, señalan que su representado, es dueño y legítimo tenedora del pagaré que se acompaña en un otrosí de esta presentación, suscrito en calidad de deudor(a) principal por GRAFICA INDUSTRIAL y COMERCIALIZADORA DE BIENES Y SERVICIOS PUBLICITARIOS GRUPO INFRAFF LIMITADA, ignoran giro comercial, representada por don(ña) Ricardo Alfredo Gutiérrez Quilodran, ignoran profesión u oficio ambos con domicilio en Panamericana Sur KM. 682, comuna de Padre Las Casas. Dicho pagaré fue suscrito con fecha 6 de julio de 2018, por la cantidad de US$10.655,00.-, dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, más una tasa de interés anual de 7,9, que en el mismo documento se define, sobre el capital adeudado, cuya fecha de vencimiento es el día 15 de noviembre de 2018. Se pactó que el simple retardo y/o mora en el pago íntegro y oportuno de todo o parte de una de las cuotas en la época pactada para ello, facultaría al Banco de Chile para exigir el pago total de la deuda o del saldo a que se halle reducida, considerándose la obligación como si fuera de plazo vencido.

Texto Completo (Preview)

RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado Civil de Temuco CAUSA ROL : C-4117-2019 CARATULADO : BANCO DE CHILE/GUTIÉRREZ Temuco, ocho de Febrero de dos mil veinte VISTOS: Con fecha 25 de julio de 2019 Christian Detre Lobo y Macarena Flores Jara, ambos abogados, en representación convencional del BANCO DE CHILE, sociedad anónima bancaria y financiera, éste representado por

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