MP C/ CAMILO JOAQUÍN ALFARO PANIAGUA
Rol
O-1897-2020
Fecha
13 de junio de 2022
Materia
INCENDIO SOLO C/DAÑOS O SIN PELIGRO PROPAGACION.ART.477,478.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: Con fecha 5 de marzo de 2020, a las 22 50 horas, en contexto de manifestaciones sociales que se desarrollaban en las inmediaciones de la municipalidad de Copiapó, imputado Camilo Alfaro Paniagua prendió fuego a una banca de una plazoleta ubicada en el frontis del edificio municipal y una reja metálica de un muro, provocando el incendio de la banca, la cual resultó destruida, y tenía un avalúo de una a cuatro U.T.M., siendo detenido en la cercanía del lugar por carabineros. SE DECLARA: I. Que se condena a CAMILO JOAQUÍN ALFARO PANIAGUA, ya individualizado, en calidad de AUTOR, del delito de INCENDIO del artículo 477 N° 3 del Código Penal, grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en la comuna de Copiapó el día 5 de marzo de 2020, a la pena de SESENTA Y UN (61) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO – MULTA DE UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL – ACCESORIAS DEL ARTÍCULO 30 DEL CÓDIGO PENAL, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. La pena de corporal, multa y accesorias se tendrá por cumplida, en atención al mayor tiempo que el imputado permaneció privado de libertad con motivo de esta causa. III. Se EXIME del pago de las costas de la causa. IV. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- Las partes renuncian a los plazos, quedando la presente resolución firme y ejecutoriada. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”/Lam Código: BXFQZWKNJQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: BXFQZWKNJQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-06-14T09:55:23-0400
Fallo
SE DECLARA: I. Que se condena a CAMILO JOAQUÍN ALFARO PANIAGUA, ya individualizado, en calidad de AUTOR, del delito de INCENDIO del artículo 477 N° 3 del Código Penal, grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en la comuna de Copiapó el día 5 de marzo de 2020, a la pena de SESENTA Y UN (61) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO – MULTA DE UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL – ACCESORIAS DEL ARTÍCULO 30 DEL CÓDIGO PENAL, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. La pena de corporal, multa y accesorias se tendrá por cumplida, en atención al mayor tiempo que el imputado permaneció privado de libertad con motivo de esta causa. III. Se EXIME del pago de las costas de la causa. IV. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- Las partes renuncian a los plazos, quedando la presente resolución firme y ejecutoriada. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”/Lam Código: BXFQZWKNJQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: BXFQZWKNJQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-06-14T09:55:23-0400
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Copiapó., trece de junio de dos mil veintidós TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Copiapo. MAGISTRADO: UBALDO BASOA OVIEDO RUC: 2000254008-9 RIT: 1897 - 2020 IMPUTADO: CAMILO JOAQUÍN ALFARO PANIAGUA C.I. 0017093343-5 FECHA DE NAC. 16 de enero de 1989 DIRECCION Avenida Henriquez 499 Cel. Fen 91257624 Nº . COMUNA: Copiapó. DELITO INCE
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